Decreto Foral 16/2011, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de Navarra (Vigente hasta el 23 de Enero de 2014).
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 75 de 18 de Abril de 2011
- Vigencia desde 19 de Abril de 2011. Esta revisión vigente desde 19 de Abril de 2011 hasta 23 de Enero de 2014
TÍTULO QUINTO
Del control y de la inspección de las apuestas
Artículo 54 Inspección y control de las apuestas y de las empresas autorizadas
1. Las empresas peticionarias o titulares de las autorizaciones de explotación estarán obligadas a facilitar a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la información que ésta recabe para el ejercicio de sus funciones de control, coordinación y estadística.
2. Las referidas empresas y el personal a su servicio, así como el de las tiendas o espacios donde se realicen las apuestas, estarán asimismo obligados a facilitar en cualquier momento el acceso de los agentes designados por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a sus dependencias y a los locales autorizados para la práctica de las apuestas, a soportar la realización por los mismos de las verificaciones y comprobaciones que estimen oportunas, facilitándoles la información y la documentación que requieran para llevar a cabo la inspección de las actividades, prestándoles el auxilio necesario para el adecuado desempeño de sus funciones.
3. Se establecerá una conexión informática entre el sistema de gestión de las apuestas y los órganos competentes en materia de juego y apuestas y la Hacienda Tributaria de Navarra.
4. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá realizar periódicamente auditorías informáticas del sistema de gestión de apuestas, quedando las empresas titulares de la autorización obligadas a facilitar su práctica.
5. Las empresas titulares de la autorización deberán presentar al órgano competente de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en materia de juego y apuestas cada dos años una auditoría informática externa que comprenda el análisis y comprobación del cumplimiento de las condiciones exigidas para la concesión de la autorización.