Atención norma derogada, ver regulación posterior
Reglamento (CE) n.º 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)

Ficha:
  • Órgano PARLAMENTO Y CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 114 de
  • Vigencia desde 27 de Abril de 2001. Revisión vigente desde 24 de Febrero de 2006
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 400 de 22.12.1998, p. 7, y DO C 212 E de 25.7.2000, p. 1.

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(2)

DO C 209 de 22.7.1999, p. 43.

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(3)

Dictamen del Parlamento Europeo de 15 de abril de 1999 (DO C 219 de 30.7.1999, p. 385), confirmado el 6 de mayo de 2000 (DO C 279 de 1.10.1999, p. 253), Posición Común del Consejo de 28 de febrero de 2000 (DO C 128 de 8.5.2000, p. 1) y Decisión del Parlamento Europeo de 6 de julio de 2000 (no publicada aún en el Diario Oficial). Decisión del Parlamento Europeo de 14 de febrero de 2001 y Decisión del Consejo de 12 de febrero de 2001.

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(4)

Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 1 de febrero de 1993, sobre un Programa comunitario de política y actuación en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible (DO C 138 de 17.5.1993, p. 1).

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(5)

DO L 168 de 10.7.1993, p. 1.

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(6)

DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

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(7)

DO L 107 de 30.4.1996, p. 4.

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(8)

DO L 293 de 24.10.1990, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CEE) nº 761/93 (DO L 83 de 3.4.1993, p. 1).

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