Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público

Ficha:
  • ÓrganoJEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE núm. 19 de 22 de Enero de 2020
  • Vigencia desde 23 de Enero de 2020
Versiones/revisiones:
(1)

Las Comunidades Autónomas podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

Ver Texto
(2)

A los maestros que imparten 1.º y 2.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria las Administraciones Educativas abonarán en 2020 la misma cuantía del complemento que para esta finalidad se les abona a los maestros de la enseñanza pública.

Ver Texto
(3)

A los licenciados que impartan 1.º y 2.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará el módulo indicado.

Ver Texto
(4)

A los maestros que imparten 1.º y 2.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria, se les abonará en el año 2020 la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.

Ver Texto
(5)

A los licenciados que impartan 1.º y 2.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará este módulo.

Ver Texto