Reglamento de Ejecución (UE) 2015/82 de la Comisión, de 21 de enero de 2015, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de ácido cítrico originario de la República Popular China, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1225/2009 del Consejo y de unas reconsideraciones provisionales parciales de tales importaciones, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, de dicho Reglamento

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 15 de 22 de Enero de 2015
  • Vigencia desde 23 de Enero de 2015. Revisión vigente desde 29 de Noviembre de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

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(2)

DO L 323 de 3.12.2008, p. 1.

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(3)

DO L 323 de 3.12.2008, p. 62.

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(4)

DO L 244 de 8.9.2012, p. 27.

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(5)

DO C 60 de 1.3.2013, p. 9.

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(6)

DO C 351 de 30.11.2013, p. 27.

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(7)

http://madb.trade.cec.eu.int:8080/madb/atDutyOverviewPubli.htm

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(8)

http://www.ihs.com/products/chemical/planning/ceh/citric-acid.aspx

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(9)

http://www.ihs.com/products/chemical/planning/ceh/citric-acid.aspx. Las cifras proceden del informe, que se halla a disposición del público (en inglés).

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(10)

Véase el considerando 61 del Reglamento (CE) nº 488/2008 de la Comisión (DO L 143 de 3.6.2008, p. 13).

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(11)

DO C 351 de 30.11.2013, p. 27.

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(12)

Comisión Europea, Dirección General de Comercio, Dirección H, Despacho CHAR 04/39, 1049 Bruselas, Bélgica.

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(13)

Véase la página 75 del presente Diario Oficial.

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