Orden ETU/995/2017, de 6 de octubre, por la que se aprueban instrucciones técnicas complementarias del capítulo IX "Electricidad" del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

Ficha:
  • Órgano Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
  • Publicado en BOE núm. 250 de
  • Vigencia desde 17 de Octubre de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

Las longitudes L1y L2 deben determinarse por medios apropiados, teniendo en cuenta la tensión de la red, la impedancia de la fuente y los parámetros del conductor y del dispositivo de protección.

Ver Texto
(2)

En esta fórmula se ha tomado como valor de la intensidad de corriente que descompone el agua Ci/50 y se ha considerado que, al cabo de una hora sin ventilación, la concentración de hidrógeno en la sala alcanza el 1%, valor igual al hidrógeno existente más el desprendido por las baterías durante la hora mencionada.

Ver Texto
(3)

En esta fórmula se ha tomado como valor de la intensidad de corriente que descompone el agua Ci /20 y se considera el hidrógeno diluido al 1 por 1.000 en la corriente de ventilación.

Ver Texto