Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2006.
- Órgano PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON
- Publicado en BOCL núm. 250 de 29 de Diciembre de 2005 y BOE núm. 23 de 27 de Enero de 2006
- Vigencia desde 01 de Enero de 2006.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- TÍTULO I. De los créditos iniciales y su financiación
- TÍTULO II. Del Régimen General de los Créditos
- TÍTULO III. De las Modificaciones de Créditos
- TÍTULO IV. De los créditos de personal
- TÍTULO V. De las subvenciones y otras ayudas
- TÍTULO VI. De los Créditos de Inversión
- TÍTULO VII. De la Cooperación con las Entidades Locales
-
TÍTULO VIII.
De las Operaciones Financieras
- CAPÍTULO I. De las Garantías
-
CAPÍTULO II.
Del endeudamiento
- Artículo 37 Endeudamiento de la Administración General. Deuda del Tesoro
- Artículo 38 Endeudamiento de la Administración General. Deuda de la Comunidad
- Artículo 39 Otras operaciones financieras
- Artículo 40 Endeudamiento de la Administración Institucional, las Empresas Públicas y del resto de Entidades del Sector Público Autonómico
- TÍTULO IX. De la Administración Institucional y Otras Entidades
- TÍTULO X. De los Tributos y Otros Ingresos
- TÍTULO XI. De las Cortes de Castilla y León
-
DISPOSICIONES ADICIONALES
- Primera Gastos de Secciones Sindicales
- Segunda Subvenciones de carácter social
- Tercera Prestación de servicios sociales
- Cuarta Personal Transferido
- Quinta Universidades
- Sexta Subvenciones de Educación
- Séptima Del Pacto Local
- Octava Competencias de la Vicepresidenta Primera de la Junta de Castilla y León en materia de ejecución del gasto
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León define en artículo 50 a los presupuestos de la Comunidad como «la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que como máximo pueden reconocer y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio».
Así mismo, el artículo citado encomienda la responsabilidad de elaborar los presupuestos de Castilla y León a la Junta de Castilla y León, y su examen, enmienda, aprobación y control a las Cortes de Castilla y León.
En cumplimiento del mandato estatutario, la Junta de Castilla y León ha elaborado las previsiones presupuestarias que más adelante se detallan, de cuyo análisis puede deducirse el seguimiento de dos objetivos básicos para esta Comunidad: la orientación decididamente social del gasto, y el apoyo a los sectores productivos.
Del primero de estos objetivos dan fe los incrementos que se registran en los créditos destinados al pago de pensiones, a los servicios sociales, a la educación, a la cultura y a la vivienda, entre otros. Servicios básicos todos ellos que aseguran el bienestar de todos los ciudadanos en su conjunto. Y sobre ellos destaca uno con especial relevancia: la sanidad, a la que el próximo año 2006 la Comunidad de Castilla y León va a destinar el mayor volumen de recursos, habida cuenta de que a las previsiones iniciales, ya muy elevadas como en años anteriores, se sumarán los fondos del acuerdo para la financiación de la sanidad, recientemente alcanzado.
En cuanto al segundo, es política de la Junta de Castilla y León prestar su colaboración al sector productivo, auténtico generador del pulso económico de una sociedad, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, más necesitadas de apoyo, y que en definitiva son la base del entramado económico de la Comunidad. Las ayudas a los sectores productivos tienen esta finalidad de respaldo, de una forma directa y evidente, pero igualmente lo tienen, aunque quizás no resulte tan patente, las inversiones que el sector público realiza en infraestructuras y en el fomento de la sociedad del conocimiento, a la que la Junta de Castilla y León viene dedicando en los últimos años esfuerzos muy importantes.
A medio camino entre los objetivos sociales y los económicos está la meta de atajar la despoblación en nuestra Comunidad, finalidad a la que se hará frente a través de medidas de uno y otro signo contempladas en el Estrategia Regional para la Lucha contra la Despoblación.
Todo ello desde un puntual respeto al principio de estabilidad presupuestaria, que un año más presidirá el hacer económico de la Junta de Castilla y León, y a los principios presupuestarios tradicionales de transparencia, eficiencia en la gestión de los recursos, y plurianualidad.
Plurianualidad que se manifiesta en la inserción de estos Presupuestos Generales en el marco del escenario presupuestario para los años 2006, 2007 y 2008 elaborado por la Junta de Castilla y León. Porque no es coherente realizar unas previsiones presupuestarias aisladas para un año determinado, sin asegurar el desarrollo en el tiempo de las decisiones de gasto adoptadas.
Sobre la base de estas premisas se han elaborado los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006, encabezados por el texto articulado, dividido en once títulos en los que sucesivamente se determinan los créditos y sus correspondientes cuantías; se establecen las reglas sobre limitación y vinculación de los créditos; se disponen normas sobre la autorización y la gestión de los gastos; se fijan los límites para las modificaciones de los créditos inicialmente previstos y se atribuyen las competencias para su autorización; se establecen los regímenes retributivos del personal al servicio de la Administración de la Comunidad; se establecen normas relativas a la cooperación económica con las Entidades Locales; se establecen las normas relativas a los créditos de inversión; se fijan los límites de los avales del Tesoro así como de los que puede conceder la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León; se señalan los límites del endeudamiento y la actualización de las tarifas de ingresos públicos, y por último, se establecen determinadas normas relativas a las Cortes de Castilla y León. A estos once títulos hay que añadir ocho disposiciones adicionales, tres transitorias, y tres finales.