Acuerdo entre las autoridades competentes italianas y españolas sobre la definición de los créditos recíprocos preexistentes y fijación de un nuevo procedimiento para la simplificación y aceleración de los reembolsos de los gastos reales y a tanto alzado, hecho en Madrid y Roma el 13 de octubre y 21 de noviembre de 1997.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
  • Publicado en BOE núm. 93 de
  • Vigencia desde 22 de Noviembre de 1997.
Versiones/revisiones:
(1)

Media anual de cambio establecido por la oficina italiana de cambio.

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