Circular 2/2018, de 21 de diciembre, del Banco de Espa馻, por la que se modifican la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de cr閐ito, sobre normas de informaci髇 financiera p鷅lica y reservada, y modelos de estados financieros, y la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Informaci髇 de Riesgos

Ficha:
  • 觬ganoBANCO DE ESPA袮
  • Publicado en BOE n鷐. 313 de 28 de Diciembre de 2018
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2019
Versiones/revisiones:
(1)

Este estado se enviar con informaci髇 de los inmuebles adjudicados o recibidos en pago de deudas declarados en el estado FI 106-1.2 que tengan saldo a final del trimestre al que se refieren los datos.

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(2)

C骴igo que identifica a los activos adjudicados o recibidos en pago de deudas en el estado FI 106-1.2.

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(3)

Cartera en la que est醤 incluidos los inmuebles en el balance de la entidad tenedora:

  • Activos no corrientes en venta.
  • Inversiones inmobiliarias.
  • Existencias.
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(4)

Importe por el que se registran los activos en el balance del grupo consolidable de la entidad declarante al final del trimestre al que se refieren los datos antes de deducir el deterioro de valor acumulado constituido para su cobertura.

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(5)

Importe acumulado de la cobertura que, en su caso, se haya constituido para corregir el coste inicial de los activos con posterioridad a la fecha de adjudicaci髇 o recepci髇 en pago de deudas.

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(6)

Importe por el que se registran los activos en el balance de la entidad declarante o, en su caso, de la tenedora, si hubieran sido transferidos los activos adjudicados, al final del trimestre al que se refieren los datos antes de deducir el deterioro de valor acumulado constituido para su cobertura. En caso de que los activos figuren en el balance de la entidad declarante, la valoraci髇 ser la establecida en el punto 164 del anejo 9 de la Circular 4/2017 del Banco de Espa馻.

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(7)

Importe acumulado de la cobertura que, en su caso, se haya constituido para corregir el coste inicial de los activos con posterioridad a la fecha de adjudicaci髇, recepci髇 en pago de deudas o compra.

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(8)

Incluir informaci髇 de la declarante, de la entidad dominante cabecera del grupo econ髆ico del que forme parte y de las entidades a trav閟 de las que esta tenga la participaci髇 en su capital.

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(9)

El c骴igo debe ser un c骴igo del Banco de Espa馻 (4 posiciones. Obligatorio declararlo para todas las entidades supervisadas por el Banco de Espa馻) o un NIF (7 posiciones) o un c骴igo de no residente (11 posiciones).

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(10)

Sector que corresponda conforme a la lista de sectores que figura en el anejo 7.1.

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(11)

C骴igo de cuatro d韌itos CNAE-2009 correspondiente a la actividad principal.

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(12)

Relaci髇 entre la declarante y la tenedora. Este campo podr tomar los siguientes valores: declarante, matriz directa, matriz intermedia y matriz 鷏tima.

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(13)

Incluir informaci髇 sobre cada una de las relaciones entre participada y tenedora, desde la entidad dominante cabecera del grupo econ髆ico hasta la entidad declarante.

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(14)

El c骴igo debe ser un c骴igo del Banco de Espa馻 (4 posiciones. Obligatorio declararlo para todas las entidades supervisadas por el Banco de Espa馻) o un NIF (7 posiciones) o un c骴igo de no residente (11 posiciones).

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(15)

Se incluir el porcentaje directo de participaci髇 en el patrimonio neto de cada una de las relaciones participada-tenedora.

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(16)

Se incluir el porcentaje directo de los derechos de voto de cada una de las relaciones participada-tenedora.

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