Resolución de 13 de agosto de 2007, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Reglamento del Departamento de Teoría e Historia de la Educación.
Ficha:
- Órgano UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO
- Publicado en BOPV núm. 176 de 12 de Septiembre de 2007
- Vigencia desde 12 de Septiembre de 2007.
Versiones/revisiones:


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TÍTULO SÉPTIMO
DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y ADMINISTRATIVO
Artículo 36
El Departamento, para el cumplimiento de sus fines y la realización de las actividades que le son propias, contará con el personal necesario y dispondrá de partidas presupuestarias específicas en el presupuesto general de la UPV/EHU, que gestionará con autonomía.
Artículo 37
El presupuesto global del Departamento será distribuido y gestionado según lo especifique el Consejo del mismo.
Artículo 38
Sin perjuicio de la intervención económica de la Universidad, corresponde al Director del Departamento o a la persona designada por el Consejo el seguimiento periódico de los ingresos y gastos del Departamento, dando cuenta de los mismos al Consejo.