Plan Anual de Control Financiero permanente, Auditoría Pública y otras actuaciones de control
- Órgano CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
- Publicado en BOC núm. 22 de 01 de Febrero de 2013
- Vigencia desde 02 de Febrero de 2013
Sumario
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INTRODUCCION
- I. PRESENTACIÓN.
- II. ESTRUCTURA.
- III. PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE.
- IV. PLAN ANUAL DE AUDITORÍAS PÚBLICAS.
- V. CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS A LAS ENTIDADES AUDITADAS:
- VI. CONTROL DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS:
- VII. PLAN DE DE ACTUACIONES DE CONTROL SOBRE FONDOS COMUNITARIOS. CONTROLES SOBRE LOS FONDOS COMUNITARIOS, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO 2007-2013:
- VIII. INFORMES RESUMENES ANUALES.
- IX. METODOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO.
- Norma afectada por
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- 17/1/2014

I. PRESENTACIÓN.
La Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria (en lo sucesivo la Intervención General), al amparo de lo dispuesto en el articulo 132 de la Ley 14/2006 de Cantabria, de 24 de octubre de 2006, de Finanzas (en adelante Ley de Finanzas), ejerce el control interno de la gestión económico financiera del sector publico autonómico, con plena autonomía respecto de las autoridades y demás entidades cuya gestión controla. Y realiza, de acuerdo a lo establecido en el articulo 47 de la Ley 10/2006 de Cantabria, de 17 de julio de 2006, de Subvenciones (en adelante Ley de Cantabria de Subvenciones) y en el articulo 133, de la Ley de Finanzas, el ejercicio del control financiero de las subvenciones concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria y los organismos y entidades vinculados o dependientes de aquélla.
Asimismo, en aplicación de los artículos 151.3 y 157 de Ley de Finanzas y el artículo 52 de la Ley de Cantabria de Subvenciones, le corresponde a la Intervención General el desarrollo del Plan de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y Control de Subvenciones.
El citado Plan pone de manifiesto cuáles son los objetivos y prioridades que la Intervención General, en este ámbito de control para cada ejercicio y concreta las actuaciones a realizar en cada una de las Consejerías y Entidades sometidas a esta modalidad de control.
La Intervención General, en el desarrollo de sus actuaciones de control, sigue el conjunto de reglas y pautas de comportamiento que ha aprobado en su Circular 1/2007, de 21 de febrero, sobre Control Financiero Permanente; Auditoria Pública y Otras Actuaciones de Control y las realiza, bien a través de los funcionarios designados en los programas de trabajo en función del tipo de control a realizar, o bien mediante la contratación de firmas auditoras externas, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda, de la Ley de Finanzas.
II. ESTRUCTURA.
Este Plan Anual, consta de dos partes bien diferenciadas: El Control Financiero del Sector Público Autonómico, que se realizará a través de sus modalidades de Control Financiero Permanente y la Auditoria Pública, y el Control de Subvenciones en el que se incluye tanto el control a perceptores de subvenciones autonómicas, que se desarrollará en los términos recogidos en la normativa reguladora de las subvenciones, como el control de Fondos de la Unión Europea.
Respecto de los controles del Sector Público Autonómico se distingue al hablar de los Órganos o Entidades sobre los que recae:
El Control Financiero Permanente, que se ejercerá sobre la Administración General, Organismos Autónomos dependientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. El objeto será verificar de una forma continuada la situación y el funcionamiento de estas entidades, comprobando su adecuación a la normativa y directrices que las rigen y, en general, si su gestión se adecua a los principios de buena gestión financiera, dando cumplimiento al objetivo de estabilidad presupuestaria y equilibrio financiero.
La Auditoria Pública, que se ejerce sobre la totalidad de los Órganos y Entidades integrantes del Sector Público Autonómico, así como sobre los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúa mayoritariamente desde los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el objeto de verificar con posterioridad y de forma sistemática la actividad económico financiera del sector público, mediante procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoria e instrucciones dictadas en el ámbito de lo público. Está auditoria se realizará en las modalidades de: auditoria de regularidad contable, auditoria de cumplimiento y auditoria operativa.
El Control Financiero de Subvenciones tiene como objeto verificar la adecuada y correcta obtención, justificación, gestión y aplicación de la subvención por parte de las personas o entidades beneficiarias y entidades colaboradoras; en cuanto a las actividades u operaciones subvencionadas su realidad y regularidad, así como su adecuada y correcta financiación.
Como se ha indicado anteriormente está incluido en este ámbito el control financiero de las ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios, que se realizará, en su ámbito respectivo de competencias, por la Intervención General o los órganos o funcionarios que tengan atribuido el control financiero de la gestión económica de las corporaciones locales, sin perjuicio de las competencias de coordinación y control que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, reconoce a la Intervención General del Estado.
En las ayudas financiadas por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola, la Intervención General realiza los controles previstos en el Reglamento (CEE) número 485/2008 del Consejo de las Comunidades Europeas, de 26 de mayo, de acuerdo con lo previsto en la normativa comunitaria y en la Ley General de Subvenciones.
Y por último, se podrán realizar, en aplicación de la normativa comunitaria que se recoge en el apartado VII de este Plan, los controles y verificaciones de los procedimientos de gestión de los distintos órganos gestores que intervengan en la concesión, gestión y pago de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, que permitan garantizar la correcta gestión financiera de tales fondos.
III. PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE.
El control financiero permanente tiene como finalidad verificar la situación y el funcionamiento de las entidades del sector público autonómico en el aspecto económico financiero y comprobar que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera, además de ir dirigida al cumplimiento de estabilidad presupuestaria y equilibrio financiero.
Dentro del sector público autonómico se han establecido los siguientes controles financieros permanentes:
III.1. SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD.
De conformidad con lo dispuesto en su normativa de creación, el SCS, se encuentra sometido a Control Financiero Permanente. En atención a ello, para el ejercicio 2013, se tiene previsto la realización de las siguientes actuaciones:
GERENCIA | AREA | Período |
Hospital Universitario Marqués de Valdecilla | Gastos de Personal, Capitulo I presupuesto de Gastos | 2012 |
Gerencia de Atención Primaria | Gastos de Personal, Capitulo I presupuesto de Gastos | 2011-2012 |
III.2. AGENCIA CÁNTABRA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA:
De acuerdo a lo establecido en la Ley de Cantabria 4/2008, de 24 de noviembre, de creación de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, el control interno de la misma se realizará bajo la modalidad de Control Financiero Permanente. En atención a ello y para el ejercicio 2013 se tiene previsto realizar las siguientes actuaciones:
AREA | Período |
Contratación administrativa | 2012 |
Procedimiento recaudatorio de tasas e impuestos Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. (Recaudación en vía ejecutiva) | 2012 |
Procedimiento recaudatorio sobre el precio público que recae sobre la gestión residuos urbanos y hospitalarios. | 2012 |
En cumplimiento del Plan Anual del 2012 se han iniciado los controles sobre los procedimientos de liquidación y recaudación de los ingresos que se realizan por la ACAT y, más concretamente, sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pudiendo desarrollar los controles efectuados sobre las áreas de recaudación en vía voluntaria y contabilidad.
Con el fin de completar el control sobre los procedimientos gestionados por dicha Entidad se hace necesario incluir en este Plan Anual la recaudación en vía ejecutiva del mismo, al no haber sido realizado en el ejercicio anterior, cerrando así el análisis de un procedimiento recaudatorio completo sobre un tributo determinado.
Por otro lado, por primera vez se incluye el análisis de un precio público, siguiendo el camino iniciado en el 2012.de control financiero permanente sobre los ingresos de la Comunidad Autónoma.
III.3. INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES:
De conformidad con lo regulado en la Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, el control interno al que esta sometido dicho Organismo Autónomo es el Control Financiero Permanente. Por ello, se prevén los siguientes controles para realizar en el ejercicio 2013:
Control | AREA | Período |
Gastos de personal | Capítulo I presupuesto de gastos del ICASS | 2012 |
Renta Social Básica | Capitulo IV presupuesto de gastos | 2012 |
Contratación administrativa ( un centro dependiente del ICASS) | Capitulo II y VI del presupuesto de gastos | 2012 |
Expedientes de conciertos con los ayuntamientos para la tramitación de las prestaciones Teleasistencia y el Servicio de Asistencia Domiciliaria para aquellos beneficiarios que de acuerdo a la legislación estatal, no tengan reconocida la prestación de dependencia. | Capitulo IV del presupuesto de gastos. | 2012 |
III.4. ADMINISTRACIÓN GENERAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
De acuerdo a lo determinado en los artículos 149, 150 y 151, de la Ley de Finanzas, se prevén realizar los siguientes Controles Financieros Permanentes, teniendo en cuenta que a todos los Organismos Autónomos se les aplica el mismo régimen de control interno que a las Consejerías:
Entidades
TIPO | Entidad | CONSEJERIA | AREA | PERIODO |
C.F.P | CIMA | Medio Ambiente, Ordenación del territorio, Urbanismo. | Gastos de personal | 2012 |
C.F.P | ODECA | Desarrollo rural, ganadería, pesca y biodiversidad | Gastos de personal | 2012 |
C.F.P | ICANE | Economía, Hacienda y Empleo | Gastos de personal | 2012 |
C.F.P | CEARC | Presidencia y Justicia | Gastos de personal | 2012 |
C.F.P | Consejerias | Todas | Gastos de personal | 2012 |
Por ultimo señalar que, se va realizar un control financiero permanente sobre las entidades recogidas en el cuadro anterior cuyo objetivo es comprobar que, los órganos gestores han remitido toda la información, en el tiempo oportuno, para que los estados financieros del ejercicio 2012 reflejen todas las operaciones ejecutadas en su ámbito de actuación y, en particular, para detectar la existencia de cualquier activo y pasivo que los órganos gestores no hayan comunicado a la oficina de contabilidad para su registro, especialmente en el caso de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para los que no se ha producido su imputación presupuestaria.
III.3. INSTITUTOS PÚBLICOS O COLEGIOS CONCERTADOS:
Se realizará control en el centro que a continuación se relaciona:
NOMBRE | LOCALIDAD | PERÍODO |
Instituto enseñanza secundaria Miguel Herrero Pereda | Torrelavega | 2010-2011 |
Se verificará respecto de la gestión económico-financiera, correspondiente a las anualidades 2010-2011, los siguientes aspectos:
- - Llevanza de Libros Obligatorios.
- - Financiación.
- - Situación de su Tesorería.
- - Expedientes de contratación (previo muestreo).
IV. PLAN ANUAL DE AUDITORÍAS PÚBLICAS.
IV.1. AUDITORÍAS DE CUENTAS ANUALES.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Finanzas y con los objetivos establecidos en el artículo 159, respecto de las Cuentas Anuales formuladas en los periodos que se indican, se realizará la auditoria de las siguientes entidades:
EMPRESA | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
Sociedad Regional de Coordinación Financiera de Cantabria, S.L. (CEP) | Economía, Hacienda y Empleo | Cuentas Anuales | 2012 |
Sociedad regional para la gestión y promoción de actividades culturales del palacio de festivales de Cantabria, SA | Educación, Cultura y Deporte | Cuentas Anuales | 2012 |
ORGANISMO | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
Puertos de Cantabria | Consejería de Obras Públicas y Vivienda. | Cuentas Anuales | 2012 |
CONSEJO | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
Consejo De la Mujer | Presidencia y justicia | Cuentas Anuales y liquidación | 2011-2012 |
Consejo De la Juventud | Presidencia y Justicia | Cuentas Anuales y liquidación. | 2011-2012 |
La Ley de Cantabria 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, extingue en sus artículos 16 y 17 la personalidad jurídica de los tres Consejos, que formaban parte del sector público administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a partir del 1 de julio del 2012, por lo que se procedió a modificar el Plan Anual del 2012 y a ampliar el alcance de la auditoria a las cuentas de dichos Consejos que se hubiesen formulado en el periodo del primer semestre del 2012 y a aquellas actuaciones que se hayan realizado para el cumplimiento de la Ley anteriormente citada.
Únicamente se ha procedido a liquidar en el mes de junio de 2012 y, por tanto, a auditar en dicho ejercicio el Consejo Económico y Social, estando pendientes la liquidación y, por tanto, los controles anteriormente descritos de los Consejos de la Mujer y de la Juventud, por lo que se incluyen en este Plan Anual del 2013.
CONSORCIO | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
Museo de Cantabria | Educación, Cultura y Deporte | Cuentas Anuales | 2011-2012 |
Centro Asociado UNED en Cantabria | Educación, Cultura y Deporte | Cuentas Anuales | 2012 |
FUNDACION | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
Fundación Festival Internacional de Santander. | Educación, Cultura y Deporte | Cuentas Anuales | 2012 |
Fundación Pública Marqués de Valdecilla | Sanidad y Servicios Sociales | Cuentas Anuales | 2012 |
Fundación Cantabra de Empleo y Bienestar Social | Sanidad y Servicios Sociales | Cuentas Anuales | 2012 |
Fundación Centro tecnológico de Logística Integral | Innovación, Industria, Turismo y Comercio | Cuentas Anuales | 2012 |
Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental | Innovación, Industria, Turismo y Comercio | Cuentas Anuales | 2012 |
ORGANISMO | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍOD O |
ODECA | Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad | Cuentas Anuales | 2012 |
CIMA |
Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo |
Cuentas Anuales | 2012 |
ICANE | Economía, Hacienda y Empleo | Cuentas Anuales | 2012 |
CEARC | Presidencia y Justicia | Cuentas Anuales | 2012 |
ORGANISMO | ADSCRPCIÓN | OBJETO | PERIODO |
ACAT | Economía, Hacienda y Empleo | Cuentas anuales | 2012 |
ORGANISMO | ADSCRPCIÓN | OBJETO | PERIODO |
Instituto de Finanzas | Economía, Hacienda y Empleo | Cuentas anuales | 2012 |
IV.2. AUDITORIAS DE CUMPLIMIENTO Y OPERATIVA.
Respecto de las entidades del sector público empresarial y fundacional que se relacionan en el siguiente cuadro y de las áreas que en el mismo se establecen, se realizarán auditorias de cumplimiento y operativas, en concreto de legalidad y de sistemas y procedimientos, valorando, en su caso, el nivel de eficacia, eficiencia y economía alcanzado en la utilización de los recursos públicos:
EMPRESA | ADSCRIPCION | OBJETO | PERÍODO |
CEP | Economía, Hacienda y Empleo | Contratación, convenios, aportaciones dinerarias y entregas dinerarias sin contraprestación, personal | 2010-2012 |
ICAF | Economía, Hacienda y Empleo | Contratación, convenios, aportaciones dinerarias y entregas dinerarias sin contraprestación, prestamos, avales y personal | 2010-2012 |
SEMCA | Presidencia y Justicia | Contratación | 2012 |
Centro Asociado UNED en Cantabria | Educación, Cultura y Deporte | Contratación y gastos de personal | 2012 |
V. CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS A LAS ENTIDADES AUDITADAS:
La Subdirección General de Control Financiero debe establecer los mecanismos adecuados que permitan un seguimiento, tanto de las medidas correctoras o, en su caso, ajustes contables propuestos en los informes definitivos, como de las actuaciones adoptadas por el órgano gestor y recogidas en las alegaciones presentadas al informe provisional.
En concreto a lo largo del ejercicio 2013 se someterán a un seguimiento especial las medidas correctoras, ajustes contables y las actuaciones que vayan a ser adoptadas, como consecuencia de las siguientes auditorias finalizadas en el ejercicio 2012:
TIPO DE CONTROL | ENTIDAD | ADSCRIPCION | AREAS CONTROLADAS | PERIODO |
Auditoria operativa y de cumplimiento | SODERCAN S.A. | Innovación, Industria, Comercio y Turismo. | Las recogidas en el informe emitido en el 2012 | 2010-2011 |
VI. CONTROL DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS:
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- Control al Gestor de Subvenciones. Medio ambiente:
Línea de ayuda: «Subvenciones concedidas con cargo a la aplicaciones presupuestarias de la Consejería de Medio Ambiente, ejercicio 2012».
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- Control al Beneficiario.
Respecto de las líneas seleccionadas gestionadas por los órganos indicados en el apartado anterior, por muestreo estadístico, se realizará un control al perceptor de las citadas subvenciones.
VII. PLAN DE DE ACTUACIONES DE CONTROL SOBRE FONDOS COMUNITARIOS. CONTROLES SOBRE LOS FONDOS COMUNITARIOS, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO 2007-2013:
Controles sobre Fondos Estructurales y Fondo Europeo de Pesca 2007-2013
Se llevarán a cabo los controles sobre ayudas cofinanciadas por Fondos Estructurales y Fondo Europeo de Pesca 2007-2013, en las modalidades previstas por los Reglamentos (CE) no 1083/2006 y no 1828/2006 (Controles de Sistemas y Procedimientos, y Controles de operaciones), de acuerdo con las diferentes Estrategias de auditoria aprobadas por la Comisión Europea, bien como Órgano de control coadyuvante de la Intervención General de la Administración del Estado, bien como Autoridad de auditoria en el P.O. Regional de Cantabria del FSE.
Además, se elaborarán los informes anuales de control que recojan el resultado de las Auditorias y los Dictámenes sobre el funcionamiento de los sistemas de gestión y control, recogidos en los Reglamentos mencionados, bien en calidad de Órgano coadyuvante de control, bien en calidad de Autoridad de auditoria.
Controles a efectuar sobre los Fondos que financian la Política Agraria Comunitaria: FEAGA y FEADER:
- - Elaboración de un certificado, basado en un examen de los procedimientos y una muestra de las transacciones, relativo a las cuentas del organismo pagador, conforme a lo preceptuado en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1290/2005, de 21 de junio, en los términos y plazos previstos en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 885/2006, de la Comisión de 21 de junio de 2006.
- - FEAGA: En el supuesto en que del PLAN NACIONAL DE CONTROL, se derive la realización de controles y así se comunique a esta Intervención General, conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 485/2008 del Consejo, de 26 de mayo de 2008, relativo a los controles, por los Estados miembros, de las operaciones comprendidas en el sistema de financiación por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía, se entienden incluidos en el presente Plan.
VIII. INFORMES RESUMENES ANUALES.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 151.4 y 158.5 de la Ley de Finanzas, y de acuerdo con lo establecido en la Instrucción vigésimo primera de la Circular 1/2007, de 21 de febrero, de la Intervención General, modificada por la Circular 1/2012, de 19 de noviembre, se remitirá al Consejo de Gobierno, por conducto de la Consejería competente en materia de Hacienda, para su conocimiento y efectos oportunos, un informe resumen anual antes del día 30 del mes de junio del ejercicio siguiente al que se refiera el Plan Anual Control Financiero Permanente, Auditoria Publica y Otras Actuaciones de Control, comprensivo de los resultados más significativos de la ejecución del mismo.
IX. METODOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO.
IX.1. La ejecución del Plan Anual, se llevará a cabo en la Subdirección General de Control Financiero de la Intervención General, bajo la Supervisión de la Subdirectora General de Control Financiero, o persona en que se encomiende esas funciones, y el conforme del Interventor General.
IX.2. Para el desarrollo de los trabajos de control se seguirá lo dispuesto en la Normativa Comunitaria que resulte de aplicación directa en esta materia, en la Ley de Finanzas, en la Circular 1/2007, de 21 de febrero, de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y Otras Actuaciones de Control y en las Normas de Auditoria del Sector Público aprobadas por Resolución de la IGAE de fecha 14 de febrero de 1997, y demás normas de control que resulten de aplicación supletoria. De igual manera, y para el control de perceptores de subvenciones, se estará a lo dispuesto en la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
IX.3. El Plan Anual de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y Otras Actuaciones de Control, aquí descrito, puede verse modificado por la concurrencia de circunstancias que así lo exijan, tal y como se prevé en el artículo 157 de la Ley de Finanzas.
IX.4. Corresponde a la Subdirectora General de Control Financiero, o persona en que se encomiende esas funciones, realizar la distribución de los controles previstos a los diferentes equipos de auditoria, designando al Director-Jefe de Equipo y a los auditores integrantes del mismo. Igualmente, se establecerá un calendario para su efectiva materialización y se mantendrá informado al Interventor General del efectivo cumplimiento del Plan de Control, así como de aquellas cuestiones de interés que se susciten en el desarrollo del trabajo de campo.
IX.5. El Interventor General, a propuesta de la Subdirectora General de Control Financiero comunicará al titular del servicio, órgano, entidad controlada o perceptora de subvenciones o ayudas, el inicio de las actuaciones de control.
IX.6. En el ejercicio de las actuaciones de Control Financiero, la Intervención General, podrá recabar directamente de quien corresponda los asesoramientos jurídicos y técnicos que considere necesarios, de conformidad con lo dispuesto en la normativa presupuestaria y de control.
IX.7. Los informes de Control Financiero deberán ser presentados por el Director del trabajo de Control a la Subdirectora General de Control Financiero, o persona en que se encomiende esa función, y recibir el conforme del Interventor General.
IX.8. Los informes de Control Financiero deberán sujetarse a la estructura y contenido descrito en la Ley de Finanzas y en la disposición duodécima de la Circular 1/2007, de 21 de febrero de la Intervención General.
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Intervención General, RESUELVE
Primero.- Aprobar el Plan Anual de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y otras Actuaciones de Control, para el ejercicio 2013.
Segundo.- Tras la aprobación de este plan queda sin efecto el Plan Anual de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y otras Actuaciones de Control correspondiente al ejercicio 2012.
