Reglamento (UE) 2017/127 del Consejo, de 20 de enero de 2017, por el que se establecen, para 2017, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Uni髇 y, en el caso de los buques pesqueros de la Uni髇, en determinadas aguas no pertenecientes a la Uni髇

Ficha:
  • 觬gano CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 24 de
  • Vigencia desde 29 de Enero de 2017. Revisi髇 vigente desde 30 de Julio de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

Reglamento (UE) n. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la pol韙ica pesquera com鷑, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n. 1954/2003 y (CE) n. 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n. 2371/2002 y (CE) n. 639/2004 del Consejo y la Decisi髇 2004/585/CE del Consejo (DO L 354 de 28.12.2013, p. 22).

Ver Texto
(2)

Reglamento (CE) n. 1342/2008 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establece un plan a largo plazo para las poblaciones de bacalao y las pesquer韆s que las explotan, y se deroga el Reglamento (CE) n. 423/2004 (DO L 348 de 24.12.2008, p. 20).

Ver Texto
(3)

Reglamento (UE) 2016/2094 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2016, que modifica el Reglamento (CE) n. 1342/2008 del Consejo por el que se establece un plan a largo plazo para las poblaciones de bacalao y las pesquer韆s que las explotan (DO L 330 de 3.12.2016, p. 1).

Ver Texto
(4)

Reglamento Delegado (UE) 2016/2250 de la Comisi髇, de 4 de octubre de 2016, por el que se establece un plan de descartes para determinadas pesquer韆s demersales en el mar del Norte y en aguas de la Uni髇 de la divisi髇 CIEM IIa (DO L 340 de 15.12.2016, p. 2).

Ver Texto
(5)

Reglamento (CE) n. 509/2007 del Consejo, de 7 de mayo de 2007, por el que se establece un plan plurianual para la explotaci髇 sostenible de la poblaci髇 de lenguado en la parte occidental del canal de la Mancha (DO L 122 de 11.5.2007, p. 7).

Ver Texto
(6)

Reglamento (CE) n. 676/2007 del Consejo, de 11 de junio de 2007, por el que se establece un plan plurianual para las pesquer韆s que explotan las poblaciones de solla y lenguado del Mar del Norte (DO L 157 de 19.6.2007, p. 1).

Ver Texto
(7)

Reglamento (CE) n. 302/2009 del Consejo, de 6 de abril de 2009, por el que se establece un plan de recuperaci髇 plurianual para el at鷑 rojo del Atl醤tico oriental y el Mediterr醤eo, se modifica el Reglamento (CE) n. 43/2009 y se deroga el Reglamento (CE) n. 1559/2007 (DO L 96 de 15.4.2009, p. 1).

Ver Texto
(8)

Reglamento (CE) n. 2166/2005 del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, por el que se establecen medidas para la recuperaci髇 de la poblaci髇 sur de merluza europea y de cigalas en el mar Cant醔rico y en el oeste de la Pen韓sula Ib閞ica y se modifica el Reglamento (CE) n. 850/98, para la conservaci髇 de los recursos pesqueros a trav閟 de medidas t閏nicas de protecci髇 de los juveniles de organismos marinos (DO L 345 de 28.12.2005, p. 5).

Ver Texto
(9)

Reglamento (CE) n. 1300/2008 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establece un plan plurianual para las poblaciones de arenque distribuidas al oeste de Escocia y para las pesquer韆s de estas poblaciones (DO L 344 de 20.12.2008, p. 6).

Ver Texto
(10)

Reglamento (CE) n. 847/96 del Consejo, de 6 de mayo de 1996, por el que se establecen condiciones adicionales para la gesti髇 anual de los TAC y las cuotas (DO L 115 de 9.5.1996, p. 3).

Ver Texto
(11)

Reglamento (CE) n. 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un r間imen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la pol韙ica pesquera com鷑, se modifican los Reglamentos (CE) n. 847/96, (CE) n. 2371/2002, (CE) n. 811/2004, (CE) n. 768/2005, (CE) n. 2115/2005, (CE) n. 2166/2005, (CE) n. 388/2006, (CE) n. 509/2007, (CE) n. 676/2007, (CE) n. 1098/2007, (CE) n. 1300/2008 y (CE) n. 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n. 2847/93, (CE) n. 1627/94 y (CE) n. 1966/2006 (DO L 343 de 22.12.2009, p. 1).

Ver Texto
(12)

Acuerdo de pesca entre la Comunidad Econ髆ica Europea y el Reino de Noruega (DO L 226 de 29.8.1980, p. 48).

Ver Texto
(13)

Acuerdo pesquero entre la Comunidad Econ髆ica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de las Islas Feroe, por otra (DO L 226 de 29.8.1980, p. 12).

Ver Texto
(14)

Acuerdo de colaboraci髇 en materia de pesca entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno Aut髇omo de Groenlandia, por otra (DO L 172 de 30.6.2007, p. 4), y Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en dicho Acuerdo (DO L 293 de 23.10.2012, p. 5).

Ver Texto
(15)

DO L 6 de 10.1.2012, p. 9.

Ver Texto
(16)

Reglamento (UE) n. 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecuci髇 por la Comisi髇 (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13).

Ver Texto
(17)

Reglamento (CE) n. 517/2008 de la Comisi髇, de 10 de junio de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicaci髇 del Reglamento (CE) n. 850/98 del Consejo en lo que ata馿 a la determinaci髇 del tama駉 de malla y la medici髇 del grosor del torzal de las redes de pesca (DO L 151 de 11.6.2008, p. 5).

Ver Texto
(18)

Reglamento (CE) n. 218/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la transmisi髇 de estad韘ticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atl醤tico nororiental (DO L 87 de 31.3.2009, p. 70).

Ver Texto
(19)

Reglamento (CE) n. 216/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, sobre presentaci髇 de estad韘ticas de capturas nominales por los Estados miembros que faenen en determinadas zonas distintas de las del Atl醤tico Norte (DO L 87 de 31.3.2009, p. 1).

Ver Texto
(20)

Reglamento (CE) n. 217/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a las estad韘ticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atl醤tico noroccidental (DO L 87 de 31.3.2009, p. 42).

Ver Texto
(21)

Celebrado mediante la Decisi髇 2002/738/CE del Consejo (DO L 234 de 31.8.2002, p. 39).

Ver Texto
(22)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 86/238/CEE del Consejo (DO L 162 de 18.6.1986, p. 33).

Ver Texto
(23)

Reglamento (CE) n. 601/2004 del Consejo, de 22 de marzo de 2004, por el que se establecen determinadas medidas de control aplicables a las actividades pesqueras en la zona de la Convenci髇 para la Conservaci髇 de los Recursos Vivos Marinos Ant醨ticos y se derogan los Reglamentos (CEE) n. 3943/90, (CE) n. 66/98 y (CE) n. 1721/1999 (DO L 97 de 1.4.2004, p. 16).

Ver Texto
(24)

Celebrado en virtud de la Decisi髇 2006/539/CE del Consejo (DO L 224 de 16.8.2006, p. 22).

Ver Texto
(25)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 95/399/CE del Consejo (DO L 236 de 5.10.1995, p. 24).

Ver Texto
(26)

Celebrado en virtud de la Decisi髇 2008/780/CE del Consejo (DO L 268 de 9.10.2008, p. 27).

Ver Texto
(27)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 2005/75/CE del Consejo (DO L 32 de 4.2.2005, p. 1).

Ver Texto
(28)

Reglamento (UE) n. 1343/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisi髇 General de Pesca del Mediterr醤eo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n. 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gesti髇 para la explotaci髇 sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterr醤eo (DO L 347 de 30.12.2011, p. 44).

Ver Texto
(29)

Reglamento (CE) n. 1006/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, relativo a la autorizaci髇 de las actividades pesqueras de los buques pesqueros comunitarios fuera de las aguas comunitarias y al acceso de los buques de terceros pa韘es a las aguas comunitarias, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n. 2847/93 y (CE) n. 1627/94 y por el que se deroga el Reglamento (CE) n. 3317/94 (DO L 286 de 29.10.2008, p. 33).

Ver Texto
(30)

Todos los tipos de redes de arrastre de fondo, incluidas las redes de tiro escocesas o danesas, OTB, OTT, PTB, TBB, SSC, SDN, SPR, SV, SB, SX, TBN, TBS y TB inclusive.

Ver Texto
(31)

Todos los palangres y ca馻s, LHP, LHM, LLD, LL, LTL, LX y LLS inclusive.

Ver Texto
(32)

Todas las redes de enmalle fijas y almadrabas, GTR, GNS, FYK, FPN y FIX inclusive.

Ver Texto