RESOLUCIÓN GRI/1024/2012, de 23 de mayo, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de La Llacuna y de Orpí.
- Órgano DEPARTAMENTO DE GOBERNACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES
- Publicado en DOGC núm. 6141 de 04 de Junio de 2012
- Vigencia desde 24 de Junio de 2012.


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Sumario
Los días 17 de diciembre de 2008 y 7 de mayo de 2009 los plenos de los ayuntamientos de Orpí y de La Llacuna aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 1 de octubre de 2008 por las respectivas comisiones municipales de delimitación. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, previsto en el artículo 28.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.
De acuerdo con el artículo 32.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,
Resuelvo:
-1 Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de La Llacuna y de Orpí que se describe a continuación, y que se incorpora en sus correspondientes mapas municipales:
- Mojón 1: se sitúa en la sierra de Orpinell, a unos diez metros al sur del margen sur del camino de Les Pinedes de l’Armengol. Este mojón es también común al municipio de Carme. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 383584,5 e Y: 4596674,6.
- Mojón 2: se sitúa en el sur de la sierra de Orpinell, a unos trescientos metros al este del lugar conocido como Les Barangueres. La línea de término reconocida entre los mojones primero y segundo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 383516,6 e Y: 4596368,2.
- Mojón 3: se sitúa en el sur de la sierra de Orpinell, a unos doscientos cincuenta metros al sur del camino de Les Pinedes de l’Armengol. La línea de término reconocida entre los mojones segundo y tercero es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: 383271,2 e Y: 4596541,3.
- Mojón 4: se sitúa en el sur de la sierra de Orpinell, a unos ciento cincuenta metros al sur del camino de Les Pinedes de l’Armengol. Se ha localizado el mojón de piedra, en forma irregular, de treinta y dos por veintiocho centímetros de lado y noventa de altura. Está tumbado. La línea de término reconocida entre los mojones tercero y cuarto es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 383110,9 e Y: 4596650,6.
- Mojón 5: se sitúa en el sur de la sierra de Orpinell, a unos veinticinco metros al norte del camino de Sant Joan de Mediona. La línea de término reconocida entre los mojones cuarto y quinto es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 382789,8 e Y: 4596563,4.
- Mojón 6: se sitúa en el sudeste de Els Plans de Feixes, a unos diez metros al este del camino de Sant Joan de Mediona. La línea de término reconocida entre los mojones quinto y sexto es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 382577,1 e Y: 4596556,9.
- Mojón 7: se sitúa en el margen sur sureste de Els Plans de Feixes, a unos trescientos cincuenta metros al sur de La Casa Alta. La línea de término reconocida entre los mojones sexto y séptimo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 382351,0 e Y: 4596544,9.
- Mojón 8: se sitúa en el este del torrente de Cabra, a unos cuatrocientos cincuenta metros al sur del camino de Feixes. La línea de término reconocida entre los mojones séptimo y octavo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 382128,6 e Y: 4596337,9.
- Mojón 9: se sitúa en el oeste del torrente de Cabra, a unos trescientos metros al sureste de Cal Miqueló. La línea de término reconocida entre los mojones octavo y noveno es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 381763,0 e Y: 4596170,2.
- Mojón 10: se sitúa en el oeste del torrente de Cabra, a unos doscientos ochenta metros al sudeste de Cal Miqueló. La línea de término reconocida entre los mojones noveno y décimo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 381741,3 e Y: 4596166,4.
- Mojón 11: se sitúa en el sudoeste del cerro de La Bullida, a unos trescientos cincuenta metros al sur del camino de Feixes. La línea de término reconocida entre los mojones décimo y undécimo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 381446,1 e Y: 4596039,0.
- Mojón 12: se sitúa en el cerro de Feixes, a unos ciento veinticinco metros al norte del camino de Feixes. La línea de término reconocida entre los mojones undécimo y duodécimo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 381196,7 e Y: 4596516,0.
- Mojón 13: se sitúa en la umbría de El Coll d’Orpí, a unos cien metros al norte de los campos de Fontfregona. La línea de término reconocida entre los mojones duodécimo y décimo tercero es la divisoria de aguas donde se encuentran situados ambos mojones. Este mojón es también común con el municipio de Santa Maria de Miralles. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 379768,8 e Y: 4596451,4.
-2 Indicar que contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo previsto en el artículo 44 de esta misma Ley.