RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2003, de la Presidencia, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Reglamento del Parlamento de Canarias (Vigente hasta el 01 de Septiembre de 2009).
- Órgano PARLAMENTO DE CANARIAS
- Publicado en BOIC núm. 206 de 22 de Octubre de 2003
- Vigencia desde 11 de Noviembre de 2003. Esta revisión vigente desde 11 de Noviembre de 2003 hasta 01 de Septiembre de 2009
TÍTULO XIII
DE LOS DEBATES GENERALES SOBRE EL ESTADO DE LA NACIONALIDAD CANARIA
Artículo 177
1. Cada uno de los años que componen la legislatura, el Pleno celebrará un debate sobre la orientación política general del Gobierno de Canarias.
Dicho debate tendrá lugar en el mes de marzo, salvo aquel año de la legislatura en que hayan de celebrarse elecciones al Parlamento de Canarias, en cuyo caso tendrá lugar en el mes de enero.
2. El debate será objeto único del orden del día de una sesión que durará tres días, comenzando con la intervención del Presidente del Gobierno, que se desarrollará en la primera jornada de la sesión.
3. A lo largo de la segunda jornada intervendrá un representante de cada grupo parlamentario, durante treinta minutos cada uno.
4. El Presidente del Gobierno podrá hacer uso de la palabra cuantas veces lo solicite. Cuando responda individualmente a uno de los diputados que hayan intervenido, éste tendrá derecho a una réplica de diez minutos. Si el Presidente del Gobierno respondiera de forma global a los representantes de los grupos, cada uno de éstos tendrá derecho a una réplica de diez minutos.
5. Al término del debate, y dentro de las dos horas siguientes, podrán presentarse propuestas de resolución que sean congruentes con los temas debatidos, a juicio de la Mesa, pero en ningún caso serán admitidas aquéllas que implicaran cuestiones de confianza o de censura encubierta.
6. Las mociones que hayan sido admitidas podrán ser defendidas por sus proponentes a lo largo de la tercera jornada de la sesión en una sola intervención de treinta minutos y, concluido el turno en contra, si lo hubiere, serán sometidas a votación.