Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican determinados aspectos de la regulaci髇 de los almacenamientos de productos qu韒icos y se aprueba la instrucci髇 t閏nica complementaria MIE APQ-9 "almacenamiento de per髕idos org醤icos"

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
  • Publicado en BOE n鷐. 67 de
  • Vigencia desde 18 de Junio de 2010. Revisi髇 vigente desde 18 de Junio de 2010
Versiones/revisiones:
(1)

El grupo 1 comprende las sustancias m醩 peligrosas y el grupo 5 las sustancias menos peligrosas. Adem醩, para facilitar la aplicaci髇 de esta ITC, en el ap閚dice B se incluye, a modo informativo, la lista de los per髕idos org醤icos ya clasificados derivada del 2009.

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(2)

Las formulaciones de per髕idos org醤icos del tipo G deber醤 incluirse en los grupos de almacenamiento 3 4 si no son t閞micamente estables (TDAA < 60 癈 para un envase de 50 kg) o si el punto de ebullici髇 de los diluyentes utilizados para desensibilizaci髇 es inferior a 150 癈.

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(3)

Incluidos aquellos productos que tienen un bajo contenido de ox韌eno activo.

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(4)

Los medios de refrigeraci髇 pasiva podr醤 ser los siguientes: Cubierta solar, doble cubierta, muros aislantes, ventilaci髇 por aire, una instalaci髇 de pulverizaci髇 de agua sobre la cubierta, etc.

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(5)

Las distancias m韓imas ser醤 igual a las distancias fijas del grupo 3.

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