Resolución GRI/27/2012, de 11 de enero, por la que se da conformidad a la adopción del escudo heráldico del municipio de Molló.
- Órgano: Comunidad Autónoma de Cataluña.
- Publicado en DOGC núm. 6051 de 24 de enero de 2012
- Vigencia desde 24 de enero de 2012. Esta revisión vigente desde 24 de enero de 2012.
El día 7 de mayo de 2010, el Pleno del Ayuntamiento de Molló acordó iniciar un expediente de adopción del escudo heráldico de su municipio.
Este Ayuntamiento asumió como escudo uno que consiste en un fondo de sinople con un mojón de plata, señal parlante y propia del municipio.
La mencionada propuesta se sometió a información pública por un periodo de 30 días, a través de su exposición en el tablón de anuncios de la corporación y de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, sin que se presentase ninguna alegación durante este plazo.
En sesión de 2 de septiembre de 2011, el Pleno del Ayuntamiento de Molló aprobó el escudo heráldico municipal con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.
El 30 de septiembre de 2011, el Ayuntamiento de Molló envió al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales un certificado del acuerdo de aprobación definitiva, el cual complementaba la copia del expediente administrativo que había sido enviada el día 14 del mismo mes y donde figura, entre otros documentos, una memoria-informe justificativa de la corrección del blasonamiento del escudo que se propone, los antecedentes heráldicos, sigilográficos, históricos, geográficos u otros en los que se fundamenta la propuesta y su representación gráfica.
El 17 de octubre de 2011, la Dirección General de Administración Local emitió informe favorable sobre la corrección de la tramitación del procedimiento y de la propuesta formulada, de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 139/2007, de 26 de junio, por el que se regulan la denominación, los símbolos y el registro de los entes locales de Cataluña y a las normas heráldicas.
Finalmente, el 28 de noviembre de 2011, el Institut d'Estudis Catalans emitió informe favorable sobre la propuesta de escudo aprobada por el Ayuntamiento, ya que es una señal parlante de la localidad.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 36 y 38 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, y los artículos 39 a 41 del Decreto 139/2007, de 26 de junio, por el que se regulan la denominación, los símbolos y el registro de los entes locales de Cataluña, y de acuerdo con los informes de la Dirección General de Administración Local y del Institut d'Estudis Catalans, resuelvo:
1 Dar conformidad a la adopción del escudo heráldico del municipio de Molló, que figura en el anexo, organizado de la siguiente forma:
Escudo en losange de ángulos rectos: de sinople, un mojón de plata. Al timbre, una corona de pueblo.
2 Inscribir el escudo del municipio de Molló en el Registro de los entes locales de Cataluña del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.
3 Publicar esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Así mismo, el ente local interesado puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Con carácter previo a la interposición del recurso contencioso administrativo, se puede formular requerimiento en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Barcelona, 11 de enero de 2012
Joan Cañada i Campos
Director general de Administración Local