Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
  • Publicado en BOE núm. 135 de
  • Vigencia desde 07 de Junio de 2003
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(1)

Se entiende por agua residual urbana o asimilable aquélla que no contenga un volumen de aguas residuales industriales mayor de un 30%.

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(2)

Las definiciones de habitante-equivalente, y de tratamiento adecuado, son las que se encuentran en el Real Decreto-ley 11/1995. En consecuencia, y a los efectos del cálculo del canon de control de vertidos, se extiende la definición de tratamiento adecuado a los vertidos industriales. Se clasificará el vertido urbano considerando el número total de habitantes de la entidad de población (núcleo) a que pertenece. En el caso de que un vertido reciba las aguas residuales de varios núcleos de población, se clasificará por la suma total de sus habitantes.

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(3)
Clasificación de los vertidos según la actividad industrial.
ClaseGrupo

Clase 1. 0 Servicios.
1Energía y Agua.
2Metal.
3Alimentación.
4Conservera.
5Confección.
6Madera.
7Manufacturas diversas.
8Minería.
9Química.
10Materiales de construcción.
Clase 2. 11Bebidas y tabaco.
12Aceites, carnes y lácteos.
13Textil.
14Papel.
15Curtidos.
Clase 3. 16Tratamiento de superficies.
17Zootecnia.
Clasificación de los vertidos grupos de actividad clasificación por CNAE
CNAETÍTULOGRUPOCLASE
01.21Explotación de ganado bovino y producción de leche cruda173
01.22Explotación de ganado ovino, caprino y equino173
01.23Explotación de ganado porcino173
01.24Avicultura173
01.25Otras explotaciones de ganado173
01.30Producción agraria combinada con la producción ganadera173
01.41Actividades de servicios relacionados con la agricultura01
01.42Actividades de servicios relacionados con la ganadería, excepto actividades veterinarias01
05.02Acuicultura173
10.10Extracción y aglomeración de antracita y hulla82
10.20Extracción y aglomeración de lignito pardo82
10.30Extracción y aglomeración de turba82
11.10Extracción de crudos de petróleo y gas natural82
11.20Actividades de los servicios relacionados con las explotaciones petrolíferas y de gas, excepto actividades de prospección82
12.00Extracción de minerales de uranio y torio82
13.10Extracción de minerales de hierro82
13.20Extracción de minerales metálicos no férreos, excepto minerales de uranio y torio82
14.11Extracción de piedra para la construcción82
14.12Extracción de piedra caliza, yeso y creta.82
14.13Extracción de pizarras82
14.21Extracción de gravas y arenas82
14.22Extracción de arcilla y caolín82
14.30Extracción de minerales para abonos y productos químicos82
14.40Producción de sal82
14.50Extracción de otros minerales no metálicos ni energéticos82
15.11Sacrificio de ganado y conservación de carne122
15.12Sacrificio y conservación de volatería122
15.13Fabricación de productos cárnicos41
15.20Elaboración y conservación de pescados y productos a base de pescado122
15.31Preparación y conservación de patatas.31
15.32Fabricación de jugos de frutas y hortalizas41
15.33Fabricación de conservas de frutas y hortalizas41
15.41Fabricación de aceites y grasas sin refinar122
15.42Fabricación de aceites y grasas refinadas31
15.43Fabricación de margarina y grasas comestibles similares31
15.51Fabricación de productos lácteos122
15.52Elaboración de helados122
15.61Fabricación de productos de molinería31
15.62Fabricación de almidones y productos amiláceos31
15.71Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja31
15.72Fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía31
15.81Fabricación de pan y productos de panadería y pastelería frescos31
15.82Fabricación de galletas y de productos de panadería y pastelería de larga duración31
15.83Industria del azúcar31
15.84Industria del cacao, chocolate y confitería31
15.85Fabricación de pastas alimenticias31
15.86Elaboración de café, té e infusiones31
15.87Elaboración de especias, salsas y condimentos31
15.88Elaboración de preparados para la alimentación infantil y preparados dietéticos31
15.89Elaboración de otros productos alimenticios31
15.91Destilación de bebidas alcohólicas112
15.92Destilación de alcohol etílico procedente de fermentación112
15.93Elaboración de vinos112
15.94Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas112
15.95Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de fermentación112
15.96Fabricación de cerveza112
15.97Fabricación de malta112
15.98Producción de aguas minerales y bebidas analcohólicas111
16.00Industria del tabaco112
17.11Preparación e hilado de fibras de algodón y sus mezclas132
17.12Preparación e hilado de fibras de lana cardada y sus mezclas132
17.13Preparación e hilado de fibras de lana peinada y sus mezclas132
17.14Preparación e hilado de fibras de lino y sus mezclas132
17.15Torcido y preparación de la seda; torcido y textura de filamentos sintéticos y artificiales132
17.16Fabricación de hilo de coser132
17.17Preparación e hilado de otras fibras textiles132
17.21Fabricación de tejidos de algodón y sus mezclas132
17.22Fabricación de tejidos de lana cardada y sus mezclas132
17.23Fabricación de tejidos de lana peinada y sus mezclas132
17.24Fabricación de tejidos de seda132
17.25Fabricación de otros tejidos textiles132
17.30Acabado de textiles132
17.40Fabricación de otros artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir132
17.51Fabricación de alfombras y moquetas132
17.52Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes132
17.53Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con éstas, excepto prendas de vestir132
17.54Fabricación de otros artículos textiles132
17.60Fabricación de tejidos de punto132
17.71Fabricación de calcetería132
17.72Fabricación de otros artículos en tejidos de punto132
18.10Confección de prendas de cuero51
18.21Confección de ropa de trabajo51
18.22Confección de otras prendas exteriores.51
18.23Confección de ropa interior51
18.24Confección de otras prendas de vestir y accesorios51
18.30Preparación y teñido de pieles de peletería; fabricación de artículos de peletería51
19.10Preparación, curtido y acabado del cuero153
19.20Fabricación de artículos de marroquinería y viaje, artículos de guarnicionería y talabartería153
19.30Fabricación de calzado51
20.10Aserrado y cepillado de la madera; preparación industrial de la madera61
20.20Fabricación de chapas, tableros contrachapados, alistonados, de partículas aglomeradas, de fibras y otros tableros y chapados61
20.30Fabricación de estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción61
20.40Fabricación de envases y embalajes de madera61
20.51Fabricación de otros productos de madera61
20.52Fabricación de productos de corcho, cestería y espartería61
21.11Fabricación de pasta papelera142
21.12Fabricación de papel y cartón142
21.21Fabricación de papel y cartón ondulados; fabricación de envases y embalajes de papel y cartón142
21.22Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico y sanitario142
21.23Fabricación de artículos de papelería142
21.24Fabricación de papeles pintados142
21.25Fabricación de otros artículos de papel y cartón142
22.11Edición de libros71
22.12Edición de periódicos71
22.13Edición de revistas71
22.14Edición de soportes de sonido grabado.71
22.15Otras actividades de edición71
22.21Impresión de periódicos71
22.22Otras actividades de impresión71
22.23Encuadernación y acabado71
22.24Composición y fotograbado71
22.25Otras actividades gráficas71
22.31Reproducción de soportes de sonido grabado71
22.32Reproducción de soportes de vídeo grabado71
22.33Reproducción de soportes de informática grabados71
23.10Coquerías82
23.20Refino de petróleo82
23.30Tratamiento de combustibles nucleares y residuos radiactivos82
24.11Fabricación de gases industriales92
24.12Fabricación de colorantes y pigmentos.92
24.13Fabricación de productos básicos de química inorgánica92
24.14Fabricación de productos básicos de química orgánica92
24.15Fabricación de abonos y compuestos nitrogenados fertilizantes92
24.16Fabricación de primeras materias plásticas92
24.17Fabricación de caucho sintético en forma primaria92
24.20Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos92
24.30Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas92
24.41Fabricación de productos farmacéuticos de base92
24.42Fabricación de preparaciones farmacéuticas y otros productos farmacéuticos de uso medicinal92
24.51Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento92
24.52Fabricación de perfumes y productos de belleza e higiene92
24.61Fabricación de explosivos y artículos pirotécnicos92
24.62Fabricación de colas y gelatinas92
24.63Fabricación de aceites esenciales92
24.64Fabricación de material fotográfico virgen y preparados químicos para fotografía92
24.65Fabricación de soportes vírgenes para grabación92
24.66Fabricación de otros productos químicos92
24.70Fabricación de fibras artificiales y sintéticas92
25.11Fabricación de neumáticos y cámaras de caucho92
25.12Reconstrucción y recauchutado de neumáticos92
25.13Fabricación de otros productos de caucho92
25.21Fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de materias plásticas92
25.22Fabricación de envases y embalajes de materias plásticas92
25.23Fabricación de productos de materias plásticas para la construcción92
25.24Fabricación de otros productos de materias plásticas92
26.11Fabricación de vidrio plano102
26.12Manipulado y transformación de vidrio plano102
26.13Fabricación de vidrio hueco102
26.14Fabricación de fibra de vidrio102
26.15Fabricación y manipulado de otro vidrio (incluido el vidrio técnico)102
26.21Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental102
26.22Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos102
26.23Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico102
26.24Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico102
26.25Fabricación de otros productos cerámicos102
26.26Fabricación de productos cerámicos refractarios102
26.30Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica102
26.40Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción102
26.51Fabricación de cemento102
26.52Fabricación de cal102
26.53Fabricación de yeso102
26.61Fabricación de elementos de hormigón para la construcción102
26.62Fabricación de elementos de yeso para la construcción102
26.63Fabricación de hormigón fresco102
26.64Fabricación de mortero102
26.65Fabricación de fibrocemento102
26.66Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento102
26.70Industria de la piedra102
26.81Fabricación de productos abrasivos102
26.82Fabricación de otros productos minerales no metálicos102
27.10Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones (CECA).21
27.21Fabricación de tubos de hierro21
27.22Fabricación de tubos de acero21
27.31Estirado en frío21
27.32Laminación en frío21
27.33Producción de perfiles en frío por conformación con plegado21
27.34Trefilado en frío21
27.35Producción de ferroaleaciones no CECA y otros procesos de transformación del hierro y del acero21
27.41Producción y primera transformación de metales preciosos21
27.42Producción y primera transformación de aluminio21
27.43Producción y primera transformación de plomo, zinc y estaño21
27.44Producción y primera transformación de cobre21
27.45Producción y primera transformación de otros metales no férreos21
27.51Fundición de hierro21
27.52Fundición de acero21
27.53Fundición de metales ligeros21
27.54Fundición de otros metales no férreos21
28.11Fabricación de estructuras metálicas y sus partes21
28.12Fabricación de carpintería metálica21
28.21Fabricación de cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal21
28.22Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central21
28.30Fabricación de generadores de vapor21
28.40Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos21
28.51Tratamiento y revestimiento de metales 163

28.52Ingeniería mecánica general por cuenta de terceros21
28.61Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería21
28.62Fabricación de herramientas y de útiles intercambiables para máquinas-herramienta21
28.63Fabricación de cerraduras y herrajes21
28.71Fabricación de bidones y toneles de hierro o acero21
28.72Fabricación de envases y embalajes ligeros, en metal21
28.73Fabricación de productos de alambre21
28.74Fabricación de pernos, tornillos, cadenas y muelles21
28.75Fabricación de otros productos metálicos21
29.11Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores.21
29.12Fabricación de bombas, compresores y sistemas hidráulicos21
29.13Fabricación de válvulas y grifería21
29.14Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión21
29.21Fabricación de hornos y quemadores21
29.22Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación21
29.23Fabricación de maquinaria de ventilación y refrigeración no doméstica21
29.24Fabricación de otra maquinaria de uso general21
29.31Fabricación de tractores agrícolas21
29.32Fabricación de otra maquinaria agraria.21
29.40Fabricación de máquinas-herramienta21
29.51Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica21
29.52Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de las construcción21
29.53Fabricación de maquinaria para la industria de la alimentación, bebidas y tabaco21
29.54Fabricación de maquinaria para la industria textil, de la confección y del cuero.21
29.55Fabricación de maquinaria para la industria del papel y del cartón21
29.56Fabricación de otra maquinaria para usos específicos21
29.60Fabricación de armas y municiones21
29.71Fabricación de aparatos electrodomésticos21
29.72Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos21
30.01Fabricación de máquinas de oficina21
30.02Fabricación de ordenadores y otro equipo informático21
31.10Fabricación de motores eléctricos, transformadores y generadores21
31.20Fabricación de aparatos de distribución y control eléctricos21
31.30Fabricación de hilos y cables eléctricos aislados21
31.40Fabricación de acumuladores y pilas eléctricas21
31.50Fabricación de lámparas eléctricas y aparatos de iluminación21
31.61Fabricación de material y equipo eléctrico para motores y vehículos21
31.62Fabricación de otro equipo y material eléctrico21
32.10Fabricación de válvulas, tubos y otros componentes electrónicos21
32.20Fabricación de transmisores de radiodifusión y televisión y de aparatos para la radiotelefonía y radiotelegrafía con hilos21
32.30Fabricación de aparatos de recepción, grabación y reproducción de sonido e imagen21
33.10Fabricación de equipo e instrumentos médico-quirúrgicos y de aparatos ortopédicos21
33.20Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación, control, navegación y otros fines, excepto equipos de control para procesos industriales.21
33.30Fabricación de equipo de control de procesos industriales21
33.40Fabricación de instrumentos de óptica y de equipo fotográfico21
33.50Fabricación de relojes21
34.10Fabricación de vehículos de motor21
34.20Fabricación de carrocerías para vehículos de motor, de remolques y semirremolques21
34.30Fabricación de partes, piezas y accesorios no eléctricos para vehículos de motor y sus motores21
35.11Construcción y reparación de barcos (excepto recreo y deporte)21
35.12Construcción y reparación de embarcaciones de recreo y deporte21
35.20Fabricación de material ferroviario21
35.30Construcción aeronáutica y espacial21
35.41Fabricación de motocicletas21
35.42Fabricación de bicicletas21
35.43Fabricación de vehículos para inválidos.21
35.50Fabricación de otro material de transporte21
36.11Fabricación de sillas y otros asientos61
36.12Fabricación de muebles de oficina y establecimientos comerciales61
36.13Fabricación de muebles de cocina y baño61
36.14Fabricación de otros muebles61
36.15Fabricación de colchones71
36.21Fabricación de monedas y medallas71
36.22Fabricación de artículos de joyería, orfebrería y platería71
36.30Fabricación de instrumentos musicales.71
36.40Fabricación de artículos de deporte71
36.50Fabricación de juegos y juguetes71
36.61Fabricación de bisutería71
36.62Fabricación de escobas, brochas y cepillos71
36.63Fabricación de otros artículos71
37.10Reciclaje de chatarra y deshechos de metal21
37.20Reciclaje de deshechos no metálicos102
40.10Producción y distribución de energía eléctrica11
40.20Producción de gas; distribución de combustibles gaseosos por conductos urbanos, excepto gasoductos11
40.30Producción y distribución de vapor y agua caliente11
41.00Captación, depuración y distribución de agua11
50.20Mantenimiento y reparación de vehículos de motor01
50.50Venta al por menor de carburantes para la automoción01
73.10Investigación y desarrollo sobre ciencias naturales y técnicas01
74.30Ensayos y análisis técnicos01
74.81Actividades de fotografía92
85.11Actividades hospitalarias01
93.01Lacado, limpieza y teñido de prendas textiles y de piel153
93.03Pompas fúnebres y actividades relacionadas con ellas01

Las aguas de procedencia urbana no asimilables a aguas urbanas, por contener más de un 30% de volumen de agua industrial, se clasificarán en dos tramos:

Vertidos con un porcentaje de aguas industriales entre el 30% y el 70% del total: el conjunto del vertido se clasificará como industrial de clase 1.

Vertidos con un porcentaje de aguas industriales superior al 70% del total: el conjunto del vertido se considerará industrial y se clasificará según las clases industriales de las actividades de que se trate, aplicando los criterios siguientes: en el caso de polígonos industriales u otros vertidos que reúnan los efluentes procedentes de distintas actividades industriales, se aplicará al conjunto del vertido el mayor de los coeficientes que corresponderían a cada una de las actividades si vertieran individualmente. No obstante, si la solicitud de autorización de vertido desglosa los volúmenes de las distintas clases industriales, se ponderará el correspondiente coeficiente que debe aplicarse.

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(4)

Para la inclusión en esta clase bastará con que se constate en el vertido la presencia de una de las sustancias peligrosas en concentración superior al límite de cuantificación analítica. A los solos efectos de la aplicación de este factor, se consideran sustancias peligrosas las que figuran en las siguientes normas:

  • a) Orden de 12 de noviembre de 1987, sobre normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales, modificada por las Órdenes de 13 de marzo de 1989, 27 de febrero de 1991, 28 de junio 1991 y 25 de mayo de 1992.
  • b) Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
  • c) Decisión n.º 2455/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE.

Estas normas se mantienen en vigor hasta tanto no sean modificadas por las normas que, sobre sustancias peligrosas, sean aprobadas en aplicación de la Directiva 2000/60/CE, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

Las sustancias seleccionadas se clasifican en lista I, lista II y lista prioritaria de la siguiente forma:

Lista I: integrada por las sustancias contenidas en la Orden de 12 de noviembre de 1988, modificada por las Órdenes de 13 de marzo de 1989, 27 de febrero de 1991, 28 de junio de 1991 y 25 de mayo de 1992.

CAS (7) Sustancia
7439-97-6 Mercurio
7440-43-9 Cadmio
608-73-1 Hexaclorociclohexano (HCH)
56-23-5 Tetracloruro de Carbono
50-29-3 Diclorodifeniltricloroetano (DDT)
87-86-5 Pentaclorofenol
309-00-2 Aldrín, Dieldrín, Endrín, Isodrín
118-74-1 Hexaclorobenceno
87-68-3 Hexaclorobutadieno
67-66-3 Cloroformo
107-06-2 1,2 dicloroetano
79-01-6 Tricloroetileno
127-18-4 Percloroetileno
12002-48-1 Triclorobencenos

Lista II: integrada por las sustancias contenidas en el Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

CAS (7) Sustancia
1912-24-9 Atrazina
71-43-2 Benceno
108-90-7 Clorobenceno
25321-22-6 Diclorobenceno (Σ isómeros orto, meta y para)
100-41-4 Etilbenceno
51218-45-2 Metolacloro
91-20-3 Naftaleno
122-34-9 Simazina
5915-41-3 Terbutilazina
108-88-3 Tolueno
No aplicableTributilestaño (Σ compuestos de butilestaño)
71-55-6 1,1,1-Tricloroetano
1330-20-7 Xileno (Σ isómeros orto, meta, para)
74-90-8 Cianuros totales
16984-48-8 Fluoruros
7440-38-2 Arsénico total
7440-50-8 Cobre disuelto
7440-47-3 Cromo total disuelto
7440-02-0 Níquel disuelto
7439-92-1 Plomo disuelto
7782-49-2 Selenio disuelto
7440-66-6 Zinc total

Lista prioritaria: integrada por las sustancias contenidas en la Decisión n.º 2455/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE.

CAS (7) Sustancia
15972-60-8 Alacloro
120-12-7 Antraceno
1912-24-9 Atrazina
71-43-2 Benceno
no aplicableDifeniléteres bromados
7440-43-9 Cadmio y sus compuestos
85535-84-8 C10-13-cloroalcanos
470-90-6 Clorofenvinfos
2921-88-2 Cloropirifos
107-06-2 1,2-dicloroetanos
75-09-2 Diclorometano
117-81-7 Di(2-etilhexil)ftalato (DEHP)
330-54-1 Diurón
115-29-7 Endosulfán
959-98-8 (alfa-endosulfán)
206-44-0 Fluoranteno
118-74-1 Hexaclorobenceno
87-68-3 Hexaclorobutadieno
608-73-1 Hexaclorociclohexano
58-89-9 (isómero gamma-lindano)
34123-59-6 Isoproturón
7439-92-1 Plomo y sus compuestos
7439-97-6 Mercurio y sus compuestos
91-20-3 Naftaleno
7440-02-0 Níquel y sus compuestos
25154-52-3 Nonilfenoles
104-40-5 4-(para)-nonilfenol
1806-26-4 Octilfenoles
140-66-9 (Para-ter-octilfenol)
608-93-5 Pentaclorobenceno
87-86-5 Pentaclorofenol
no aplicableHidrocarburos poliaromáticos
50-32-8 (Benzo(a)pireno)
205-99-2 (Benzo(b)fluoranteno)
191-24-2 (Benzo(g,h,i)perileno)
207-08-9 (Benzo(k)fluoroanteno)
193-39-5 (Indeno(1,2,3-cd)pireno)
122-34-9 Simazina
688-73-3 Compuestos del tributilestaño
36643-28-4 Tributiltín catión de tributilestaño
12002-48-1 Triclorobencenos
120-82-1 (1,2,4-triclorobenceno)
67-66-3 Triclorometano (cloroformo)
1582-09-8 Trifluralina
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(5)

Se incluyen en las zonas de categoría I: las destinadas a la producción de agua potable, las zonas aptas para el baño, las zonas aptas para la vida de los salmónidos, las zonas declaradas de protección especial y los perímetros de protección contemplados en el artículo 56.3 del texto refundido de la Ley de Aguas. Asimismo, todos los vertidos a las aguas subterráneas. También se incluyen en esta categoría los ámbitos territoriales indicados en la Resolución de 25 de mayo de 1998, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por la que se declaran las zonas sensibles en las cuencas hidrográficas intercomunitarias (BOE de 30 de junio de 1998): en este último supuesto, el coeficiente correspondiente a esta categoría se aplicará únicamente:

a) En cuanto a los vertidos de aguas residuales urbanas, a los núcleos de población indicados en la mencionada resolución.

b) En cuanto a los vertidos de aguas residuales industriales, a aquellas industrias ubicadas en cualquier punto de los ámbitos territoriales relacionados en la mencionada resolución cuya autorización de vertido contemple condiciones específicas para el tratamiento, reducción o limitación del nitrógeno o el fósforo.

Se incluyen en las zonas de categoría II: las zonas aptas para la vida de los ciprínidos y para la cría de moluscos, así como cualesquiera otras para las que los planes hidrológicos de cuenca hayan determinado un uso público recreativo.

Se incluyen en las zonas de categoría III aquéllas no incluidas en las categorías anteriores.

Las definiciones anteriores se refieren a los conceptos regulados en el Real Decreto 927/1988 y en su aplicación se tendrán en cuenta los objetivos que, para cada horizonte temporal, los planes hidrológicos de cuenca hayan establecido para cada medio receptor.

En los supuestos en que coincidan dos o más usos en el mismo medio receptor en el que se efectúa el vertido, se aplicará el factor más elevado.

La aplicación de los factores se extiende a las zonas de influencia que contengan los planes hidrológicos siempre que estén efectivamente delimitadas.

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(6)

En el caso de centrales térmicas, sean convencionales o nucleares, que utilicen el agua como refrigeración, los coeficientes de la tabla corresponden a un funcionamiento tipo de 6.000 horas anuales en el caso de las centrales térmicas convencionales, y 8.000 horas anuales en el caso de las centrales nucleares. Estos coeficientes se multiplicarán por la relación entre el número de horas de funcionamiento realmente habidas en el año y las correspondientes horas de funcionamiento tipo.»

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