Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2021/2170 de la Comisi髇, de 7 de diciembre de 2021, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hojas de aluminio convertible originarias de la Rep鷅lica Popular China

Ficha:
  • 觬ganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 438 de 08 de Diciembre de 2021
  • Vigencia desde 09 de Diciembre de 2021. Revisi髇 vigente desde 23 de Diciembre de 2021
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

DO C 352 I de 22.10.2020, p. 1.

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(3)

V閍se el considerando 394 del Reglamento provisional.

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(4)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2021/983 de la Comisi髇, de 17 de junio de 2021, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de hojas de aluminio convertible originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 216 de 18.6.2021, p. 142).

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(5)

V閍se, por ejemplo, la sentencia de 28 de febrero de 2018 en el asunto C-301/16 P, Comisi髇 Europea/Xinyi PV Products (Anhui), ECLI:EU:C:2018:132, apartado 56.

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(6)

Seg鷑 un art韈ulo del sitio web de la Comisi髇 Central de Disciplina e Inspecci髇: 獷n la tradici髇 hist髍ica china, “el Gobierno” siempre ha sido un concepto amplio con responsabilidades ilimitadas. Bajo la direcci髇 del Partido, este y el Gobierno solo comparten el trabajo, y no existe separaci髇 entre ambos. Independientemente de si la Asamblea Popular Nacional, la Conferencia Consultiva Pol韙ica Popular China o el principio “un gobierno y dos c醡aras”, todos ellos deben aplicar las decisiones y los acuerdos del Comit Central del Partido, ser responsables ante el pueblo y estar sujetos a su supervisi髇. Todos los 髍ganos que ejercen el poder del Estado bajo la direcci髇 鷑ica del Partido pertenecen a la categor韆 de administraciones p鷅licas, disponible en: https://www.ccdi.gov.cn/special/zmsjd/zm19da_zm19da/201802/t20180201_163113.html (consultado por 鷏tima vez el 16 de junio de 2021).

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(7)

V閍nse, por ejemplo, las Directrices de la Oficina General del Comit Central del PCC sobre la intensificaci髇 del trabajo del Frente Unido en el sector privado para una nueva era, a partir del 15 de septiembre de 2020. Secci髇 II.4: 獶ebemos aumentar la capacidad general del Partido para dirigir el trabajo del Frente Unido en el sector privado e intensificar de forma eficaz el trabajo en este 醡bito, secci髇 III.6: 獶ebemos seguir intensificando la construcci髇 del partido en las empresas privadas y capacitar a las c閘ulas del Partido para que desempe馿n su papel de forma eficaz como una fortaleza, as como capacitar a los miembros del Partido para que desempe馿n su parte como vanguardia y pioneros, secci髇 VII.26: 玀ejorar las instituciones y los mecanismos de liderazgo. Los comit閟 del Partido a todos los niveles deben basarse en el trabajo del Frente Unido para crear y mejorar los mecanismos de coordinaci髇 de su labor en el sector privado, as como para estudiar, planificar y hacer avanzar peri骴icamente el trabajo de manera coordinada. Debemos permitir que los departamentos de trabajo del Frente Unido de los comit閟 del Partido desempe馿n plenamente sus funciones de liderazgo y coordinaci髇 y permitan a las federaciones de industria y comercio desempe馻r sus funciones de puente y asistencia en el trabajo del Frente Unido en el sector privado. Disponible en: http://www.gov.cn/zhengce/2020-09/15/content_5543685.htm.

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(8)

En cuanto a Xiamen Xiashun, la Comisi髇 determin que el precio de compra de la aleaci髇 de titanio, boro y aluminio procedente del Reino Unido no estaba distorsionado y, por tanto, no lo sustituy por datos del pa韘 representativo. (Considerando 161 del Reglamento provisional).

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(9)

V閍se el art韈ulo 玊he role of state-owned enterprises is irreplaceable [El papel de las empresas estatales es insustituible], publicado el 29 de noviembre de 2018, disponible en: http://www.gov.cn/xinwen/2018-11/29/content_5344296.htm.

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(10)

Assan Aluminyum.

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(11)

Considerando 171 del Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2020/1428 de la Comisi髇, de 12 de octubre de 2020, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de extrusiones de aluminio originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 336 de 13.10.2020, p. 8).

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(12)

https://www.crugroup.com/.

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(13)

Considerandos 382 y 383 del Reglamento provisional.

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(14)

Considerando 122 del Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2019/915 de la Comisi髇, de 4 de junio de 2019, por el que se establece un derecho antidumping definitivo en relaci髇 con las importaciones de determinadas hojas de aluminio en rollos originarias de la Rep鷅lica Popular China tras una reconsideraci髇 por expiraci髇 con arreglo al art韈ulo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 146 de 5.6.2019, p. 63).

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(15)

Dependiendo del consumo del productor y de la correspondiente banda de consumo.

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(16)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2021/1784 de la Comisi髇, de 8 de octubre de 2021, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de productos laminados planos de aluminio originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 359 de 11.10.2021, p. 6)

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(17)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/2384 de la Comisi髇, de 17 de diciembre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la Rep鷅lica Popular China y se da por concluido el procedimiento relativo a determinadas hojas de aluminio originarias de Brasil a ra韟 de una reconsideraci髇 por expiraci髇 con arreglo al art韈ulo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n. 1225/2009 del Consejo (DO L 332 de 18.12.2015, p. 63).

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(18)

Informe del 觬gano de Apelaci髇, 獵E-hormonas, WT/DS26/AB/R, WT/DS48/AB/R, apartado 98.

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(19)

Reglamento (CEE) n. 1031/92 de la Comisi髇, de 23 de abril de 1992, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de cloruro pot醩ico originario de Bielorrusia, Rusia y Ucrania (DO L 110 de 28.4.1992, p. 5).

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(20)

Considerando 21 del Reglamento (CE) n. 2402/98 del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de magnesio en bruto sin alear originarias de la Rep鷅lica Popular de China y por el que se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto (DO L 298 de 7.11.1998, p. 1).

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(21)

Considerando 206 del Reglamento (CE) n. 1742/2000 de la Comisi髇, de 4 de agosto de 2000, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinado politereftalato de etileno (PET) originarias de la India, Indonesia, Malasia, la Rep鷅lica de Corea, Taiw醤 y Tailandia (DO L 199 de 5.8.2000, p. 48).

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(22)

Comisi髇 Europea, Direcci髇 General de Comercio, Direcci髇 G, Rue de la Loi 170, 1040 Bruselas (B閘gica).

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(23)

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Uni髇, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n. 1296/2013, (UE) n. 1301/2013, (UE) n. 1303/2013, (UE) n. 1304/2013, (UE) n. 1309/2013, (UE) n. 1316/2013, (UE) n. 223/2014 y (UE) n. 283/2014 y la Decisi髇 n. 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n. 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).

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