Resolución de 25 de junio de 2009, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se hace pública la Circular 2/2009, sobre la implantación de la preselección de operador por los operadores de acceso obligados a proveerla en el mercado de redes públicas de telecomunicaciones fijas

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
  • Publicado en BOE núm. 163 de
  • Vigencia desde 08 de Julio de 2009
Versiones/revisiones:
(1)

Ver figuras explicativas del Anexo VI.

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(2)

Los operadores solicitantes de la preselección pueden ser también aquellos que, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda de la Circular 2/2009, no tengan una relación de consolidación con el operador de acceso.

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(3)

Según definición recogida en el anexo I.

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(4)

Se utiliza NNN como ejemplo de un Operador Genérico. Cada operador tiene su propio código.

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