Ley 6/1999, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut髇oma de La Rioja para el a駉 2000.
- 觬gano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LA RIOJA
- Publicado en BOLR n鷐. 159 de 30 de Diciembre de 1999
- Vigencia desde 31 de Diciembre de 1999.
TITULO V
Normas tributarias
CAPITULO I
Tasas y recargos
Art韈ulo 49 Tasas
1. Se elevan para el a駉 2000 los tipos de cuant韆 fija de las tasas hasta la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente 1,02 a las tarifas exigibles en 1999.
2. Se consideran como tipos fijos aquellos que no se determinen por un porcentaje de la base o 閟ta no se valore en unidades monetarias.
3. Las Tasas y otros ingresos correspondientes a servicios que se transfieran con posterioridad a 1 de enero del a駉 2000, y que no hayan sido regulados por la Comunidad Aut髇oma, se regir醤 por la normativa que les sea aplicable con car醕ter general.
Art韈ulo 50 Recargo sobre el Impuesto de Actividades Econ髆icas
Se establece un recargo del 15 por 100 de las cuotas m韓imas del Impuesto sobre Actividades Econ髆icas.