Resolución de 16/06/2009, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Gobierno, por el se inicia el procedimiento para la declaración como microrreserva del "Complejo Lagunar del Río Moscas", y se establece el régimen de protección preventiva sobre la zona, anulando el establecido en el apartado 17 del anexo 1 de la orden de 12/06/1996.
- Órgano CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MEDIO AMBIENTE
- Publicado en DOCM núm. 128 de 03 de Julio de 2009
- Vigencia desde 04 de Julio de 2009.
Sumario
La Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, prevé en su artículo 61 que la administración castellano-manchega debe velar por la protección e inclusión en la Red Regional de Áreas Protegidas de las partes del territorio que resulten representativas de los ecosistemas, paisajes naturales y formaciones geológicas de Castilla-La Mancha, así como las que contengan manifestaciones valiosas de los tipos de hábitats y elementos geomorfológicos declarados de protección especial por la citada Ley.
La conservación y restauración de las zonas húmedas se considera una tarea de especial prioridad en materia de conservación de la naturaleza en Castilla-La Mancha, ya que son ecosistemas que poseen una gran biodiversidad, pero al mismo tiempo albergan una gran fragilidad y son cada vez más escasos dentro de la Comunidad Autónoma. Ante este hecho, mediante Orden de 12 de junio de 1996, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente acordaba el inicio del procedimiento para la aprobación del plan de ordenación de los recursos naturales de veintiocho humedales de Castilla-La Mancha, entre los que se encontraba el conocido como «Complejo Lagunar de Fuentes», situado en los términos municipales de Fuentes y Arcas del Villar en la provincia de Cuenca (DOCM nº 28, de 21 de junio de 1996).
En el desarrollo de los estudios para la redacción del Plan de ordenación de los recursos naturales de esa zona, se han localizado otras lagunas en las cercanías del ámbito de estudio con similares valores naturales y se ha constatado que, dado que todo el territorio mantiene una actividad agrícola predominante, conviene centralizar los esfuerzos de conservación en las zonas que mantienen los recursos naturales considerados de interés.
Por todo ello y según las características propias del área, se considera que es la figura de protección de microrreserva la que mejor se adapta a este territorio, ya que es un espacio de pequeño tamaño que contiene hábitats raros y hábitats de poblaciones de especies de fauna o flora amenazada.
Así, en virtud de lo establecido por los artículos 30, 32 y 43 de la citada Ley 9/1999, de 26 de mayo, se acuerda:
Primero: Iniciar el procedimiento para la declaración como microrreserva del «Complejo Lagunar del Río Moscas» sobre el ámbito territorial definido en el anexo del presente acuerdo.
Segundo: Establecer sobre el ámbito territorial definido en el anexo del presente acuerdo el régimen de protección preventiva señalado por los artículos 32.5 y 30 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
Tercero: Anular el régimen de protección preventiva establecido sobre la superficie definida en el apartado 17 del anexo 1 de la Orden de 12 de junio de 1996, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se acuerda el inicio del expediente para la aprobación de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales de veintiocho humedales de Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 28 de 21 de junio de 1996.
Cuarto: Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con efectos desde el día siguiente al de su publicación.
Anexo
Delimitación del ámbito territorial sobre el que se adopta el acuerdo de inicio del procedimiento de declaración como microrreserva del «Complejo Lagunar del Río Moscas».
La información que se ofrece a continuación está referida a los datos catastrales ofrecidos por la Gerencia Regional del Catastro (Ministerio de Hacienda), la cartografía a escala 1:25.000 del Instituto Geográfico Nacional y las ortoimágenes del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea. Las coordenadas UTM que se citan están referidas al Huso 30, Sistema Geodésico de Referencia ETRS89 y bajo la notación (coordenada X, coordenada Y).
La microrreserva «Complejo Lagunar del Río Moscas», con una superficie 125,70 ha, en los términos municipales de Arcas del Villar, Cuenca y Fuentes (Cuenca), está formada por cuatro núcleos independientes sin continuidad, todas las acequias que sirven para delimitar la zona se consideran incluidas en el interior de la microrreserva.
- 1.- Lagunas de Mohorte, con una superficie de 7,78 ha, en el término municipal de Cuenca, con la siguiente descripción de límites: Incluye las parcelas 6, 7 y 8 del polígono 509, así como las zonas de dominio público incluidas en su perímetro.
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2.- Laguna de Las Zomas, con una superficie de 9,05 ha, en el término municipal de Fuentes (Cuenca), con la siguiente descripción de límites:
Se inicia la descripción en el punto de coordenadas UTM (582692, 4426359) unión de la carretera de acceso a Las Zomas con una acequia. Desde este punto, el límite discurre en dirección norte por la acequia que delimita la linde de las parcelas 18 y 19 del polígono 501 hasta el punto de coordenadas UTM (582639, 4426585), intersección con otra acequia. Desde aquí seguimos por esta segunda acequia, que define la linde norte de las parcelas 18 y 17 del polígono 501, en dirección oeste hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM (582725, 4426665). Se continúa por esta misma acequia, en la linde oeste de la parcela 14 del polígono 501, ahora en dirección norte hasta el punto de coordenadas UTM (582705, 44426792). Se continúa, en dirección sureste, por el límite noreste de la parcela 13 del polígono 501 hasta llegar al punto de coordenadas UTM (582783, 4426731). Desde este punto se continúa por el interior de la parcela 7 del polígono 501 siguiendo los siguientes puntos de coordenadas UTM (582813, 4426759), (582888, 4426771), (582926, 4426778), (582944, 4426797), (582949, 4426751), (582963, 4426735), (582960, 4426728), (582949, 4426724), (582968, 4426716), (582969, 4426709), (582958, 4426705), (582960, 4426691), (582969, 4426682), (582962, 4426680), (582969, 4426673) y (582990, 4426644), situado en el camino ubicado al noreste de la localidad de Las Zomas. Desde este punto se continúa por el citado camino en dirección suroeste hasta el punto de coordenadas UTM (582932, 4426605). Desde este punto se continúa por el límite este y sur de la parcela 13 del polígono 501 y los límites sur de las parcelas 12 y 11 del mismo polígono hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM (582848, 4426491). Desde este punto se prosigue por el interior de la parcela 11 del polígono 501 en dirección sur avanzando por la línea marcada por los siguientes puntos de coordenadas UTM (582851, 4426491), (582850, 4426480), (582868, 4426432), (582876, 4426423) y (582874,4426402), en la carretera de acceso a Las Zomas. Desde este punto se continúa en dirección oeste por la citada carretera hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM (582692, 4426359), inicio de la presente descripción de límites.
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3.- Laguna de los Cedazos, Laguna Negra y otras, con una superficie de 80,10 ha, en los términos municipales de Arcas del Villar y Fuentes (Cuenca), con la siguiente descripción de límites:
Se inicia la descripción en el punto de coordenadas UTM (581726, 4425289), situado sobre un camino en la linde de las parcelas 1002 y 1008 del polígono 513 de Arcas del Villar. Desde este punto el límite discurre en dirección este, en línea recta hasta alcanzar una acequia en el punto de coordenadas UTM (582184, 4425345). Desde este punto el límite discurre siguiendo la acequia en dirección sur-suroeste hasta la intersección con un camino en el punto de coordenadas UTM (581984, 4424535). Seguimos por el camino en dirección sureste hasta el punto de coordenadas UTM (582403, 4424043) desde donde continúa por una línea poligonal marcada por las coordenadas UTM (582393, 4424030), (582412, 4423986) y (582431, 4423993). Desde este último punto se prosigue por el mismo camino en dirección sur-sureste hasta el punto de coordenadas UTM (582470, 4423921). Abandonamos el camino en dirección sur y seguimos en línea recta hasta llegar al punto de coordenadas UTM (582658, 4423679), límite de la parcela 10 del polígono 522 de Fuentes. Desde este punto continuamos por el borde norte de la citada parcela hasta alcanzar de nuevo el camino en el punto de coordenadas UTM (582513, 4423694). Proseguimos por el camino en dirección sur hasta el punto de coordenadas UTM (582532, 4423621), cruce con un segundo camino por el que continúa en dirección sureste hasta el punto de coordenadas UTM (582639, 4423569), en el cruce con una acequia. Desde este punto continuamos por la acequia en dirección sur hasta el punto de coordenadas UTM (582658, 4423474). Continuamos por el límite sur de la parcela 99 del polígono 523 de Fuentes en dirección oeste hasta un camino en el punto de coordenadas UTM (582581, 4423457), situado en un camino, por el que continuamos en dirección suroeste hasta el punto de coordenadas UTM (582507, 4423356). Desde este punto continuamos en dirección oeste por la linde sur de la parcela 10 del polígono 522 de Fuentes hasta el punto de coordenadas UTM (582304, 44233479). Desde este punto, el límite discurre por la parcela 10 del polígono 522 siguiendo la línea poligonal definida por los puntos de coordenadas UTM (582318, 4423393), (582328, 4423432), (582360, 4423460), (582388, 4423454), (582367, 4423428), (582360, 4423386), (582380, 4423377), (582417, 4423441), (582454, 4423470), (582450, 4423496), (582367, 4423493), (582283, (4423315), (582215, 4423445), (582211, 4423529), (582190, 4423523), (582169, 4423537), (582208, 4423571), (582234,4423573), (582278, 4423604), (582322, 4423636) y (582324, 4423650), en la linde con la parcela 9 del polígono 522 de Fuentes. Desde este punto continuamos por los límites sur y oeste de la citada parcela hasta alcanzar un camino el punto de coordenadas UTM (582027, 4424047). Continuamos por la linde sur y oeste de la parcela 2 del polígono 525 de Fuentes y los linde oeste de las parcelas 17 y 1 del polígono 524 hasta el punto de coordenadas UTM (581701, 4424604). Continuamos en línea recta en dirección suroeste hasta al punto de coordenadas UTM (581637, 4424570), límite de la parcela 1 del polígono 524 de Fuentes. Desde este punto continuamos por el interior de la parcela 1008 del polígono 513 de Arcas del Villar en dirección noroeste siguiendo la línea poligonal definida por los puntos de coordenadas UTM (581603, 4424574), (581575, 4424577), (581578, 4424587), (581497, 4424594), (581470, 4424808), (581484, 4424817) y (581510, 4424850). Desde este punto continuamos por el límite noroeste de la subparcela 1008g del polígono 513, en dirección noreste, hasta alcanzar un camino en el punto de coordenadas UTM (581759, 4425102). Desde este punto continuamos por el camino en dirección norte hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM (581726, 4425289), inicio de la presente descripción de límites.
- 4.- Lagunas del Ojo de la Corva y otras, con una superficie 28,77 ha, en el término municipal de Fuentes (Cuenca), con la siguiente descripción de límites: Incluye las parcelas 5, 6 y 8 del polígono 525, así como las zonas de dominio público incluidas en su perímetro.