Decreto 77/2010, de 23 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona arqueológica, el yacimiento "El Rincón de Almendricos", en Lorca (Murcia).
- Órgano: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Publicado en BORM núm. 97 de 29 de abril de 2010
- Vigencia desde 29 de abril de 2010. Esta revisión vigente desde 29 de abril de 2010.
El artículo 10.uno.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región.
La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por Resolución de 24 de noviembre de 1980, incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico y arqueológico a favor del yacimiento de El Rincón de Almendricos, en Lorca (Murcia), publicada en el Boletín Oficial del Estado número 22, de 26 de enero de 1981.
En la tramitación del expediente emitieron informe favorable la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y la Real Academia Alfonso X el Sabio, como instituciones consultivas de la Comunidad Autónoma, señalando la especial significación del yacimiento y la necesidad de protegerlo.
La aprobación de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, determinó que, en virtud de la disposición transitoria tercera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. De acuerdo con la citada legislación, se han cumplimentado los trámites preceptivos de información pública (BORM número 1, de 2 de enero de 2010) para que todas aquellas personas o entidades interesadas, durante el plazo de 20 días hábiles, pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas. Posteriormente, se ha concedido trámite de audiencia al ayuntamiento de Lorca y a los interesados. Durante estos trámites se presentaron alegaciones que fueron contestadas en su momento, tal como consta en el expediente.
En consecuencia, terminada la instrucción del expediente, la Consejería de Cultura y Turismo considera que procede declarar bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el yacimiento El Rincón de Almendricos, en Lorca (Murcia), de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3.2 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En virtud de lo expuesto en el artículo 13.1 de la Ley 4/2007, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del día 23 de abril de 2010. Dispongo:
Se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, el yacimiento El Rincón de Almendricos, en Lorca, según descripción que consta en el anexo I.
Se define la delimitación de la zona arqueológica tal como consta en el anexo II y en el plano adjunto.
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Murcia a 23 de abril de 2010.
El Presidente,
Ramón Luis Valcárcel Siso.
El Consejero de Cultura y Turismo,
Pedro Alberto Cruz Sánchez.
ANEXO I.
1. Emplazamiento.
El poblado denominado El Rincón de Almendricos se ubica al noroeste del núcleo urbano de Almendricos (Lorca), sobre la vertiente meridional del cerro de los Piñeros, quedando delimitado al oeste por la rambla del Moro García y la carretera local de Puerto Lumbreras a Almendricos. La coordenada central en la zona nuclear del yacimiento es la siguiente: X: 607.250; Y: 4.149.550
El yacimiento se escalona en el piedemonte del citado cerro, entre las cotas 360-380 m. s. n. m., orientado en la solana. Las casas se extienden hasta la parte baja de la ladera, hasta entrar en contacto con la rambla del Moro García. De hecho algunas casas debieron ser cortadas por el cauce de esta rambla, lo que permite deducir que éste en la antigüedad se encontraba más al oeste. A pesar de su escasa altitud, el emplazamiento domina hacia el este y sur una depresión longitudinal de dirección NE- SW, que se abre entre la sierra de Enmedio y la sierra de La Carrasquilla, drenada por la rambla del Galián de mayor entidad.
La rambla del Moro García presenta un tramo alto y medio de fuerte pendiente, donde aparece su valle muy encajado al tener que atravesar materiales de cierta dureza (Primarios y Secundarios) para adquirir en su tramo bajo, donde se emplaza el poblado, el carácter de rambla con un valle amplio y de fondo plano. Los niveles aluviales muestran alternancia de distinto calibre, desde arenas-limos hasta cantos más o menos angulosos que denotan las distintas fluctuaciones de competencia fluvial que ha tenido la rambla a lo largo del Cuaternario, ligado a pulsaciones climáticas más o menos húmedas.
Geológicamente el sector pertenece al dominio del bético en sentido estricto, o zona más interna del gran conjunto geoestructural de las cordilleras béticas, concretamente a la unidad de sierra de Enmedio.
En él la litología del entorno está representada por materiales de distinta edad: desde el Primario (Pérmico) a base de pizarras grises, cuarcitas, calizas, alternando con afloramiento de yesos y diabasas; al Secundario (Triásico inferior y superior) de calizas recristalizadas, calcoesquistos, donde se intercalan mineralizaciones de galena, pirita y blenda (menas) y barita, cuarzo y calcita (gangas), explotadas y utilizadas desde tiempos remotos. Asimismo está representado un Terciario (Mioceno terminal) a base de margas y areniscas y un Cuaternario coluvial, típico de vertientes, que recubre lateralmente en el sector más bajo del yacimiento con depósitos aluviales de rambla de espesores y granulometría variada.
En suma, la ubicación del yacimiento en una solana, al resguardo de los vientos del N y NW, la proximidad a puntos de riqueza metalífera, forestal y cinegética, la cercanía de ramblas, así como de terrenos aptos para la agricultura, contribuyó a que este emplazamiento de El Rincón lograra un importante desarrollo.
2. Descripción.
El poblado de El Rincón de Almendricos dispone de un emplazamiento poco conocido en el ámbito de la cultura argárica, pues se trata de un asentamiento con el hábitat disperso que se desarrolla en el llano, carente de defensas naturales y de amurallamiento. Las casas aparecen diseminadas en un espacio determinado, pero no obedecen a una distribución predeterminada, y carece también de calles.
Las casas disponen de una tipología variada, unas aparecen aisladas, otras son dobles; tienen, generalmente, una planta de tendencia rectangular aunque también se documenta la planta trapezoidal. Constan de diversas compartimentaciones, variando entre las dos y tres habitaciones y se accede de unas a otras por medio de vanos de medio metro de anchura. Existen habitaciones que se destinaron al almacenaje de los productos alimenticios, caracterizados tanto por el número de contenedores cerámicos que contenían como por los restos de cereales hallados sobre el suelo. Es habitual la existencia de rebancos adosados a los muros e incluso se ha documentado un banco de cocina que conservaba las vasijas completas en su posición original.
Las casas suelen estar parcialmente excavadas en el suelo, con zócalos de piedra y alzados de adobe o tierra, algunas conservaban restos de enlucido con un engobe blanco. La cubierta era plana y estaba formada por arcillas, arenas y lodos colocados sobre haces de esparto y un entramado vegetal a base de ramas, varas y troncos atados con cuerdas de esparto. Se sustentaba sobre los muros perimetrales de la vivienda y sobre postes de madera de los cuales se conservan las improntas en el suelo.
Como es habitual en los asentamientos argáricos el rito de enterramiento es el de la inhumación individual, hallándose los restos óseos generalmente en decúbito lateral derecho, en posición fetal. No faltan las excepciones, constatando un enterramiento doble de una pareja. Los enterramientos se localizan bajo el suelo de las viviendas o en sus inmediaciones, en cista, en urna, o en fosa.
Las cistas suelen presentar una planta ligeramente trapezoidal tanto en alzado como en planta, y están cubiertas con una o varias losas. Las urnas ubicadas en el interior de las casas carecen de tapa, en cambio las situadas en el patio disponen de tapadera. Las urnas de cerámica presentan diversas formas, globulares, cuencos hemiesféricos y vasijas carenadas.
Los enterramientos están acompañados por ajuares funerarios, manifestación de la costumbre ancestral de enterrar con los útiles personales, lo que permite distinguir a los hombres de las mujeres y, entre ellos, la riqueza o poder de algunos frente al resto del colectivo social al que pertenece. Estos ajuares están formados por objetos personales, como los cuchillos, puñales y punzones, o bien por objetos defensivos, como las alabardas, espadas, estoques, brazales de arquero etc. También contienen vasos cerámicos de variadas formas, pero escogidos generalmente entre las de mejor factura y acabado. Posiblemente contuvieran líquidos o comida que en raras ocasiones han perdurado hasta nosotros.
3. Datos Históricos.
Uno de los rasgos más significativos del poblado El Rincón de Almendricos es su emplazamiento en un llano abierto, sin defensas naturales ni murallas que lo protejan. De hecho se puede considerar este poblado como el modelo que ha permitido definir este tipo de asentamientos en el ámbito de la cultura argárica, desconocido hasta que fue descubierto y estudiado. Ofrece un tipo de hábitat con viviendas aisladas, aunque próximas entre sí, posiblemente a modo de granjas de explotación agrícola, donde se cultivarían leguminosas, como habas, guisantes y lentejas, además de gramíneas como la cebada. Su actividad económica estaría poco diversificada y se dedicaría fundamentalmente a la agricultura, una agricultura de regadío, completada con el aprovechamiento de los recursos mineros de la Sierra de Enmedio, distante 3 Km, la fundición posiblemente tendría lugar en el mismo poblado, como parecen indicar los restos de escorias y algún fragmento de molde.
La escasa densidad demográfica, que parece deducirse del número de viviendas, estimadas en una veintena, reflejaría una población equilibrada en relación a los recursos económicos disponibles y una comunidad fundamentalmente autárquica. La proximidad de la rambla, y su aprovechamiento hidráulico para la agricultura, sería la principal garantía para una estabilidad de recursos alimenticios; sin embargo la inestabilidad de su curso y las bajas cotas en que se situaron las viviendas en relación a la rambla, originaron la inundación del poblado y su posterior abandono.
Según se desprenden de los estudios efectuados hasta ahora, El Rincón de Almendricos se trata de un poblado de nueva creación con un solo momento o nivel de ocupación, durante un corto período. Este asentamiento tenía próximos otros poblados en altura de tipo tradicional como El Cabezo de las Piedras, El Cerro el Moro, El Cerro Negro de la Campana, La Cañada del Alba, La Huiguica, distantes entre 3 y 6 Km, con los cuales tendría posiblemente una relación de tipo federativo, de dependencia o incluso de defensa en caso de necesidad.
Además de las estructuras de habitación ha podido ser estudiado un conjunto de enterramientos, en concreto un total de 16 sepulturas, de las que nueve son cistas, seis son en urnas y una es en fosa. La variedad de los ajuares está condicionada por el sexo, la condición social y la cronología del inhumado. Están formados por objetos personales, como los cuchillos, puñales y punzones, o bien por objetos defensivos, como las alabardas, espadas, brazales de arquero etc. Los vasos cerámicos que se introducen en las tumbas son escogidos entre las distintas formas tipológicas, y dentro de ellas, las de mejor factura y acabado. Posiblemente contuvieran líquidos o comida que en raras ocasiones han perdurado hasta nosotros.
Finalmente hay que abordar la cuestión cronológica, pues existe una fecha absoluta para el Rincón de Almendricos efectuada por el laboratorio de C-14 de la Universidad de Granada, realizada sobre una muestra de carbón procedente de un hogar aislado que, posiblemente correspondiese al patio de una casa. La datación es de 1.730+_100 a.C.
4. Justificación.
La consideración como bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, viene justificada por la necesidad de proteger y conservar el patrimonio existente en esa área, dada la relevancia y valor cultural de los restos arqueológicos que la integran.
Entre los factores más importantes a tener en cuenta para su consideración como bien de interés cultural, es que se trata de uno de los mejores exponentes de un asentamiento argárico en llanura, siendo el modelo que permitió definir en su día este tipo de hábitat abierto, en contraposición a los conocidos tradicionalmente vinculados a emplazamientos en altura, a yacimientos mineros y a vías de comunicación. En este sentido, este poblado representa uno de los escasos referentes para el estudio de este tipo de asentamiento en todo el ámbito de la cultura argárica.
Por otra parte, las excavaciones arqueológicas desarrolladas hasta ahora en el yacimiento han permitido exhumar un importante conjunto de viviendas y de enterramientos, en buen estado de conservación, posibilitando el conocimiento de aspectos de la vida cotidiana, su religiosidad, ritual funerario, economía y sociedad, y ubicado además junto a una vía natural de paso que le proporciona características que pueden aclarar las relaciones del occidente murciano con los territorios andaluces.
ANEXO II.
Delimitación de la zona arqueológica.
En la zona delimitada se incluye el poblado de El Rincón de Almendricos y su entorno natural. Esta delimitación de la zona arqueológica está justificada por constituir su ámbito inmediato susceptible de contener algún elemento del yacimiento y por formar un área visual y ambiental, en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones del bien y del carácter del espacio que lo constituye.
Los límites de la zona arqueológica se definen por una línea poligonal cerrada, que engloba el piedemonte del cerro de Los Piñeros, orientado en la solana, y el tramo inferior de la rambla del Moro García en cuyos márgenes se localiza el poblado, a partir del cual se abre el valle amplio, de fondo plano, orientado hacia el sureste. Dicho polígono queda delimitado por la siguiente relación de coordenadas UTM:
X=607056.3750 Y=4149787.7500
X=607163.8125 Y=4149768.7500
X=607214.5625 Y=4149726.2500
X=607353.1600 Y=4149604.7300
X=607378.8750 Y=4149582.5000
X=607417.1875 Y=4149547.0000
X=607460.7500 Y=4149531.0000
X=607439.7500 Y=4149488.7500
X=607456.7500 Y=4149463.7500
X=607466.6875 Y=4149439.2500
X=607445.4375 Y=4149394.7500
X=607401.2500 Y=4149325.0000
X=607320.0000 Y=4149235.5000
X=607249.3125 Y=4149262.5000
X=607186.8125 Y=4149305.2500
X=607179.6875 Y=4149342.7500
X=607179.5625 Y=4149390.7500
X=607153.6250 Y=4149438.7500
X=607100.8125 Y=4149470.0000
X=607055.8750 Y=4149516.7500
X=607031.7500 Y=4149577.7500
X=606990.2500 Y=4149610.0000
X=606960.3750 Y=4149650.0000
X=606957.0625 Y=4149680.7500
Todo ello según plano.