Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos

Ficha:
  • ÓrganoDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO
  • Publicado en BOPV núm. 54 de 18 de Marzo de 2009
  • Vigencia desde 19 de Marzo de 2009. Revisión vigente desde 01 de Mayo de 2019
Versiones/revisiones:
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Mediante otros métodos adecuados

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(11)

Estas mediciones se refieren principalmente al contenido de materia orgánica en el residuo.

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(12)

Si la evaluación de los datos indica que mayores intervalos son igualmente efectivos, los mismos podrán adaptarse. Para los lixiviados, siempre se deberá medir la conductividad como mínimo una vez al año.

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(13)

Los parámetros que deban medirse y las sustancias que deban analizarse varían conforme a la composición de los residuos depositados; deberán indicarse en el documento de autorización y reflejar las características de lixiviado de los residuos.

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(14)

Sobre la base de las características del emplazamiento del vertedero, las autoridades competentes podrán determinar que dichas mediciones no son necesarias.

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(15)

CH4, CO2, O2, periódicamente; otros gases, según proceda, conforme a la composición de los residuos depositados para reflejar sus propiedades de lixiviabilidad.

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(16)

Deberá comprobarse periódicamente la eficacia del sistema de extracción de gases.

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(17)

Si existen fluctuaciones en los niveles de aguas subterráneas, deberá aumentarse la frecuencia.

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(18)

La frecuencia deberá basarse en la posibilidad de medidas correctoras entre dos tomas de muestras si se alcanza un nivel de intervención, es decir, la frecuencia deberá determinarse sobre la base del conocimiento y la evaluación de la velocidad del flujo de las aguas subterráneas.

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(19)

Cuando se alcanza un nivel de intervención (véase la letra C), es necesario hacer una verificación mediante la repetición de la toma de muestras. Cuando se confirmado el nivel, debe seguirse un plan de emergencia (establecido en la autorización).

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(20)

Datos para la descripción del vertedero: superficie ocupada por los residuos, volumen y composición de los mismos, métodos de depósito, tiempo y duración del depósito, cálculo de la capacidad restante de depósito que queda disponible en el vertedero.

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