Reglamento (UE) 2018/120 del Consejo, de 23 de enero de 2018, por el que se establecen, para 2018, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Uni髇 y, en el caso de los buques pesqueros de la Uni髇, en determinadas aguas no pertenecientes a la Uni髇 y se modifica el Reglamento (UE) 2017/127 del Consejo

Ficha:
  • 觬gano CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 27 de
  • Vigencia desde 01 de Febrero de 2018. Revisi髇 vigente desde 01 de Octubre de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

Reglamento (UE) n. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la pol韙ica pesquera com鷑, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n. 1954/2003 y (CE) n. 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n. 2371/2002 y (CE) n. 639/2004 del Consejo y la Decisi髇 2004/585/CE del Consejo (DO L 354 de 28.12.2013, p. 22).

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(2)

Reglamento (CE) n. 509/2007 del Consejo, de 7 de mayo de 2007, por el que se establece un plan plurianual para la explotaci髇 sostenible de la poblaci髇 de lenguado en la parte occidental del canal de la Mancha (DO L 122 de 11.5.2007, p. 7).

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(3)

Reglamento (CE) n. 676/2007 del Consejo, de 11 de junio de 2007, por el que se establece un plan plurianual para las pesquer韆s que explotan las poblaciones de solla y lenguado del Mar del Norte (DO L 157 de 19.6.2007, p. 1).

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(4)

Reglamento (UE) 2016/1627 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, relativo a un plan de recuperaci髇 plurianual para el at鷑 rojo del Atl醤tico oriental y el Mediterr醤eo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n. 302/2009 del Consejo (DO L 252 de 16.9.2016, p. 1).

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(5)

Reglamento (CE) n. 2166/2005 del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, por el que se establecen medidas para la recuperaci髇 de la poblaci髇 sur de merluza europea y de cigalas en el mar Cant醔rico y en el oeste de la Pen韓sula Ib閞ica y se modifica el Reglamento (CE) n. 850/98, para la conservaci髇 de los recursos pesqueros a trav閟 de medidas t閏nicas de protecci髇 de los juveniles de organismos marinos (DO L 345 de 28.12.2005, p. 5).

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(6)

Reglamento (CE) n. 1300/2008 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establece un plan plurianual para las poblaciones de arenque distribuidas al oeste de Escocia y para las pesquer韆s de estas poblaciones (DO L 344 de 20.12.2008, p. 6).

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(7)

Reglamento (CE) n. 847/96 del Consejo, de 6 de mayo de 1996, por el que se establecen condiciones adicionales para la gesti髇 anual de los TAC y las cuotas (DO L 115 de 9.5.1996, p. 3).

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(8)

Reglamento (CE) n 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un r間imen de control de la Uni髇 para garantizar el cumplimiento de las normas de la pol韙ica pesquera com鷑, se modifican los Reglamentos (CE) n 847/96, (CE) n 2371/2002, (CE) n 811/2004, (CE) n 768/2005, (CE) n 2115/2005, (CE) n 2166/2005, (CE) n 388/2006, (CE) n 509/2007, (CE) n 676/2007, (CE) n 1098/2007, (CE) n 1300/2008 y (CE) n 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n 2847/93, (CE) n 1627/94 y (CE) n 1966/2006 (DO L 343 de 22.12.2009, p. 1).

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(9)

Acuerdo de pesca entre la Comunidad Econ髆ica Europea y el Reino de Noruega (DO L 226 de 29.8.1980, p. 48).

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(10)

Acuerdo pesquero entre la Comunidad Econ髆ica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de las Islas Feroe, por otra (DO L 226 de 29.8.1980, p. 12).

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(11)

Acuerdo de colaboraci髇 en materia de pesca entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno Aut髇omo de Groenlandia, por otra (DO L 172 de 30.6.2007, p. 4), y Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en dicho Acuerdo (DO L 293 de 23.10.2012, p. 5).

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(12)

DO L 6 de 10.1.2012, p. 9.

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(13)

Reglamento (UE) n. 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecuci髇 por la Comisi髇 (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13).

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(14)

Reglamento (UE) 2017/127 del Consejo, de 20 de enero de 2017, por el que se establecen, para 2017, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Uni髇 y, en el caso de los buques pesqueros de la Uni髇, en determinadas aguas no pertenecientes a la Uni髇 (DO L 24 de 28.1.2017, p. 1).

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(15)

Reglamento (CE) n. 517/2008 de la Comisi髇, de 10 de junio de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicaci髇 del Reglamento (CE) n. 850/98 del Consejo en lo que ata馿 a la determinaci髇 del tama駉 de malla y la medici髇 del grosor del torzal de las redes de pesca (DO L 151 de 11.6.2008, p. 5).

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(16)

Reglamento (CE) n. 218/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la transmisi髇 de estad韘ticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atl醤tico nororiental (DO L 87 de 31.3.2009, p. 70).

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(17)

Reglamento (CE) n. 216/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, sobre presentaci髇 de estad韘ticas de capturas nominales por los Estados miembros que faenen en determinadas zonas distintas de las del Atl醤tico Norte (DO L 87 de 31.3.2009, p. 1).

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(18)

Reglamento (CE) n. 217/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a las estad韘ticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atl醤tico noroccidental (DO L 87 de 31.3.2009, p. 42).

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(19)

Celebrado mediante la Decisi髇 2002/738/CE del Consejo, de 22 de julio de 2002, relativa a la conclusi髇 por la Comunidad Europea del Convenio sobre la conservaci髇 y gesti髇 de los recursos de la pesca en el Oc閍no Atl醤tico Suroriental (DO L 234 de 31.8.2002, p. 39).

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(20)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 86/238/CEE del Consejo, de 9 de junio de 1986, relativa a la adhesi髇 de la Comunidad al Convenio internacional para la conservaci髇 de los t鷑idos del Atl醤tico, modificado por el Protocolo anejo al Acta final de la Conferencia de Plenipotenciarios de los Estados Partes del Convenio firmado en Par韘 el 10 de julio de 1984 (DO L 162 de 18.6.1986, p. 33).

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(21)

Reglamento (CE) n. 601/2004 del Consejo, de 22 de marzo de 2004, por el que se establecen determinadas medidas de control aplicables a las actividades pesqueras en la zona de la Convenci髇 para la Conservaci髇 de los Recursos Vivos Marinos Ant醨ticos y se derogan los Reglamentos (CEE) n. 3943/90, (CE) n. 66/98 y (CE) n. 1721/1999 (DO L 97 de 1.4.2004, p. 16).

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(22)

Celebrado mediante la Decisi髇 2006/539/CE del Consejo, de 22 de mayo de 2006, relativa a la celebraci髇, en nombre de la Comunidad Europea, de la Convenci髇 para el fortalecimiento de la Comisi髇 interamericana del at鷑 tropical establecida por la Convenci髇 de 1949 entre los Estados Unidos de Am閞ica y la Rep鷅lica de Costa Rica (DO L 224 de 16.8.2006, p. 22).

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(23)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 95/399/CE del Consejo, de 18 de septiembre de 1995, relativa a la adhesi髇 de la Comunidad al Acuerdo para la creaci髇 de la Comisi髇 del At鷑 para el Oc閍no 蚽dico (DO L 236 de 5.10.1995, p. 7).

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(24)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 2012/130/UE del Consejo, de 3 de octubre de 2011, relativa a la aprobaci髇, en nombre de la Uni髇 Europea, de la Convenci髇 para la Conservaci髇 y Ordenaci髇 de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Oc閍no Pac韋ico Sur (DO L 67 de 6.3.2012, p. 1).

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(25)

La Uni髇 se adhiri en virtud de la Decisi髇 2005/75/CE del Consejo, de 26 de abril de 2004, relativa a la adhesi髇 de la Comunidad a la Convenci髇 sobre la conservaci髇 y ordenaci髇 de las poblaciones de peces altamente migratorios del Oc閍no Pac韋ico occidental y central (DO L 32 de 4.2.2005, p. 1).

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(26)

Reglamento (UE) n. 1343/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisi髇 General de Pesca del Mediterr醤eo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n. 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gesti髇 para la explotaci髇 sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterr醤eo (DO L 347 de 30.12.2011, p. 44).

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(27)

Reglamento (CE) n. 1006/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, relativo a la autorizaci髇 de las actividades pesqueras de los buques pesqueros comunitarios fuera de las aguas comunitarias y al acceso de los buques de terceros pa韘es a las aguas comunitarias, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n. 2847/93 y (CE) n. 1627/94 y por el que se deroga el Reglamento (CE) n. 3317/94 (DO L 286 de 29.10.2008, p. 33).

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(28)

Todos los tipos de redes de arrastre de fondo, OTB, OTT, PTB, TBB, TBN, TBS, TB inclusive.

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(29)

Todos los tipos de redes de cerca, SSC, SDN, SPR, SV, SB, SX inclusive.

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(30)

Todos los palangres y ca馻s, LHP, LHM, LLD, LL, LTL, LX y LLS inclusive.

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(31)

Todas las redes de enmalle fijas y almadrabas, GTR, GNS, FYK, FPN y FIX inclusive.

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