Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2384 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de la República Popular China y se da por concluido el procedimiento relativo a determinadas hojas de aluminio originarias de Brasil a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n° 1225/2009 del Consejo

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 332 de 18 de Diciembre de 2015
  • Vigencia desde 19 de Diciembre de 2015. Revisión vigente desde 19 de Diciembre de 2015
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

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(2)

Reglamento (CE) nº 925/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio, originarias de Armenia, Brasil y la República Popular China (DO L 262 de 6.10.2009, p. 1).

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(3)

Decisión de la Comisión, de 5 de octubre de 2009, por la que se acepta un compromiso ofrecido en relación con el procedimiento antidumping correspondiente a las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias, entre otros países, de Brasil (DO L 262 de 6.10.2009, p. 50).

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(4)

Anuncio de la expiración inminente de determinadas medidas antidumping (DO C 49 de 21.2.2014, p. 7).

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(5)

Anuncio de expiración de determinadas medidas antidumping (DO C 350 de 4.10.2014, p. 22).

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(6)

Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Brasil y de la República Popular China (DO C 350 de 4.10.2014, p. 11).

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(7)

Anuncio de inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Rusia (DO C 354 de 8.10.2014, p. 14).

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(8)

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1081 de la Comisión, de 3 de julio de 2015, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Rusia (DO L 175 de 4.7.2015, p. 14).

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(9)

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2385 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinadas hojas de aluminio originarias de Rusia (véase la página 91 del presente Diario Oficial).

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(10)

Para la determinación del grado de subcotización del 12,2 %, se tuvo en cuenta que el tipo del derecho de aduana ascendió al 4 % durante los tres primeros meses del período de investigación de reconsideración y aumentó después al 7,5 %. Aplicar el tipo de derecho de aduana actualmente aplicable del 7,5 % a todo el período hubiera tenido un impacto desdeñable porque solo hubiera reducido el grado de subcotización en un 0,5 %.

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(11)

Comisión Europea, Dirección General de Comercio, Dirección H, rue de la Loi/Wetstraat 170, 1040 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË.

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