Reglamento de Ejecución (UE) 2019/386 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se establecen normas, a raíz de la retirada del Reino Unido de la Unión, en lo que atañe al reparto de contingentes arancelarios de determinados productos agrícolas incluidos en la lista de la OMC para la Unión y en lo que atañe a los certificados de importación expedidos y los derechos de importación asignados en el marco de dichos contingentes arancelarios

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 70 de 12 de Marzo de 2019
  • Vigencia desde 13 de Marzo de 2019. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2021
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

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(2)

Reglamento (UE) 2019/216 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de enero de 2019, relativo al reparto de los contingentes arancelarios incluidos en la lista de la OMC para la Unión, a raíz de la retirada del Reino Unido de la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 32/2000 del Consejo (DO L 38 de 8.2.2019, p. 1).

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(3)

DO L 122 de 22.5.1996, p. 16.

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(4)

DO L 122 de 22.5.1996, p. 15.

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(5)

Reglamento (UE) n.º 1085/2010 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2010, relativo a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios anuales de importación de batatas, mandioca, fécula de mandioca y otros productos de los códigos NC 0714 90 11 y NC 0714 90 19, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1000/2010 (DO L 310 de 26.11.2010, p. 3).

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(6)

A efectos de presentación, el porcentaje se ha redondeado al primer decimal. Sin embargo, el volumen de los contingentes arancelarios de UE-27 se calcula sobre la base del porcentaje exacto.

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(7)

Reglamento de Ejecución (UE)) n.º 593/2013 de la Comisión, de 21 de junio de 2013, relativo a la apertura y el modo de gestión de los contingentes arancelarios de carnes de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, y de carne de búfalo congelada (DO L 170 de 22.6.2013, p. 32).

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(8)

Reglamento (CE) n.º 431/2008 de la Comisión, de 19 de mayo de 2008, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada del código NC 0202 y productos del código NC 0206 29 91 (DO L 130 de 20.5.2008, p. 3).

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(9)

Reglamento (CE) n.º 412/2008 de la Comisión, de 8 de mayo de 2008, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada destinada a la transformación (DO L 125 de 9.5.2008, p. 7).

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(10)

Reglamento (CE) n.º 748/2008 de la Comisión, de 30 de julio de 2008, relativo a la apertura y al modo de gestión de un contingente arancelario de importación de delgados congelados de la especie bovina del código NC 0206 29 91 (DO L 202 de 31.7.2008, p. 28).

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(11)

Reglamento (CE) n.º 442/2009 de la Comisión, de 27 de mayo de 2009, por el que se abren contingentes arancelarios comunitarios en el sector de la carne de porcino y se establece su método de gestión (DO L 129 de 28.5.2009, p. 13).

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(12)

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1585 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2017, relativo a la apertura y el modo de gestión de contingentes arancelarios de la Unión de carne de vacuno y carne de porcino frescas y congeladas originarias de Canadá y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 442/2009 y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 481/2012 y (UE) n.º 593/2013 (DO L 241 de 20.9.2017, p. 1).

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(13)

Para el año 2019, solo se repartirá la parte de la OMC de este contingente (5 549 toneladas de equivalente de peso en canal).

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(14)

Reglamento (CE) n.º 533/2007 de la Comisión, de 14 de mayo de 2007, por el que se abre un contingente arancelario en el sector de la carne de aves de corral y se establece su método de gestión (DO L 125 de 15.5.2007, p. 9).

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(15)

Reglamento (CE) n.º 1385/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 774/94 del Consejo en lo que concierne a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios en el sector de la carne de aves de corral (DO L 309 de 27.11.2007, p. 47).

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(16)

Reglamento (CE) n.º 536/2007 de la Comisión, de 15 de mayo de 2007, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de carne de aves de corral asignado a los Estados Unidos de América (DO L 128 de 16.5.2007, p. 6).

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(17)

Reglamento (CE) n.º 616/2007 de la Comisión, de 4 de junio de 2007, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios en el sector de la carne de aves de corral originaria de Brasil, Tailandia y otros terceros países (DO L 142 de 5.6.2007, p. 3).

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(18)

Reglamento (CE) n.º 539/2007 de la Comisión, de 15 de mayo de 2007, relativo a la apertura y el modo de gestión de contingentes arancelarios en el sector de los huevos y las ovoalbúminas (DO L 128 de 16.5.2007, p. 19).

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(19)

Reglamento (CE) n.º 2535/2001 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1255/1999 del Consejo en lo que se refiere al régimen de importación de leche y productos lácteos y a la apertura de contingentes arancelarios (DO L 341 de 22.12.2001, p. 29).

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(20)

Reglamento (CE) n.º 341/2007 de la Comisión, de 29 de marzo de 2007, por el que se abren contingentes arancelarios, se fija su modo de gestión y se instaura un régimen de certificados de importación y de origen para los ajos y otros productos agrícolas importados de terceros países (DO L 90 de 30.3.2007, p. 12).

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(21)

Reglamento (CE) n.º 1979/2006 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2006, relativo a la apertura y el modo de gestión de contingentes arancelarios de conservas de setas importadas de terceros países (DO L 368 de 23.12.2006, p. 91).

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(22)

Reglamento (CE) n.º 1067/2008 de la Comisión, de 30 de octubre de 2008, relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países, y por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo (DO L 290 de 31.10.2008, p. 3).

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(23)

Reglamento (CE) n.º 2305/2003 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2003, relativo a la apertura y modo de gestión del contingente arancelario comunitario para la importación de cebada procedente de terceros países (DO L 342 de 30.12.2003, p. 7).

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(24)

Reglamento (CE) n.º 969/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario para la importación de maíz procedente de terceros países (DO L 176 de 30.6.2006, p. 44).

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(25)

Artículo 185 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, Portugal.

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(26)

Reglamento (CE) n.º 1296/2008 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los contingentes arancelarios por importación de maíz y de sorgo en España y de maíz en Portugal (DO L 340 de 19.12.2008, p. 57).

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(27)

Artículo 185 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, España.

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(28)

Artículo 185 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, España.

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(29)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1273/2011 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2011, relativo a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios de importación de arroz y arroz partido (DO L 325 de 8.12.2011, p. 6).

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(30)

El Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1273/2011 de la Comisión dispone que, en octubre de cada año, en el caso de los contingentes arancelarios de importación con los números de orden 09.4127, 09.4128, 09.4129 y 09.4130 se asigne erga omnes el saldo de las cantidades no utilizadas de los subperíodos anteriores al amparo del contingente arancelario de importación con el número 09.4138.

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(31)

Reglamento (CE) n.º 891/2009 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2009, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios en el sector del azúcar (DO L 254 de 26.9.2009, p. 82).

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(32)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(33)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(34)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Cuba por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(35)

Este volumen se ha deducido de las cuotas correspondientes asignadas a Brasil y Cuba por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(36)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(37)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(38)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(39)

Este volumen incluye la cuota correspondiente del contingente arancelario de importación erga omnes con el número 09.4320 asignado a Brasil por el Reglamento (CE) n.º 891/2009.

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(40)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 480/2012 de la Comisión, de 7 de junio de 2012, relativo a la apertura y gestión de un contingente arancelario de partidos de arroz del código NC 1006 40 00 para la producción de preparaciones alimenticias del código NC 1901 10 00 (DO L 148 de 8.6.2012, p. 1).

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(41)

A efectos de presentación, el porcentaje se ha redondeado al primer decimal. Sin embargo, el volumen de los contingentes arancelarios de UE-27 se calcula sobre la base del porcentaje exacto.

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(42)

Reglamento (CE) n.º 438/2009 de la Comisión, de 26 de mayo de 2009, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios de toros, vacas y novillas no destinados al matadero, de determinadas razas alpinas y de montaña (DO L 128 de 27.5.2009, p. 57).

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(43)

Reglamento (CE) n.º 437/2009 de la Comisión de 26 de mayo de 2009 relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario para la importación de bovinos machos jóvenes destinados al engorde (DO L 128 de 27.5.2009, p. 54).

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(44)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1354/2011 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2011, por el que se abren contingentes arancelarios anuales de la Unión de ganado ovino y caprino y de carne de ovino y caprino (DO L 338 de 21.12.2011, p. 36). En el caso de los contingentes arancelarios de ovinos abiertos y gestionados por el presente Reglamento, existen múltiples números de orden de contingentes arancelarios asociados a una cantidad única.

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(45)

El contingente arancelario de Chile aumenta 200 t anualmente.

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(46)

Reglamento (CE) n.º 1831/96 de la Comisión, de 23 de septiembre de 1996, relativo a la apertura y al modo de gestión, a partir del año 1996, de los contingentes arancelarios comunitarios de determinadas frutas y hortalizas y determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas consolidados en el GATT (DO L 243 de 24.9.1996, p. 5).

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(47)

Reglamento (CE) n.º 1475/2007 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, por el que se abre, a partir del año 2008, un contingente arancelario comunitario de mandioca originaria de Tailandia (DO L 329 de 14.12.2007, p. 15).

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(48)

Reglamento (CE) n.º 2133/2001 de la Comisión, de 30 de octubre de 2001, por el que se establecen la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios y de límites arancelarios en el sector de los cereales y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 1897/94, (CE) n.º 306/96, (CE) n.º 1827/96, (CE) n.º 1970/96, (CE) n.º 1405/97, (CE) n.º 1406/97, (CE) n.º 2492/98, (CE) n.º 2809/98 y (CE) n.º 778/1999 (DO L 287 de 31.10.2001, p. 12).

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(49)

Reglamento (CE) n.º 1064/2009 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2009, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario para la importación de cebada para cerveza procedente de terceros países (DO L 291 de 7.11.2009, p. 14).

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(50)

Reglamento (CE) n.º 440/96 de la Comisión, de 11 de marzo de 1996, relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios para determinadas mezclas de raicillas de malta y de residuos del cribado de la cebada (DO L 61 de 12.3.1996, p. 2).

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(51)

Reglamento (CE) n.º 937/2006 de la Comisión, de 23 de junio de 2006, por el que se abre un contingente arancelario comunitario de gluten de maíz originario de los Estados Unidos de América y se establece su modo de gestión (DO L 172 de 24.6.2006, p. 9).

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(52)

Reglamento (CE) n.º 2094/2004 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2004, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario de 10 000 toneladas de granos de avena trabajados de otra forma del código NC 1104 22 98 (DO L 362 de 9.12.2004, p. 12).

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(53)

Reglamento (UE) n.º 1085/2010 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2010, relativo a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios anuales de importación de batatas, mandioca, fécula de mandioca y otros productos de los códigos NC 0714 90 11 y NC 0714 90 19, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1000/2010 (DO L 310 de 26.11.2010, p. 3).

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(54)

Reglamento (CE) n.º 218/2007 de la Comisión, de 28 de febrero de 2007, relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios para los vinos (DO L 62 de 1.3.2007, p. 22).

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(55)

Reglamento (CE) n.º 1518/2007 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2007, por el que se abre un contingente arancelario en el sector del vermú y se establece su método de gestión (DO L 335 de 20.12.2007, p. 14).

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