Orden de 17 de abril de 2007 por la que se establecen el símbolo, el logotipo y el manual de identidad corporativa del Servicio Gallego de Salud.
- Órgano CONSELLERIA DE SANIDAD
- Publicado en DOG núm. 91 de 11 de Mayo de 2007
- Vigencia desde 12 de Mayo de 2007.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo 1
- Artículo 2
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I
Tras varios años de vigencia de la anterior imagen corporativa del Servicio Gallego de Salud, se considera oportuno proceder a una actualización y modernización de la imagen gráfica que la venía representando, y que pretende facilitar la identificación del Servicio Gallego de Salud dentro de la estructura de la Xunta de Galicia.
Con este cambio, y ante todo, se pr esenta una nueva identidad, el «Servicio Gallego de Salud», para facilitar su identificación y funciones dentro de la estructura de la Xunta de Galicia, frente a la antigua nomenclatura («Sergas»).
Anteriormente el Sergas se percibía como un organismo independiente, no vinculado y ajeno a la Xunta. Por este motivo se opta por la denominación completa y transparente de «Servicio Gallego de Salud», que no genera dudas, y muestra el verdadero sentido de esta institución pública.
A pesar del cambio en el logotipo de la institución se mantiene la cruz característica asociada al Sergas para limitar el impacto social del cambio y procurar una transición hacia la nueva imagen lo más sencilla posible.
Asimismo, para una correcta aplicación de la identidad corporativa y el respeto a las normas establecidas, se entiende necesario un manual de actuación. La fidelidad en la utilización de las normas asegura la coherencia y la solidez de la imagen visual de identidad, que se convierte en la base para la emisión de todos los mensajes emanados desde la institución y facilitan su identificación por los ciudadanos.
En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,
DISPONGO:
Artículo 1
Se aprueban el símbolo, logotipo y los colores del Servicio Gallego de Salud, de acuerdo con las medidas y demás características que figuran en el anexo I de la presente orden, así como el Manual de identidad corporativa del Servicio Gallego de Salud que figura en el anexo II de la presente orden.
Artículo 2
Le corresponde al Servicio Gallego de Salud la utilización de este logotipo y símbolo en emblemas, rótulos o cualquier otro soporte que suponga una función de identificación del organismo, así como los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública por cualquier medio, autorización de uso, derecho de transformación de los dibujos por animación o programa informático y la edición gráfica y reproducción en todo tipo de material: papel, tela, material constructivo o similares.
Disposiciones adicionales
Primera
Se faculta al secretario general del Servicio Gallego de Salud para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias en la aplicación de la presente orden.
Segunda
El Manual de identidad corporativa estará disponible, además, en la dirección de internet http://www.sergas.es.
Disposición derogatoria
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden, y en especial, la Orden de 20 de enero de 1997 y la Orden de 6 de septiembre de 2004, por la que se modifica la anterior.
Disposiciones finales
Primera
El Servicio Gallego de Salud desarrollará la implantación progresiva del logotipo e imagen corporativa en todos sus ámbitos de actuación.
Segunda
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
ANEXO I
Modelo