Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (Vigente hasta el 14 de Julio de 2013).

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
  • Publicado en BOE n鷐. 126 de
  • Vigencia desde 01 de Junio de 2007. Esta revisi髇 vigente desde 02 de Febrero de 2013 hasta 14 de Julio de 2013
Versiones/revisiones:
Derogado por
Ir a Norma RDL 9/2013 de 12 Jul. (medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema el閏trico)
Norma afectada por
Corregido por
BOE 25 Julio. Correcci髇 de errores RD 661/2007 de 25 May. (regulaci髇 de la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial)
BOE 26 Julio. Correcci髇 de errores RD 661/2007 de 25 May. (regula la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial)
Afectaciones recientes
11/6/2014
Ir a Norma RD 413/2014 de 6 Jun. (regula la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de fuentes de energ韆 renovables, cogeneraci髇 y residuos)
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El complemento retributivo por continuidad de suministro frente a huecos de tensi髇 en los t閞minos previstos en la disposici髇 adicional s閜tima es de aplicaci髇 hasta el 31 de diciembre de 2013, conforme establece la disposici髇 transitoria segunda del R.D. 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de fuentes de energ韆 renovables, cogeneraci髇 y residuos (獴.O.E. 10 junio). Ir a Norma
2/2/2013
Ir a Norma RDL 2/2013 de 1 Feb. (medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero)
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R鷅rica del art韈ulo 38 redactada por el apartado tres del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Letra 1 del art韈ulo 38 redactado por Letra Tres del art韈ulo 2 de R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero. (獴.O.E. 2 febrero 2013) Ir a Norma Art韈ulo 39 redactado por el apartado cuatro del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma N鷐ero 1 del art韈ulo 46 redactado por el apartado seis del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Art韈ulo 47 redactado por el apartado siete del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma N鷐ero 3 de la disposici髇 transitoria s閜tima suprimido por el apartado ocho del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma P醨rafo 2. de la disposici髇 transitoria d閏ima redactado por el apartado nueve del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma P醨rafo 1. del Anexo VIII redactado por el apartado diez del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Las instalaciones de r間imen especial que a partir del 2 de febrero de 2013 opten por vender su energ韆 de acuerdo con la opci髇 b) del art韈ulo 24.1, no podr醤 acogerse con posterioridad al cambio de opci髇 previsto en el apartado 4 del art韈ulo 24, conforme establece el art韈ulo 3 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Valor de la prima de referencia de todos los subgrupos de la tabla 1 del art韈ulo 35 modificado conforme establece el apartado uno del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Valor de la prima de referencia de todos los subgrupos de la tabla 2 del art韈ulo 35 modificado conforme establece el apartado uno del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Valor de la prima de referencia de todos los subgrupos de la tabla 4 del art韈ulo 42 modificado conforme establece el apartado cinco del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013). Ir a Norma Valor de la prima de referencia de todos los subgrupos de la tabla 3 del art韈ulo 36 modificado conforme establece el apartado dos del art韈ulo 2 del R.D.-ley 2/2013, de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema el閏trico y en el sector financiero (獴.O.E. 2 febrero 2013) Ir a Norma
28/1/2012
Ir a Norma RDL 1/2012 de 27 Ene. (suspensi髇 de procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y supresi髇 de incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos)
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N鷐ero 4 del art韈ulo 4 derogado por la disposici髇 derogatoria 鷑ica del R.D.-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensi髇 de los procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y a la supresi髇 de los incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos (獴.O.E. 28 enero). V閍se la disposici髇 transitoria 鷑ica del citado R.D.-ley. Ir a Norma Art韈ulo 4 bis derogado por la disposici髇 derogatoria 鷑ica del R.D.-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensi髇 de los procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y a la supresi髇 de los incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos (獴.O.E. 28 enero). V閍se la disposici髇 transitoria 鷑ica del citado R.D.-ley. Ir a Norma T閚gase en cuenta que se suprimen los valores de las tarifas reguladas, primas y l韒ites previstos en el presente Real Decreto, para todas las instalaciones que se encuentren en el 醡bito de aplicaci髇 del R.D.-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensi髇 de los procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y a la supresi髇 de los incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos (獴.O.E. 28 enero). Ir a Norma Se suprimen el complemento por eficiencia y el complemento por energ韆 reactiva, regulados en los art韈ulos 28 y 29, para todas las instalaciones que se encuentren en el 醡bito de aplicaci髇 del R.D.-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensi髇 de los procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y a la supresi髇 de los incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos (獴.O.E. 28 enero). Ir a Norma Se suprimen el complemento por eficiencia y el complemento por energ韆 reactiva, regulados en los art韈ulos 28 y 29, para todas las instalaciones que se encuentren en el 醡bito de aplicaci髇 del R.D.-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensi髇 de los procedimientos de preasignaci髇 de retribuci髇 y a la supresi髇 de los incentivos econ髆icos para nuevas instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica a partir de cogeneraci髇, fuentes de energ韆 renovables y residuos (獴.O.E. 28 enero). Ir a Norma
9/12/2011
Ir a Norma RD 1699/2011 de 18 Nov. (regulaci髇 de la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia)
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Letra c) del n鷐ero 2 del art韈ulo 4 redactada por el apartado uno de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 4 del art韈ulo 4 renumerado por el apartado dos de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior n鷐ero 3 del mismo art韈ulo. Ir a Norma N鷐ero 5 del art韈ulo 4 renumerado por el apartado dos de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior n鷐ero 4 del mismo art韈ulo. Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 4 introducido, en su actual redacci髇, por el apartado tres de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 7 del art韈ulo 4 bis redactado por el apartado cuatro de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 8 del art韈ulo 4 bis redactado por el apartado cuatro de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 9 del art韈ulo 4 bis redactado por el apartado cuatro de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 10 del art韈ulo 4 bis redactado por el apartado cuatro de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 11 del art韈ulo 4 bis introducido por el apartado cuatro de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 10 redactado por el apartado cinco de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 11 redactado por el apartado seis de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 4 del art韈ulo 11 redactado por el apartado seis de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 12 redactado por el apartado siete de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 12 redactado por el apartado siete de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma Art韈ulo 13 redactado por el apartado ocho de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma Art韈ulo 15 redactado por el apartado nueve de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma P醨rafo tercero de la letra d) del art韈ulo 18 redactado por el apartado diez de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma P醨rafo cuarto de la letra d) del art韈ulo 18 introducido por el apartado diez de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 19 redactado por el apartado once de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 4 del art韈ulo 19 redactado por el apartado doce de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 4 del art韈ulo 24 redactado por el apartado trece de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 5 del art韈ulo 24 redactado por el apartado trece de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 26 redactado por el apartado catorce de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 49 redactado por el apartado quince de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma P醨rafo tercero de la disposici髇 adicional s閜tima redactado por el apartado diecis閕s de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma P醨rafo cuarto de la disposici髇 adicional s閜tima redactado por el apartado diecis閕s de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 3 de la disposici髇 transitoria segunda redactado por el apartado diecisiete de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 4 de la disposici髇 transitoria segunda redactado por el apartado diecisiete de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 5 de la disposici髇 transitoria segunda redactado por el apartado diecisiete de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma P醨rafo primero de la disposici髇 transitoria d閏ima redactado por el apartado dieciocho de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 6 del anexo XI redactado por el apartado diecinueve de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma N鷐ero 5 del anexo XIII redactado por el apartado veinte de la disposici髇 final segunda del R.D. 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexi髇 a red de instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de peque馻 potencia (獴.O.E. 8 diciembre). Ir a Norma
1/12/2011
Ir a Norma RD 1544/2011 de 31 Oct. (peajes de acceso a las redes de transporte y distribuci髇 que deben satisfacer los productores de energ韆 el閏trica)
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P醨rafo segundo de la disposici髇 transitoria cuarta redactado por el n鷐ero uno de la disposici髇 final cuarta del R.D. 1544/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribuci髇 que deben satisfacer los productores de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 16 noviembre). Ir a Norma Apartados i) e ii ) del n鷐ero 1 de la disposici髇 transitoria quinta redactados por el n鷐ero dos de la disposici髇 final cuarta de R.D. 1544/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribuci髇 que deben satisfacer los productores de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 16 noviembre). Ir a Norma
17/9/2011
Orden ITC/2452/2011 de 13 Sep. (revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial)
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V閍se Orden ITC/2452/2011, 13 septiembre, por la que se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 16 septiembre). Ir a Norma V閍se Orden ITC/2452/2011, 13 septiembre, por la que se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 16 septiembre). Ir a Norma
1/4/2011
Ir a Norma OM ITC/688/2011 de 30 Mar. (peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2011 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial)
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V閍se la disposici髇 final segunda de la Orden ITC/688/2011, de 30 de marzo, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2011 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 marzo). Ir a Norma
6/3/2011
Ir a Norma RDL 14/2010 de 23 Dic. (medidas urgentes para la correcci髇 del d閒icit tarifario del sector el閏trico)
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Referencias en el plazo a los primeros 25 a駉s para las instalaciones de tipo b.1.1 sustituidas por las referencias a los primeros 30 a駉s conforme establece la disposici髇 final primera del R.D.-ley 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la correcci髇 del d閒icit tarifario del sector el閏trico (獴.O.E. 24 diciembre), en la redacci髇 dada a la misma por el n鷐ero dos de la disposici髇 final cuadrag閟ima cuarta de la Ley Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Econom韆 Sostenible. Ir a Norma
25/12/2010
Ir a Norma RDL 14/2010 de 23 Dic. (medidas urgentes para la correcci髇 del d閒icit tarifario del sector el閏trico)
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V閍se la disposici髇 final primera del R.D.-ley 14/2010, de 23 de diciembre (獴.O.E. 24 diciembre), en la redacci髇 dada al mismo por la Ley 2/2011, de 4 de marzo (獴.O.E. 5 marzo), que sustituye, para las instalaciones de tipo b.1.1, las referencias en el plazo a los primeros 25 a駉s por los primeros 30 a駉s. Ir a Norma
24/11/2010
Ir a Norma RD 1565/2010 de 19 Nov. (regula y modifica determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial)
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N鷐ero 4 del art韈ulo 3 introducido por el apartado uno del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 3 del art韈ulo 4 redactado por el apartado dos del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Art韈ulo 4 bis introducido por el apartado tres del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Letra d) del art韈ulo 18 redactada por el apartado cuatro del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Letra e) del art韈ulo 18 redactada por el apartado cinco del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 4 del art韈ulo 19 redactado por el apartado seis del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma P醨rafo primero del n鷐ero 3 del art韈ulo 20 redactado por el apartado siete del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma R鷅rica del art韈ulo 29 redactada por el apartado ocho del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 1 del art韈ulo 29 redactado por el apartado ocho del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 29 redactado por el apartado ocho del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Letra c) del n鷐ero 1 del art韈ulo 33 introducida por el apartado nueve del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 45 redactado por el apartado once del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del p醨rafo primero del n鷐ero 2 del art韈ulo 14, ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado, conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del p醨rafo final del art韈ulo 18, ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado, conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del n鷐ero 2 del art韈ulo 22, ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado, conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del n鷐ero 6 del art韈ulo 23 ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del p醨rafo primero del n鷐ero 1 del art韈ulo 49 ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del p醨rafo segundo del n鷐ero 1 del art韈ulo 50 ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado de la disposici髇 adicional tercera, ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma La expresi髇 玴recio del mercado del n鷐ero 2 de la disposici髇 transitoria quinta, ha sido introducida en sustituci髇 de la anterior expresi髇 玴recio equivalente al precio final horario del mercado conforme establece el apartado doce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 6 de la disposici髇 transitoria segunda introducido por el apartado trece del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma P醨rafo segundo de la disposici髇 transitoria cuarta introducido por el apartado catorce del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 1 de la disposici髇 transitoria quinta redactado por el apartado quince del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma P醨rafo segundo del n鷐ero 3 de la disposici髇 transitoria quinta introducido por el apartado diecis閕s del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma P醨rafo tercero del n鷐ero 3 de la disposici髇 transitoria quinta introducido por el apartado diecis閕s del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma P醨rafo cuarto del n鷐ero 3 de la disposici髇 transitoria quinta introducido por el apartado diecis閕s del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Pen鷏timo p醨rafo de la disposici髇 final cuarta redactado por el apartado diecisiete del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma 趌timo p醨rafo de la disposici髇 final cuarta redactado por el apartado diecisiete del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma N鷐ero 6 del anexo I redactado por el apartado dieciocho del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Anexo III redactado por el apartado diecinueve del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Anexo V redactado por el apartado veinte del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre; Correcci髇 de errores 獴.O.E. 29 diciembre y 獴.O.E. 10 marzo 2011). Ir a Norma Anexo XIII introducido por el apartado veintiuno del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma Valores de las tarifas reguladas indicadas para las instalaciones de tipo b.1.1, a partir del a駉 vig閟imo sexto, supimidos conforme establece el apartado diez del art韈ulo primero del R.D. 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica en r間imen especial (獴.O.E. 23 noviembre). Ir a Norma
7/8/2010
Ir a Norma RD 1003/2010 de 5 Ago. (liquidaci髇 de la prima equivalente a las instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de tecnolog韆 fotovoltaica en r間imen especial)
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P醨rafo final del art韈ulo 15 introducido por la disposici髇 final primera del R.D. 1003/2010, de 5 de agosto, por el que se regula la liquidaci髇 de la prima equivalente a las instalaciones de producci髇 de energ韆 el閏trica de tecnolog韆 fotovoltaica en r間imen especial (獴.O.E. 6 agosto). Ir a Norma
1/7/2010
Ir a Norma OM ITC/1732/2010 de 28 Jun. (revisa los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2010 las tarifas y primas de determinadas instalaciones de r間imen especial)
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V閍se el art韈ulo 2 de la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2010 las tarifas y primas de determinadas instalaciones de r間imen especial (獴.O.E. 30 junio). Ir a Norma V閍se el art韈ulo 2 de la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2010 las tarifas y primas de determinadas instalaciones de r間imen especial (獴.O.E. 30 junio). Ir a Norma
14/3/2010
Ir a Norma RD 198/2010 de 26 Feb. (adaptaci髇 de determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a la L 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio)
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N鷐ero 1 del art韈ulo 6 redactado por el apartado uno del art韈ulo cuarto del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma N鷐ero 1 del art韈ulo 11 redactado por el apartado dos del art韈ulo cuarto del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 11 redactado por el apartado dos del art韈ulo cuarto del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma N鷐ero 1 del art韈ulo 14 redactado por el apartado tres del art韈ulo cuarto del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma Art韈ulo 7 derogado por el apartado 3 de la disposici髇 derogatoria 鷑ica del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma Art韈ulo 8 derogado por el apartado 3 de la disposici髇 derogatoria 鷑ica del R.D. 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector el閏trico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificaci髇 de diversas leyes para su adaptaci髇 a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (獴.O.E. 13 marzo). Ir a Norma
1/1/2010
Ir a Norma OM ITC/3519/2009 de 28 Dic. (revisi髇 de los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial)
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F髍mula establecida en el apartado 1 del art韈ulo 28 redactada, con efectos a partir del 1 de julio de 2008, por la disposici髇 adicional quinta de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 diciembre). Ir a Norma Efectos/ aplicaci髇: 1/7/2008 Anexo VII redactado por el apartado 1 de la disposici髇 final primera de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 diciembre). Ir a Norma Las actualizaciones de las tarifas y primas de aplicaci髇 a partir del 1 de enero de 2010, para las instalaciones del subgrupo a.1.1 del art韈ulo 2, de la disposici髇 adicional sexta y de la disposici髇 transitoria segunda que utilicen como combustible gas natural, del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, ser醤 calculadas de acuerdo a la metodolog韆 establecida en el anexo VII del citado real decreto, en conformidad con el apartado 2 de la disposici髇 final primera de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 diciembre). Ir a Norma Las actualizaciones de las tarifas y primas de aplicaci髇 a partir del 1 de enero de 2010, para las instalaciones del subgrupo a.1.1 del art韈ulo 2, de la disposici髇 adicional sexta y de la disposici髇 transitoria segunda que utilicen como combustible gas natural, del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, ser醤 calculadas de acuerdo a la metodolog韆 establecida en el anexo VII del citado real decreto, en conformidad con el apartado 2 de la disposici髇 final primera de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 diciembre). Ir a Norma Las actualizaciones de las tarifas y primas de aplicaci髇 a partir del 1 de enero de 2010, para las instalaciones del subgrupo a.1.1 del art韈ulo 2, de la disposici髇 adicional sexta y de la disposici髇 transitoria segunda que utilicen como combustible gas natural, del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, ser醤 calculadas de acuerdo a la metodolog韆 establecida en el anexo VII del citado real decreto, en conformidad con el apartado 2 de la disposici髇 final primera de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del r間imen especial (獴.O.E. 31 diciembre). Ir a Norma
21/6/2009
Ir a Norma RD 1011/2009 de 19 Jun. (Oficina de Cambios de Suministrador)
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T閚gase en cuenta que se prorroga hasta el 31 de octubre de 2009, lo dispuesto en la presente disposici髇 transitoria sexta, conforme establece la disposici髇 adicional 鷑ica del R.D. 1011/2009, de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador (獴.O.E. 20 junio). Ir a Norma
28/4/2009
Ir a Norma RD 485/2009 de 3 Abr. (regulaci髇 de la puesta en marcha del suministro de 鷏timo recurso en el sector de la energ韆 el閏trica)
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Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio a modificar la f髍mula establecida en el art韈ulo 28 para sustituir la variable Cmp por otra que refleje la evoluci髇 del coste del gas natural, con efecto, siempre que no sea desfavorable, desde el 1 de julio de 2008, de conformidad con el establecido en la disposici髇 final cuarta del R.D. 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de 鷏timo recurso en el sector de la energ韆 el閏trica (獴.O.E. 4 abril). Ir a Norma T閚gase en cuenta que se prorroga hasta el 30 de junio de 2009, lo dispuesto en la presente disposici髇 transitoria sexta, conforme establece la disposici髇 adicional s閜tima del R.D. 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de 鷏timo recurso en el sector de la energ韆 el閏trica (獴.O.E. 4 abril). Ir a Norma
28/9/2008
Ir a Norma RD 1578/2008 de 26 Sep. (retribuci髇 de la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica mediante tecnolog韆 solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha l韒ite de mantenimiento de la retribuci髇 del RD 661/2007 de 25 May.)
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N鷐ero 1 del art韈ulo 26 redactado por el n鷐ero 1 de la disposici髇 final primera del R.D. 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribuci髇 de la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica mediante tecnolog韆 solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha l韒ite de mantenimiento de la retribuci髇 del R.D. 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnolog韆 (獴.O.E. 27 septiembre). Ir a Norma N鷐ero 2 del art韈ulo 26 redactado por el n鷐ero 1 de la disposici髇 final primera del R.D. 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribuci髇 de la actividad de producci髇 de energ韆 el閏trica mediante tecnolog韆 solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha l韒ite de mantenimiento de la retribuci髇 del R.D. 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnolog韆 (獴.O.E. 27 septiembre). Ir a Norma
19/3/2008
Ir a Norma RD 222/2008 de 15 Feb. (r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica)
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T閚gase en cuenta que durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2007, se modifican las cuant韆s de las primas a que hacen referencia los apartados 2 y 3 de la presente disposici髇, quedando fijadas en 2,3635 c/kWh en ambos casos, conforme establece la disposici髇 adicional quinta de R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo). Ir a Norma T閚gase en cuenta que durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2007, se modifican las cuant韆s de las primas a que hacen referencia los apartados 2 y 3 de la presente disposici髇, quedando fijadas en 2,3635 c/kWh en ambos casos, conforme establece la disposici髇 adicional quinta de R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo). Ir a Norma T閚gase en cuenta que durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2007, se modifica la cuant韆 de la prima contemplada en la presente disposici髇 quedando fijada en 9,1138 c/kWh, conforme establece la disposici髇 adicional quinta del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo). Ir a Norma V閍se el n鷐ero 1 de la disposici髇 final primera del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo), respecto a la modificaci髇, para su aplicaci髇 desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, de los valores retributivos de la tabla 1. Ir a Norma Grupos c.1, c.3 y c.4 del n鷐ero 1 del art韈ulo 42 modificados, para su aplicaci髇 desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, por el n鷐ero 4 de la disposici髇 final primera del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo). Ir a Norma Apartado 玴erfil horario de producci髇 para las instalaciones fotovoltaicas del anexo XII redactado por el n鷐ero 5 de la disposici髇 final primera del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo). Ir a Norma V閍se el n鷐ero 3 de la disposici髇 final primera del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo), respecto a la modificaci髇, para su aplicaci髇 desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, de los valores retributivos de la tabla 3 del presente art韈ulo, correspondientes a las instalaciones de los grupos b.6, b.7 y b.8. Ir a Norma V閍se el n鷐ero 2 de la disposici髇 final primera del R.D. 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el r間imen retributivo de la actividad de distribuci髇 de energ韆 el閏trica (獴.O.E. 18 marzo), respecto a la modificaci髇, para su aplicaci髇 desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, de los valores retributivos de la tabla 2. Ir a Norma
1/10/2007
Ir a Norma OM ITC/2794/2007 de 27 Sep. (tarifas el閏tricas a partir del 1 Oct. 2007)
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Valor de porcentaje de variaci髇 del IPC del Anexo VII sustituido por la disposici髇 final primera de la O.M. ITC/2794/2007, de 27 septiembre, por la que se revisan las tarifas el閏tricas a partir del 1 de octubre de 2007 (獴.O.E. 29 septiembre). Ir a Norma F髍mula del apartado a.1.) del Anexo VII sustituida por la disposici髇 final primera de la O.M. ITC/2794/2007, de 27 septiembre, por la que se revisan las tarifas el閏tricas a partir del 1 de octubre de 2007 (獴.O.E. 29 septiembre). Ir a Norma
29/9/2007
R Energ韆 27 Sep. 2007 (plazo de mantenimiento de la tarifa regulada para la tecnolog韆 fotovoltaica, en virtud de lo establecido en el art. 22 del RD 661/2007 de 25 May.)
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T閚gase en cuenta que conforme establece la Res. 27 septiembre 2007, de la Secretar韆 General de Energ韆, por la que se establece el plazo de mantenimiento de la tarifa regulada para la tecnolog韆 fotovoltaica, en virtud de lo establecido en el art韈ulo 22 del R.D. 661/2007, de 25 de mayo (獴.O.E. 29 septiembre), dicho plazo queda fijado en doce meses, a contar a partir de la fecha de publicaci髇 de la presente resoluci髇 en el Bolet韓 Oficial del Estado. Ir a Norma
(1)

La cuant韆 de la tarifa regulada para las instalaciones del grupo b.5 para los primeros veinticinco a駉s desde la puesta en marcha ser: 6,60 + 1,20 x [(50 - P) / 40], siendo P la potencia de la instalaci髇.

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(2)

La cuant韆 de la tarifa regulada para las instalaciones del grupo b.5 para el vig閟imo sexto a駉 y sucesivos desde la puesta en marcha ser: 5,94 + 1,080 x [(50 - P) / 40], siendo P la potencia de la instalaci髇.

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