Ley 13/1998, de 9 de julio, por la que se autoriza al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes para disponer de bienes inmuebles por cuantía superior a 500 millones de pesetas, como pago de la compensación que corresponda abonar al concesionario con motivo de la extinción de la concesión administrativa ferroviaria de Vicálvaro a Morata de Tajuña.
- Órgano PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- Publicado en BOCM núm. 167 de 16 de Julio de 1998 y BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1998
- Vigencia desde 16 de Julio de 1998.
Sumario
Preámbulo
Por la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes se está ejecutando el proyecto «Ferrocarril Madrid. Rivas-Vaciamadrid. Arganda del Rey (prolongación de la línea 9 de Metro)», con ocasión del cual, por razones de seguridad y medioambientales, se ha considerado conveniente la extinción de la concesión administrativa ferroviaria de Vicálvaro a Morata de Tajuña, cuyo titular es «Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima», respecto de la cual la Comunidad de Madrid se subrogó en la calidad de ente concedente en lugar del Estado, a partir del día 1 de enero de 1984, en virtud de lo establecido en el anexo I, apartado B, 1.25 del Real Decreto 824/1984, de 22 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de transportes terrestres.
Con motivo de lo anterior deberá procederse a abonar al concesionario la compensación que corresponda, por parte de la mencionada Consejería, que no cuenta en este momento con dotación presupuestaria adecuada para hacer frente a dicha compensación, si bien dispone de terrenos que podrían transmitirse al concesionario, como pago en especie de la misma.
Teniendo en cuenta que el valor de los bienes inmuebles en cuestión supera los 500 millones de pesetas, corresponde autorizar la enajenación de los mismos a la Asamblea de Madrid, mediante Ley, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 33.3 y 39.2 de la Ley 7/1986, de 23 de julio, del Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Artículo único Autorización para disponer de bienes inmuebles por valor superior a 500 millones de pesetas
Se autoriza al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes para disponer de bienes inmuebles adscritos al cumplimiento de los fines propios de su competencia, por valor superior a 500 millones de pesetas como pago de la compensación que corresponda a «Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima», con motivo de la extinción de la concesión administrativa ferroviaria de Vicálvaro a Morata de Tajuña.
DISPOSICION FINAL UNICA Entrada en vigor
Esta Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiéndose publicar en el «Boletín Oficial del Estado».