Orden 30/2011, de 22 de noviembre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se actualiza la codificación de las tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Órgano CONSEJERIA DE ADMINISTRACION PUBLICA Y HACIENDA
- Publicado en BOLR núm. 153 de 30 de Noviembre de 2011
- Vigencia desde 01 de Diciembre de 2011. Revisión vigente desde 01 de Diciembre de 2011
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo Único Aprobación de la nueva codificación
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO I
. Codificación de las tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Servicios generales.
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
- Consejería de Salud y Servicios Sociales
- Consejería de Educación, Cultura y Turismo
- Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial
- Consejería de Administración Pública y Hacienda
- Consejería de Presidencia y Justicia
- Servicio Riojano de Empleo.
- Instituto Riojano de la Juventud.
- Consejería de Industria, Innovación y Empleo
- ANEXO II . Tabla de equivalencias entre los nuevos códigos contenidos en el Anexo I de esta Orden, los códigos correspondientes a estructuras administrativas anteriores y los códigos originales de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Derogado por

El artículo 15 de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, determina que las tasas se identifican con un código numérico, formado sucesivamente por los dígitos que correspondan a la propia tasa y a la subsiguiente tarifa, precedidos ambos por el código presupuestario asignado a la Consejería competente.
La modificación de la estructura administrativa efectuada mediante Decreto del Presidente 3/2011, de 27 de junio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y desarrollado en los Decretos 45/2011 a 52/2011, todos ellos de 6 de julio, ha variado el número de Consejerías y ha supuesto también cambios en la asignación de algunas competencias y funciones.
La Orden de la Consejería de Administración Pública y Hacienda de 21 de julio de 2011, por la que se determinan la estructura presupuestaria orgánica y la operativa contable a seguir como consecuencia de los Decretos que modifican las estructuras orgánicas y funcionales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Autónomos, ha establecido los códigos presupuestarios correspondientes a la nueva estructura administrativa. Por lo tanto, se hace necesario modificar también los códigos de identificación de las tasas.
Los apartados 5 y 6 del artículo 15 de la Ley 6/2002 facultan a la Consejería de Administración Pública y Hacienda a establecer mediante Orden la nueva codificación de las tasas, e indican que la modificación tendrá efecto desde el punto de vista presupuestario desde el ejercicio siguiente a aquel en el que se produce la modificación.
La presente Orden establece la nueva codificación de las tasas, y contiene además en su anexo II una tabla de equivalencias con la correlación entre los códigos actuales y los códigos asignados a cada tasa en la redacción original de la Ley 6/2002 y también bajo las anteriores organizaciones administrativas, para facilitar su comprensión y aplicación.
Artículo Único Aprobación de la nueva codificación
1. Se aprueba la nueva codificación de las tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja que consta en el Anexo I a esta Orden.
2. La nueva codificación, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 15 de la ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, entrará en vigor a efectos presupuestarios el día 1 de enero de 2012.
3. La modificación de los códigos no supone modificación del contenido de la regulación de cada tasa, que permanece en los términos de la vigente Ley 6/2002 según se muestra en la tabla de equivalencias contenida en el Anexo II a esta Orden.

Disposición Final Única Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Anexo I
Codificación de las tasas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Servicios generales.
- - Tasa XX.01. Tasa por prestación de servicios de carácter general.
- - Tasa XX.02.Tasa por Dirección e Inspección de obras realizadas mediante contrato.
- - Tasa XX.03. Tasa por ocupación o aprovechamiento de los bienes de dominio público.
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
- - Tasa 05.04. Tasa por la prestación de los servicios del Laboratorio de Análisis Agrarios.
- - Tasa 05.05. Tasa por ordenación y defensa de las industrias agrarias (agrícolas, pecuarias y forestales).
- - Tasa 05.06. Tasa por gestión técnico-facultativa de los servicios agronómicos.
- - Tasa 05.07. Tasa por servicios facultativos veterinarios.
- - Tasa 05.08. Tasa por arrendamiento de servicios de mantenimiento en silos para facilitar la comercialización de cereales de invierno por los tenedores.
- - Tasa 05.09. Tasa por la prestación del servicio de retirada de cadáveres de animales.
- - Tasa 05.10. Tasa por la asistencia del servicio veterinario oficial a ferias.
- - Tasa 05.11. Tasa por servicios en materia forestal y de vías pecuarias.
- - Tasa 05.12. Tasa por servicios en materia de caza.
- - Tasa 05.13. Tasa por permisos de caza en terrenos cinegéticos administrados por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- - Tasa 05.14. Tasa por servicios en materia de pesca.
- - Tasa 05.15. Tasa por permisos de pesca en cotos fluviales.
- - Tasa 05.16. Tasa por Información Geográfica.
- - Tasa 05.17. Tasa por servicios en materia de Flora y Fauna.
- - Tasa 05.18. Tasa por ocupación y aprovechamiento de vías pecuarias.
- - Tasa 05.19. Tasa por servicios en materia de calidad ambiental.
- - Tasa 05.20. Tasa por servicios en materia de información medioambiental.
Consejería de Salud y Servicios Sociales
- - Tasa 06.04. Tasa por servicios sanitarios.
- - Tasa 06.05. Tasa por inspecciones y controles sanitarios de carnes frescas y otros productos de origen animal.
- - Tasa 06.06. Tasa por adopción de animales del Centro de Acogida de Animales.
Consejería de Educación, Cultura y Turismo
- - Tasa 08.04. Tasa por la prestación de servicios docentes de las Escuelas Oficiales de Idiomas y de los Conservatorios de Música de La Rioja.
- - Tasa 08.05. Tasa por expedición de Títulos académicos y profesionales.
- - Tasa 08.06. Tasa por servicios prestados en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial
- - Tasa 09.04. Tasa por calificación de actuaciones protegidas en materia de vivienda.
- - Tasa 09.05. Tasa de cédulas de habitabilidad.
- - Tasa 09.06. Tasa por ordenación de transportes mecánicos por carretera.
- - Tasa 09.07. Tasa de prestación del servicio de laboratorio para control de calidad de materiales.
- - Tasa 09.08. Tasa o canon por ocupación y aprovechamiento de dominio público.
- - Tasa 09.09. Tasa por informes y otras actuaciones de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
- - Tasa 09.10. Tasa para la acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación.
- - Tasa 09.11. Tasa por prestación de servicios administrativos generales del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- - Tasa 09.12. Tasa por reproducción de documentos.
- - Tasa 09.13. Tasa por servicios comunes a las áreas de urbanismo y minas relativas a la expropiación.
- - Tasa 09.14. Tasa por tramitación de procedimientos urbanísticos.
- - Tasa 09.15. Tasa por autorizaciones urbanísticas.
- - Tasa 09.16. Tasa por inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
- - Tasa 09.17. Tasa por ordenación de derechos mineros.
- - Tasa 09.18. Tasa por la utilización privativa del dominio público minero por medio de concesión o autorización.
- - Tasa 09.19. Tasa por actuaciones de gestión de explotaciones mineras.
- - Tasa 09.20. Tasa por actuaciones relacionadas con los registros públicos de industrias extractivas.
- - Tasa 09.21. Tasa por participación en exámenes y expedición de acreditaciones.
- - Tasa 09.22. Tasa por actuaciones administrativas en registros dependientes de la autoridad minera de la Comunidad Autónoma de La Rioja referidas a organismos de control en materia de seguridad y calidad industrial.
- - Tasa 09.23. Tasa por otras actuaciones mineras.
Consejería de Administración Pública y Hacienda
- - Tasa 12.04. Tasa por actuaciones administrativas en materia de juegos de suerte, envite o azar.
- - Tasa 12.05. Tasa por venta de impresos para el cumplimiento de obligaciones tributarias.
- - Tasa 12.06. Tasa por inscripciones y certificaciones del Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros, Corredores de Reaseguros y de sus altos cargos de La Comunidad Autónoma de La Rioja.
- - Tasa 12.07 Tasa por inscripción en las pruebas de acceso a la Función Pública.
- - Tasa 12.08. Tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de radio y televisión.
- - Tasa 12.09. Tasa por la utilización de los centros de telecomunicaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja por parte de los concesionarios de radiodifusión sonora.
Consejería de Presidencia y Justicia
Servicio Riojano de Empleo.
- - Tasa 16.04. Tasa de acceso al procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Instituto Riojano de la Juventud.
- - Tasa 18.04. Tasa por la expedición y homologación de Títulos de monitor y director de tiempo libre.
- - Tasa 18.05. Tasa por permisos de acampada libre de grupos o asociaciones juveniles en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- - Tasa 18.06. Tasa por la expedición del carné joven.
Consejería de Industria, Innovación y Empleo
- - Tasa 19.04. Tasa de Industria.
- - Tasa 19.05. Tasa por la prestación de servicios de I.T.V.
- - Tasa 19.06. Tasa por tramitación administrativa de licencia comercial específica.
- - Tasa 19.07. Tasa aplicable a la subcontratación en el sector de la construcción.
- - Tasa 19.08. Tasa por expedición de certificaciones de inscripción en los registros autonómicos de empresas acreditadas del sector de la construcción.
- - Tasa 19.09. Tasa por expedición de otras certificaciones de la dirección general de trabajo
Anexo II
Tabla de equivalencias entre los nuevos códigos contenidos en el Anexo I de esta Orden, los códigos correspondientes a estructuras administrativas anteriores y los códigos originales de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Ley de Tasas y Precios Públicos | Estructura entre julio de 2003 y julio de 2007 | Estructura entre julio de 2007 y julio de 2011 | Codificación según anexo I de esta Orden |
Tasa XX.01 | Tasa XX.01 | Tasa XX.01 | Tasa XX.01 |
Tasa XX.02 | Tasa XX.02 | Tasa XX.02 | Tasa XX.02 |
Tasa XX.03 | Tasa XX.03 | Tasa XX.03 | Tasa XX.03 |
Tasa 04.04 | Tasa 14.04 | Tasa 14.04 | Tasa 14.04 |
Tasa 04.05 | Tasa 04.04 | Tasa 04.04 | Tasa 12.07 |
Tasa 04.06 | Tasa 04.05 | Tasa 04.05 | Tasa 14.05 |
Tasa 04.07 | Tasa 04.06 | Tasa 04.06 | Tasa 12.08 |
Tasa 04.08 | Tasa 04.07 | Tasa 04.07 | Tasa 12.09 |
Tasa 05.04 | Tasa 05.04 | Tasa 05.04 | Tasa 05.04 |
Tasa 05.05 | Tasa 05.05 | Tasa 05.05 | Tasa 05.05 |
Tasa 05.06 | Tasa 05.06 | Tasa 05.06 | Tasa 05.06 |
Tasa 05.07 | Tasa 05.07 | Tasa 05.07 | Tasa 05.07 |
Tasa 05.08 | Tasa 05.08 | Tasa 05.08 | Tasa 05.08 |
Tasa 05.09 | Tasa 05.09 | Tasa 05.09 | Tasa 05.09 |
Tasa 05.10 | Tasa 05.10 | Tasa 05.10 | Tasa 05.10 |
Tasa 06.04 | Tasa 06.04 | Tasa 06.04 | Tasa 06.04 |
Tasa 06.05 | Tasa 06.05 | Tasa 06.05 | Tasa 06.05 |
Tasa 06.06 | Tasa 06.06 | Tasa 06.06 | |
Tasa 07.04 | Tasa 07.04 | Tasa 07.04 | Tasa 05.11 |
Tasa 07.05 | Tasa 07.05 | Tasa 07.05 | Tasa 05.12 |
Tasa 07.06 | Tasa 07.06 | Tasa 07.06 | Tasa 05.13 |
Tasa 07.07 | Tasa 07.07 | Tasa 07.07 | Tasa 05.14 |
Tasa 07.08 | Tasa 07.08 | Tasa 07.08 | Tasa 05.15 |
Tasa 07.09 | Tasa 07.09 | Tasa 07.09 | Tasa 05.16 |
Tasa 07.10 | Tasa 07.10 | Tasa 07.10 | Tasa 05.17 |
Tasa 07.11 | Tasa 07.11 | Tasa 07.11 | Tasa 05.18 |
Tasa 07.12 | Tasa 07.12 | Tasa 07.12 | Tasa 05.19 |
Tasa 08.04 | Tasa 08.04 | Tasa 08.04 | Tasa 08.04 |
Tasa 08.05 | Tasa 08.05 | Tasa 08.05 | Tasa 08.05 |
Tasa 08.06 | Tasa 08.06 | Tasa 08.06 | Tasa 08.06 |
Tasa 08.07 | Tasa 10.04 | Tasa 18.04 | Tasa 18.04 |
Tasa 08.08 | Tasa 10.05 | Tasa 18.05 | Tasa 18.05 |
Tasa 08.09 | Tasa 10.06 | Tasa 18.06 | Tasa 18.06 |
Tasa 09.04 | Tasa 09.04 | Tasa 09.04 | Tasa 09.04 |
Tasa 09.05 | Tasa 09.05 | Tasa 09.05 | Tasa 09.05 |
Tasa 09.06 | Tasa 09.06 | Tasa 09.06 | Tasa 09.06 |
Tasa 09.07 | Tasa 09.07 | Tasa 09.07 | Tasa 09.07 |
Tasa 09.08 | Tasa 09.08 | Tasa 09.08 | Tasa 09.08 |
Tasa 09.09 | Tasa 09.09 | Tasa 09.09 | Tasa 09.09 |
Tasa 09.10 | Tasa 09.10 | Tasa 09.10 | Tasa 09.10 |
Tasa 07 13 | Tasa 07.13 | Tasa 05.20 | |
Tasa 09.11 | Tasa 07.13 Bis | Tasa 07.14 | Tasa 09.11 |
Tasa 09.12 | Tasa 07.14 | Tasa 07.15 | Tasa 09.12 |
Tasa 09.13 | Tasa 07.15 | Tasa 07.16 | Tasa 09.13 |
Tasa 09.14 | Tasa 07.16 | Tasa 07.17 | Tasa 09.14 |
Tasa 09.15 | Tasa 07.17 | Tasa 07.18 | Tasa 09.15 |
Tasa 09.16 | Tasa 07.18 | Tasa 07.19 | Tasa 09.16 |
Tasa 09.17 | Tasa 07.19 | Tasa 07.20 | Tasa 09.17 |
Tasa 09.18 | Tasa 07.20 | Tasa 07.21 | Tasa 09.18 |
Tasa 09.19 | Tasa 07.21 | Tasa 07.22 | Tasa 09.19 |
Tasa 09.20 | Tasa 07.22 | Tasa 07.23 | Tasa 09.20 |
Tasa 09.21 | Tasa 07.23 | Tasa 07.24 | Tasa 09.21 |
Tasa 09.22 | Tasa 07.24 | Tasa 07.25 | Tasa 09.22 |
Tasa 09.23 | Tasa 07.25 | Tasa 07.26 | Tasa 09.23 |
Tasa 12.04 | Tasa 05.11 | Tasa 19.04 | Tasa 19.04 |
Tasa 12.05 | Tasa 05.12 | Tasa 19.05 | Tasa 19.05 |
Tasa 05.13 | Tasa 19.06 | Tasa 19.06 | |
Tasa 19.07 | Tasa 19.07 | ||
Tasa 19.08 | Tasa 19.08 | ||
Tasa 19.09 | Tasa 19.09 | ||
Tasa 12.06 | Tasa 12.04 | Tasa 12.04 | Tasa 12.04 |
Tasa 12.07 | Tasa 12.05 | Tasa 12.05 | Tasa 12.05 |
Tasa 12.08 | Tasa 12.06 | Tasa 12.06 | Tasa 12.06 |
Tasa 16.04 | Tasa 16.04 |