Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO
  • Publicado en BOE núm. 137 de 07 de Junio de 2016
  • Vigencia desde 08 de Junio de 2016. Revisión vigente desde 24 de Octubre de 2020
Versiones/revisiones:
(1)

Cuando i = r, se utilizará la columna correspondiente del Cuadro 1, sustituyendo e por er.

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(2)

DO L 46 de 21.2.1976, p. 1.

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(3)

Cuando i = r, se utilizará la columna correspondiente del cuadro 3, sustituyendo e por er.

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(4)

Para los contadores electromecánicos de la clase B se aplicará Imin ≤ 0,4 · Itr.

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(5)

En el caso de los contadores electromecánicos de energía eléctrica, no se definen valores críticos de cambio para los contenidos armónicos en los circuitos de corriente y para C.C. y armónicos en el circuito de corriente.

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(6)

Se aplica a las combinaciones de cinta y lastre.

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(7)

Si la longitud nominal de la cinta supera los 30 m, el error máximo permitido podrá aumentarse en 0,75 mm por cada 30 m de longitud de la cinta.

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(8)

0,01% vol para valores medidos inferiores o iguales a 4 % vol y 0,1 % vol para el resto.

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