Resolución de 19 de mayo de 2010, del Instituto de la Juventud de Castilla y León por la que se aprueba el Programa de Actuación del Observatorio de la Juventud de Castilla y León 2009/2011.
- Órgano CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
- Publicado en BOCL núm. 108 de 08 de Junio de 2010
- Vigencia desde 28 de Junio de 2010.


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Sumario
Desde su creación por Ley 3/2006, de 25 de mayo, el Instituto de la Juventud de Castilla y León es consciente de la importancia entre la juventud de cuestiones referidas a formación y educación, acceso al mercado laboral, emancipación de sus hogares de origen, hábitos de ocio y tiempo libre. Todo ello hace necesario tener un conocimiento directo de las necesidades que presentan los jóvenes y de los efectos de las políticas públicas puestas en práctica por las distintas Administraciones públicas con competencias en la materia.
Con objeto de conocer la realidad social, cultural, económica y política de la juventud en Castilla y León y con la finalidad última de que el puntual conocimiento de la misma se traduzca posteriormente en la implantación de acciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de los jóvenes, la Ley reguladora del Instituto de la Juventud creó el Observatorio de la Juventud de Castilla y León, encomendándole la realización de estudios sociológicos, estadísticos y elaboración de informes y recomendaciones en este ámbito que vengan a complementar los datos facilitados por el centro directivo competente de la Consejería de Hacienda así como por otros estudios e informes generados por distintos organismos oficiales.
En tal sentido, mediante Orden FAM/1698/2009, de 30 de julio, se reguló la concesión de subvenciones de carácter plurianual destinadas a promover la realización de proyectos de investigación en materia de juventud en Castilla y León, cuyas conclusiones puedan ser incorporadas tanto en los fondos bibliográficos del Observatorio de la Juventud de Castilla y León, como en la planificación general del Instituto de la Juventud y finalmente, traducirse en acciones concretas dirigidas a mejorar el bienestar, la proyección laboral, la emancipación y el asentamiento de los jóvenes en Castilla y León.
A los efectos mencionados, es igualmente reseñable la información que se va a canalizar a través de las denominadas Oficinas para la Autonomía Joven, concebidas como un nuevo servicio, dirigido a favorecer la emancipación y autonomía juvenil, prestado en colaboración con los agentes sociales y económicos, y centrado en ofrecer de forma eficiente información y asesoramiento sobre acceso al empleo y a la vivienda, autoempleo y creación de empresas, obtención de microcréditos, becas para estudios e inserción laboral, programas de movilidad y voluntariado internacional así como en materia de oportunidades de estudio y trabajo en el extranjero.
Con el fin de dar cumplimiento a los objetivos y finalidades señalados, por la presente resolución se aprueba el programa de actuación del Observatorio de la Juventud de Castilla y León, como instrumento operativo de aquél que posibilite el registro, análisis y documentación de toda la información que se genere sobre el sector juvenil en Castilla y León, constituyéndose, al mismo tiempo, como fondo documental, científico y bibliográfico.
En consecuencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
RESUELVO
Primero.- Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto la aprobación y difusión del programa de actuación del Observatorio de la Juventud de Castilla y León.
Segundo.- Objetivos.
El programa de actuación del Observatorio de la Juventud tendrá como objetivos:
- a) Impulsar la realización de estudios y análisis sobre la situación y necesidades de los jóvenes en Castilla y León.
- b) Proporcionar información actualizada, desagregada por sexos y territorio, sobre la realidad juvenil en Castilla y León que sirva de ayuda para la toma de decisiones por los distintos agentes implicados.
- c) Constituir un fondo bibliográfico sobre la juventud en Castilla y León que favorezca la promoción de acciones dirigidas a la formación e información juvenil.
Tercero.- Ámbito material.
En ejecución del programa de actuación, el Observatorio de la Juventud de Castilla y León desarrollará las siguientes actuaciones:
- a) Conocer la opinión de la juventud sobre aquellos aspectos que le afecten e interesen, mediante la realización de encuestas en las que se reflejen las demandas y necesidades de los jóvenes.
- b) Realizar, promover y difundir estudios sobre la realidad juvenil y los cambios que se van produciendo en la población joven de Castilla y León que sirvan para diseñar políticas de juventud efectivas.
- c) Evaluar el impacto de las políticas de juventud de las Administraciones Públicas con competencias en la materia, asegurando la participación de todos los actores implicados e impulsar su coordinación eficiente.
- d) Facilitar el intercambio de información entre las diferentes Administraciones Públicas, investigadores y resto de agentes que intervienen en éste ámbito.
- e) Impulsar espacios de difusión, información y formación, sobre la realidad de los jóvenes en Castilla y León.
- f) Asesorar a los diferentes centros emisores de información e instituciones públicas o privadas que coadyuvan al cumplimiento de los fines del Observatorio.
- g) Cualquier otra, a propuesta de la Comisión Permanente del Instituto de la Juventud de Castilla y León, que contribuya a un mejor conocimiento de la juventud en Castilla y León.
Cuarto.- Coordinación y recursos.
La coordinación, seguimiento, control de las acciones desarrolladas a través del presente programa, le corresponderá al Instituto de la Juventud de Castilla y León.
El programa se desarrollará con los medios propios del Instituto de la Juventud de Castilla y León, asignados a tal fin conforme a los procedimientos reglamentariamente establecidos.
Quinto.- Vigencia.
El presente programa de actuaciones se desarrollará durante el período 2009/2011.