Vivienda

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Los bancos deben responder de las cantidades entregadas por los compradores de vivienda que no hayan sido ingresadas en una cuenta especial ni avaladas por el promotor

El TS fija como doctrina jurisprudencial que: «En las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad».

Extinción del condominio en los procesos de nulidad matrimonial, separación y divorcio

18 de febrero de 2016 Artículos doctrinales Condominio

En las siguientes líneas se analiza la extinción de la figura jurídica del condominio con un enfoque eminentemente práctico y actual, en el que se trata la evolución de dicha institución en los procesos matrimoniales, haciendo especial referencia a la posibilidad de acumular las acciones de nulidad, separación o divorcio junto a la de división de la cosa común, a la luz de diversas sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como de varias Audiencias Provinciales y Juzgados de Primera Instancia de Cataluña –cuyo Derecho Foral fue pionero en admitir la precitada acumulación objetiva de acciones que, tras ser prohibida en un primer momento, ha sido recientemente admitida en nuestro Derecho patrio–. También se recogen sucintamente una serie de advertencias que por su trascendencia económica y fiscal deben ser tenidas en cuenta cuando se plantea la división de la cosa común (especialmente la vivienda).

El TS precisa los efectos de la declaración como abusiva de las cláusulas de vencimiento anticipado de los contratos de préstamo hipotecario

21 de enero de 2016 Jurisprudencia Consumidores

La Sala sostiene que la nulidad de la cláusula no siempre conllevará el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria, pues la tutela de los consumidores aconseja evitar interpretaciones maximalistas que, bajo una apariencia de máxima protección, tengan como consecuencia paradójica la restricción del acceso al crédito hipotecario y, derivadamente, a la adquisición de vivienda en propiedad. 

El comprador de una vivienda puede resolver el contrato por serle denegada la subrogación en el préstamo hipotecario si no se le excluyó de esa posiblidad

Si en la redacción del contrato no se distingue que los compradores queden excluidos de la posibilidad de invocar la resolución del mismo por denagación de la subrogación hipotecaria por oposición de la entidad acreedora, debe entenderse que se ejercitó legítimamente y con buena fe la facultad de resolución pactada.

La cobertura del seguro por cantidades anticipadas al constructor se mantiene aunque este no haya entregado al comprador su certificado individual

El TS declara que es posible entender directamente cubierto el riesgo del asegurado, en los casos de suscripción de pólizas colectivas para el aseguramiento de las cantidades entregadas a cuenta en la construcción de viviendas, a pesar de la omisión de un certificado individual por culpa del promotor.

Crisis económica y la moderna configuración jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus

Las dificultades que la crisis económica está ocasionando en el cumplimiento de determinados negocios jurídicos concluidos en un contexto de bonanza, provocan que en la actual coyuntura su exacto cumplimiento se esté convirtiendo en una pesada e incluso inasumible carga, especialmente en el caso de los compradores de viviendas con problemas de acceso a la financiación, entre otros motivos por la propia depreciación del inmueble. La nueva concepción jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus viene de la mano de la necesidad de dar respuesta a estas situaciones.

El TJUE declara conforme a la legislación europea el art. 552 LEC, modificado por la Ley 1/2013

24 de julio de 2015 Noticias Ejecución hipotecaria

El Tribunal de Justicia señala que, a diferencia de lo que sucedía con la regulación procesal objeto del asunto sobre el que recayó la sentencia C-169/14, la nueva disposición ya no expone al consumidor, o a su familia, al riesgo de perder su vivienda como consecuencia de una venta forzosa de la misma, en un contexto en el que el juez que conoce del proceso declarativo no está facultado para suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria y en el que el juez que conoce de la ejecución realiza eventualmente, como mucho, un examen sumario de la validez de dicha cláusula contractual en la que el profesional basa su pretensión.

La atribución del uso de la vivienda en el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental. ¿Final de la polémica sobre la limitación temporal?

En la actual coyuntura económica, la eventual necesidad de los progenitores de liquidar el patrimonio común tras la crisis de su relación colisiona con la redacción actual del art. 96 del Código Civil, por el que se atribuye a los hijos durante todo el periodo de su minoría de edad el uso de la que fue vivienda familiar, negando el Tribunal Supremo que la redacción actual posibilite una limitación temporal si no hay acuerdo entre ellos. La proyectada reforma acoge las críticas generalizadas, introduciendo el arbitrio judicial y permitiendo que, ante el desacuerdo de los progenitores, se ponderen las concretas circunstancias concurrentes, para poder señalar el modo de satisfacer la necesidad de vivienda de los hijos menores cuyo superior interés es el que guiará la decisión.

Se amplía hasta mayo de 2017 el plazo para poder rescatar un plan de pensiones con la finalidad de evitar el desalojo de la vivienda habitual.

05 de junio de 2015 Noticias Desahucios

Sólo se podrá rescatar el dinero en el marco de un procedimiento de ejecución forzosa judicial, administrativa o de venta extrajudicial en el que se haya acordado la enajenación de la vivienda habitual. Además, el titular del fondo de pensiones no podrá contar con otros bienes, derechos o rentas en cuantía suficiente para cubrir la deuda objeto de la ejecución y, así, evitar el desahucio, y el importe rescatado del fondo de pensiones tendrá que ser suficiente para conseguir ese objetivo.

El TC declara la inconstitucionalidad de varios preceptos de la Ley andaluza de antideshaucios

26 de mayo de 2015 Noticias Andalucía

El TC declara la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad del primer inciso del art. 1.3,  de los apartados 5 y 6 del art. 25 y del art. 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, en la redacción aprobada por el art. 1 del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda; así como la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional segunda de dicho Decreto-ley 6/2013.

En caso de separación de parejas de hecho, es aplicable el régimen de compensación de créditos a las deudas derivadas de la que fue vivienda habitual

16 de abril de 2015 Jurisprudencia Parejas de hecho

La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ Valencia ha dictado una sentencia de fecha 2 de diciembre de 2014, en la que fija como doctrina que en los supuestos de ruptura de convivencia de una pareja de hecho sin hijos comunes no es aplicable la norma autonómica sobre régimen de compensación por la pérdida del uso de vivienda familiar, pero sí las normas de derecho común.