Orden DES/29/2010, de 6 de mayo, por la que se modifica el Anexo IV del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula el sector vitícola en Cantabria.
- Órgano CONSEJERIA DE DESARROLLO RURAL, GANADERIA, PESCA Y BIODIVERSIDAD
- Publicado en BOC núm. 96 de 20 de Mayo de 2010
- Vigencia desde 21 de Mayo de 2010


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Sumario
Visto el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola («Boletín Oficial del Estado» de 19 de julio de 2008) y especialmente los apartados referentes a los requisitos para la inclusión de una variedad de vid en una determinada categoría de las establecidas en el artículo 30 y siguientes de dicho Real Decreto.
Vista la petición del sector vitivinícola cántabro relativa a la inclusión de la variedad treixadura entre las autorizadas en Cantabria y los informes técnicos del Servicio de Agricultura y Diversificación Rural, que avalan dicha inclusión por aportar mayor calidad a ciertos vinos blancos producidos en la región.
Visto el informe-propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural respecto a los ensayos y examen de aptitud para el cultivo de determinadas variedades de vid y la inclusión de la variedad Treixadura entre las autorizadas durante los dos últimos años en comunidades autónomas colindantes con Cantabria.
De conformidad con la disposición final primera del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula el sector vitícola en Cantabria, modificada por Decreto 62/2007, de 24 de mayo y con las atribuciones que me confieren los artículos 33 f) y 112 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
Dispongo
Artículo único Modificación el Anexo IV del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula el sector vitícola en Cantabria
A través de la presente Orden se modifica el Anexo IV del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por ele que regula el sector vitícola en Cantabria, respecto a las variedades de viñedo para vinificación autorizadas que queda redactado de la siguiente manera:
Anexo IV
Relación de variedades de viñedo autorizadas en Cantabria:
VARIEDADES BLANCAS |
Albarin blanco |
Albariño |
Chardonnay |
Godello |
Ondarrabi zuri |
Palomino |
Riesling |
Gewürtztraminer |
Treixadura |
VARIEDADES TINTAS |
Cabernet sauvignon |
Garnacha tinta |
Graciano |
Mencía |
Merlot |
Ondarrabi beltza |
Syrah |
Tempranillo, Tinto de Toro |

Disposiciones finales
Primera
Se autoriza al Director General de Desarrollo Rural para dictara cuantas resoluciones fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.
Segunda
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOC.