Orden de 12-06-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan en Castilla-La Mancha las Enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas, conducentes a la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Ficha:
  • Órgano CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
  • Publicado en DOCM núm. 133 de
  • Vigencia desde 01 de Septiembre de 2008. Revisión vigente desde 01 de Septiembre de 2008
Versiones/revisiones:
(1)

A efectos de convalidación, quedarán exentas de cursar el ámbito en el módulo correspondiente según el Anexo III de la presente Orden, las personas que hayan superado al menos Ciencias sociales, geografía e historia, Educación para la ciudadanía y, al menos una de las dos materias siguientes: Educación Plástica y Visual o Música.

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(2)

A efectos de convalidación, para los cursos 1º a 3º de Educación Secundaria Obligatoria, se eximirá de cursar el módulo correspondiente a aquellas personas que hayan superado al menos Matemáticas y Ciencias de la naturaleza. Para el 4º curso de la Educación Secundaria Obligatoria, la convalidación estará referida a la superación de Matemáticas y, al menos, una de las siguientes materias: Biología y Geología, Física y Química, Informática o Tecnologías.

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