Decreto 225/2003, de 23 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña
- Órgano DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACION Y SOCIEDAD DE LA INFORMACION
- Publicado en DOGC núm. 3982 de 07 de Octubre de 2003 y BOE núm. 266 de 06 de Noviembre de 2003
- Vigencia desde 07 de Octubre de 2003. Revisión vigente desde 01 de Junio de 2012
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único.
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO
. Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya
-
TÍTULO I.
Naturaleza y fines
- Artículo 1 Naturaleza
- Artículo 2 Autonomía universitaria
- Artículo 3 Sistema universitario y Espacio Europeo de Educación Superior
- Artículo 4 Objetivos de la Universidad
- Artículo 5 Principios informadores
- Artículo 6 Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
- Artículo 7 Igualdad de oportunidades de personas con discapacidad
- Artículo 8 Política asistencial
- Artículo 9 Equilibrio y desarrollo territorial
- Artículo 10 Patrimonio científico, técnico, arquitectónico e industrial
- Artículo 11 Lengua
- Artículo 12 Imagen corporativa
-
TÍTULO II.
Estructura de la Universidad
- CAPÍTULO 1. Organización de la Universidad
- CAPÍTULO 2. Unidades académicas
- CAPÍTULO 3. Unidades de administración y servicios
- CAPÍTULO 4. Grupo UPC y entidades vinculadas
- CAPÍTULO 5. Centros docentes adscritos e institutos universitarios de investigación adscritos
-
TÍTULO III.
Gobierno de la Universidad
- CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
- CAPÍTULO 2. Órganos colegiados de gobierno y representación generales
- CAPÍTULO 3. Órganos unipersonales generales
- CAPÍTULO 4. Otros órganos colegiados generales
- CAPÍTULO 5. Órganos de gobierno y representación de las unidades académicas
- CAPÍTULO 6. Representación de los estudiantes
-
CAPÍTULO 7.
Régimen electoral y Junta Electoral
-
SECCIÓN 1.
Régimen electoral
- Artículo 101 Normativa electoral
- Artículo 102 Sectores de la comunidad universitaria a efectos de la elección de los órganos colegiados
- Artículo 103 Censos electorales
- Artículo 104 Requisitos de los candidatos y candidatas a órganos de gobierno y representación
- Artículo 105 Sufragio universal y presencia equilibrada de mujeres y hombres
- Artículo 106 Organización de las elecciones
- Artículo 107 Renovación de la representación de los estudiantes y de las vacantes
- SECCIÓN 2. Junta Electoral
-
SECCIÓN 1.
Régimen electoral
- CAPÍTULO 8. Consultas a la comunidad universitaria
-
TÍTULO IV.
Actividad académica
- CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
-
CAPÍTULO 2.
Estudios y docencia
-
SECCIÓN 1.
Disposiciones generales
- Artículo 114 La docencia
- Artículo 115 Calidad docente
- Artículo 116 Modalidades de enseñanzas
- Artículo 117 Coordinación con el sistema universitario de Cataluña
- Artículo 118 Expedición de títulos
- Artículo 119 Evaluación de los conocimientos
- Artículo 120 Ayudas y becas
- Artículo 121 Estancias en empresas y organismos
- Artículo 122 Movilidad y transportabilidad
- Artículo 123 Progreso y permanencia
- SECCIÓN 2. Títulos oficiales de grado y máster universitario
- SECCIÓN 3. Doctorado
- SECCIÓN 4. Formación permanente universitaria
-
SECCIÓN 1.
Disposiciones generales
- CAPÍTULO 3. Investigación, desarrollo e innovación
- CAPÍTULO 4. Transferencia del conocimiento
- CAPÍTULO 5. Extensión universitaria
-
TÍTULO V.
Gestión de la Universidad
- CAPÍTULO 1. Régimen económico y patrimonial
- CAPÍTULO 2. Contratos de colaboración para la investigación y la transferencia del conocimiento
- CAPÍTULO 3. Gestión administrativa y contratos del sector público
-
TÍTULO VI.
Comunidad universitaria
-
CAPÍTULO 1.
Disposiciones generales
- Artículo 174 Miembros de la comunidad universitaria
- Artículo 175 Personal docente e investigador vinculado
- Artículo 176 Derechos de los miembros de la comunidad universitaria
- Artículo 177 Relación entre la Universidad y las asociaciones
- Artículo 178 Deberes de los miembros de la comunidad universitaria
- Artículo 179 Procesos de acogida
- Artículo 180 Resolución de conflictos
- Artículo 181 Competencias del rector o rectora en materia disciplinaria
- CAPÍTULO 2. Estudiantes
-
CAPÍTULO 3.
Disposiciones relativas al personal al servicio de la Universidad
- Artículo 187 Adscripción y vinculación
- Artículo 188 Retribuciones adicionales y complementarias
- Artículo 189 Relación de puestos de trabajo
- Artículo 190 Contratación para tareas específicas
- Artículo 191 Nombramientos y contratos
- Artículo 192 Conciliación de la vida familiar y laboral
- Artículo 193 Normativa aplicable y derechos de representación, negociación y formación
- Artículo 194 Participación de la representación sindical en los procesos de selección de personal
-
CAPÍTULO 4.
Personal docente e investigador
-
SECCIÓN 1.
Disposiciones generales
- Artículo 195 Tipología del personal docente e investigador
- Artículo 196 Personal investigador contratado con carácter permanente
- Artículo 197 Condiciones de contratación o nombramiento
- Artículo 198 Personal investigador en formación
- Artículo 199 Profesorado honorario
- Artículo 200 Régimen de dedicación del personal docente e investigador
- Artículo 201 Derechos y deberes
- Artículo 202 Licencias, excedencias y reingreso en el servicio activo
- Artículo 203 Licencias y periodos sabáticos
- Artículo 204 Permisos retribuidos
-
SECCIÓN 2.
Selección y evaluación
- Artículo 205 Principios generales
- Artículo 206 Normativa general
- Artículo 207 Convocatoria de los concursos
- Artículo 208 Composición de las comisiones juzgadoras de los concursos
- Artículo 209 Actuación de las comisiones
- Artículo 210 Resolución de las comisiones
- Artículo 211 Profesorado visitante, emérito y honorario
- Artículo 212 Evaluación del personal docente e investigador
-
SECCIÓN 1.
Disposiciones generales
- CAPÍTULO 5. Personal de administración y servicios
-
CAPÍTULO 1.
Disposiciones generales
- TÍTULO VII. El defensor o defensora universitario
-
DISPOSICIONES ADICIONALES
- Primera Adscripción al cuerpo electoral del profesorado doctor con vinculación permanente
- Segunda Unidad de Igualdad
- Tercera Los patronatos y consejos asesores
- Cuarta Parques científicos o tecnológicos
- Quinta Servicios de alojamiento universitarios
- Sexta Alumni
- Séptima Concursos motivados por las disposiciones adicionales y transitorias de la Ley orgánica 4/2007
- Octava Profesorado numerario de las escuelas oficiales de náutica
- Novena Consejo de Entidades Vinculadas
-
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Primera Constitución del Claustro Universitario
- Segunda Constitución del Consejo de Gobierno
- Tercera Mandato de los órganos unipersonales
- Cuarta Composición de las juntas de centros docentes, los consejos de departamentos, los consejos de institutos universitarios de investigación y otros órganos colegiados
- Quinta Constitución de la Comisión de Selección y de Evaluación del Personal Docente e Investigador y de la Comisión de Apelación de la Universidad
- Sexta Adaptación de los reglamentos de funcionamiento de los órganos de gobierno y de representación y de las unidades básicas
- Séptima Adaptación y aprobación de la normativa interna de la Universidad
- Octava Mandato del defensor o defensora universitario
- Novena Consejo del Estudiantado, delegaciones de estudiantes de centro docente y Consejo de Doctorandos y Doctorandas
- Décima Profesorado con contrato administrativo LRU
- Undécima Los colaboradores y colaboradoras y los auxiliares de investigación sin título de doctor o doctora
- Duodécima Adscripción del personal al servicio de la Universidad
- Decimotercera Estudiantes de diplomaturas y licenciaturas y de arquitectura e ingenierías técnicas y superiores
- Decimocuarta Relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios funcionario
- Decimoquinta Relación de centros docentes
- Decimosexta Relación de departamentos
- Decimoséptima Relación de institutos universitarios de investigación
- Decimoctava Relación de centros docentes adscritos
- Decimonovena Relación de institutos universitarios de investigación de titularidad mixta
- Vigésima Relación de institutos universitarios de investigación adscritos
- Vigesimoprimera Relación de campus de la Universidad
- Vigesimosegunda Relación de unidades de administración y servicios
- Vigesimotercera Relación de entidades del Grupo UPC
- Vigesimocuarta Relación de entidades vinculadas
- Vigesimoquinta Revisión de los Estatutos
- DISPOSICIÓN FINAL
-
TÍTULO I.
Naturaleza y fines
- Norma afectada por
-
- Corregido por
-
--> DOGC 19 Enero 2004. Corrección de erratas D 225/2003 de 23 Sep. CA Cataluña (estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña)
- Afectaciones recientes
-
- 1/6/2012
- 29/5/2010
-
--> Orden IUE/305/2010 de 20 May. CA Cataluña (cambio de denominación de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Igualada, centro adscrito a la Universidad Politécnica de Cataluña, e implantación de un máster universitario)
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-
Véase O [CATALUÑA] IUE/305/2010, 20 mayo, por la que se da conformidad al cambio de denominación de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Igualada, centro adscrito a la Universidad Politécnica de Cataluña, y se implanta un máster universitario («D.O.G.C.» 28 mayo).
Los Estatutos de las universidades públicas son elaborados, en virtud de su autonomía, por el Claustro universitario y se aprueban, previo control de su legalidad, por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con el artículo 103.2 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña.
La disposición transitoria quinta de la Ley de universidades de Cataluña establece que las universidades públicas deben adaptar sus Estatutos en el plazo fijado en la disposición transitoria segunda de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, que es de nueve meses a partir de la constitución del claustro universitario.
Es por esto que, una vez analizada la adecuación a la legalidad vigente de la propuesta de Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña aprobados por su Claustro Universitario, a propuesta del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, y de acuerdo con el Gobierno,
DECRETO:
Artículo único
Se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña que figuran como anexo del presente Decreto.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
La denominación de catedrática o catedrático referida al profesorado contratado queda afectada por la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo 46.a) de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, producida a raíz del recurso de inconstitucionalidad número 3280-2003, promovido por el presidente del Gobierno contra diversos preceptos de la Ley de universidades de Cataluña (DOGC núm. 3910, de 23.6.2003).
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado el Decreto 90/2001, de 20 de marzo, por el que se aprueba la modificación de determinados artículos de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña y se dispone la publicación del texto íntegro de los Estatutos.
-->DISPOSICIÓN FINAL
De conformidad con el artículo 6.2 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña entran en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.
Barcelona,
23 de septiembre de 2003
JORDI PUJOL
Presidente de la Generalidad de Cataluña
ANDREU MAS-COLELL
Consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información