Resolución 699/2011, de 24 de junio, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2012 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
- Órgano DEPARTAMENTO DE INNOVACION, EMPRESA Y EMPLEO
- Publicado en BON núm. 132 de 04 de Julio de 2011
- Vigencia desde 24 de Julio de 2011.
Sumario
Véase Res. [COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA] 453/2012, 30 mayo, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2013 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra («B.O.N.» 14 junio).
El artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, que continúa en vigor de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establece las festividades de ámbito nacional que se incluirán cada año en el calendario laboral como días inhábiles.
Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, de los cuales dos serán locales, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias.
Como consecuencia de lo expuesto, se establecen las festividades para el año 2012 en la Comunidad Foral de Navarra, a las que se añadirá una más, de carácter local, a propuesta de los respectivos Ayuntamientos.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
Primero.- Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2012, las siguientes:
- 6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.
- 19 de marzo: San José.
- 5 de abril: Jueves Santo.
- 6 de abril: Viernes Santo.
- 9 de abril: Lunes de Pascua.
- 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
- 3 de diciembre: San Francisco Javier.
- 6 de diciembre: Día de la Constitución.
- 8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada.
- 25 de diciembre: Navidad.
En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.
Segundo.- La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos.
Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.