Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenaci髇 zoot閏nica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino

Ficha:
  • 觬ganoMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
  • Publicado en BOE n鷐. 157 de 02 de Julio de 2011
  • Vigencia desde 03 de Julio de 2011. Revisi髇 vigente desde 02 de Enero de 2024
Versiones/revisiones:
(1)

Las yeguas reproductoras seropositivas no podr醤 ser cubiertas hasta transcurridos 30 d韆s desde que se tom la muestra que produjo el resultado positivo.

Como excepci髇 al p醨rafo anterior, s podr醤 ser cubiertas antes del plazo mencionado aquellas yeguas reproductoras en las que se haya realizado una segundo an醠isis por la t閏nica serol骻ica descrita en la letra c) que indique que no se ha producido un incremento en el t韙ulo de anticuerpos, tras una extracci髇 de muestra tomada al menos 14 d韆s desde la primera extracci髇 que produjo el resultado anal韙ico positivo.

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