Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/1795 de la Comisi髇, de 5 de octubre de 2017, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de Brasil, Ir醤, Rusia y Ucrania y se da por concluida la investigaci髇 en relaci髇 con las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados originarios de Serbia

Ficha:
  • 觬ganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 258 de 06 de Octubre de 2017
  • Vigencia desde 07 de Octubre de 2017. Revisi髇 vigente desde 07 de Octubre de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

Anuncio de inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de Brasil, Ir醤, Rusia, Serbia y Ucrania (DO C 246 de 7.7.2016, p. 7).

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(3)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/5 de la Comisi髇, de 5 de enero de 2017, por el que se someten a registro las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de Rusia y Brasil (DO L 3 de 6.1.2017, p. 1).

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(4)

Este productor de la Uni髇 fue seleccionado por ser uno de los productores de la Uni髇 incluidos en la muestra que aleg que podr韆 aumentar su capacidad en un breve plazo.

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(5)

Por otra parte, los dos usuarios miembros del Consorcio estaban en contra de la imposici髇 de medidas. Sin embargo, el otro usuario itafliano, que se present en una fase ulterior del proceso, estaba a favor de la imposici髇 de medidas.

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(6)

Informe de la audiencia con el Consejero Auditor en procedimientos comerciales de 23 de junio de 2017, HO/AK ju-ca-11.ho(2017)3604029, p. 3.

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(7)

Informe de la audiencia con el Consejero Auditor en procedimientos comerciales de 23 de junio de 2017, HO/AK ju-ca-11.ho(2017)3604029, p. 4.

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(8)

El proceso de laminado en fr韔 consiste en pasar una chapa o fleje (que previamente se haya laminado y decapado en caliente) a trav閟 de rodillos en fr韔, es decir, por debajo de la temperatura de reblandecimiento del metal.

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(9)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1778 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 33).

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(10)

V閍se la sentencia de 25 de junio de 2015, PT Musim Mas/Consejo (T-26/12, EU:T:2015:437), apartado 52. V閍se tambi閚 el Informe DS442 del Grupo Especial de la OMC, Uni髇 Europea-Medidas antidumping sobre las importaciones de determinados alcoholes grasos procedentes de Indonesia, apartados 7.89 y ss.

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(11)

Novex era independiente de NLMK hasta 2008, cuando NLMK compr la totalidad de Novexco (Cyprus) Limited (玁ovexco) y de Novex Trading (Swiss) SA (玁ovex) mediante la adquisici髇 de acciones. V閍se el asunto n. COMP/M.5101, Novolipetsk Steel/Novexco/Novex Trading.

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(12)

El Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1328 de la Comisi髇, de 29 de julio de 2016 (DO L 210 de 4.8.2016, p. 1), en sus considerandos 64 a 67, hace referencia, entre otros, al importador/comerciante suizo vinculado MMK.

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(13)

La Comisi髇 Europea inici el 20 de enero de 2016 una investigaci髇 exhaustiva para determinar si la ayuda estatal italiana a favor del productor sider鷕gico Ilva era conforme a las normas sobre ayudas estatales de la UE, y prolong esta investigaci髇 el 15 de mayo de 2016. A 3 de julio de 2017, esta investigaci髇 a鷑 no ha concluido.

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(14)

Tribunal de Justicia de la Uni髇 Europea, asunto C-315/90, Gimelec/Comisi髇 (EU:C:1991:447), apartados 16 a 29; informe del 觬gano de Apelaci髇 de la OMC de 24.7.2001 (WT/DS184/AB/R), apartados 181 a 215.

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(15)

WT/DS184/AB/R, de 24 de julio de 2001, p醙ina 69, apartado 204.

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(16)

El proceso de laminado en fr韔 consiste en pasar una chapa o fleje (que previamente se haya laminado y decapado en caliente) a trav閟 de rodillos en fr韔, es decir, por debajo de la temperatura de reblandecimiento del metal.

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(17)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/181 de la Comisi髇, de 10 de febrero de 2016, que impone un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados productos planos de acero laminados en fr韔 originarios de la Rep鷅lica Popular China y de la Federaci髇 de Rusia (DO L 37 de 12.2.2016, p. 25, considerando 153).

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(18)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1328 de la Comisi髇, de 29 de julio de 2016, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinados productos planos de acero laminados en fr韔 originarios de la Rep鷅lica Popular China y de la Federaci髇 de Rusia (DO L 210 de 4.8.2016, p. 15, considerando 117).

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(19)

Dicho per韔do fue del 1 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015, a diferencia del per韔do de investigaci髇 contemplado en el presente caso (v閍se el considerando 19).

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(20)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68).

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(21)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68).

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(22)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68).

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(23)

Contribuci髇 del productor exportador brasile駉 Usiminas, 7 de agosto de 2017, p. 2.

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(24)

Los productores exportadores brasile駉s se refieren al cuadro 15 del presente Reglamento. El mismo cuadro se present en el documento de comunicaci髇 general.

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(25)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1778 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping provisional relativo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 62, considerando 197).

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(26)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 76, considerando 59).

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(27)

Comunicaci髇 de la Comisi髇 al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comit Econ髆ico y Social Europeo, al Comit de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones, 玈iderurgia: Preservar el empleo y el crecimiento sostenibles en Europa, COM(2016) 155 final, Bruselas, 16.3.2016. Este documento establece lo siguiente sobre el exceso de capacidad sider鷕gica mundial:

- P醙ina 2: 玔…] la desaceleraci髇 econ髆ica de China y otras econom韆s emergentes ha repercutido negativamente en la demanda mundial de acero desde 2014.

- P醙ina 6: 獳dem醩 de las medidas destinadas a paliar los efectos del exceso de capacidad mundial, la Comisi髇 est abordando las causas subyacentes del problema con nuestros principales socios. Un problema mundial requiere una soluci髇 mundial

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(28)

Ilva, ThyssenKrupp y Tata Steel UK.

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(29)

Fuente de los datos sobre capacidad: OCDE (OCDE, DSTI/SU/SC(2016)6/Final, 5 de septiembre de 2016, Direcci髇 de Ciencia, Tecnolog韆 e Innovaci髇, Updated steelmaking capacity figures and a proposed framework for enhancing capacity monitoring activity [Cifras actualizadas de las capacidades sider鷕gicas y propuesta marco para reforzar la actividad de seguimiento de la capacidad], anexo, p. 7 y siguientes.).

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(30)

Fuente de los datos sobre producci髇: Asociaci髇 Mundial del Acero, Steel Statistical Yearbook 2015 (Asociaci髇 Mundial del Acero, 玈teel Statistical Yearbook 2016 (Anuario estad韘tico de 2016 sobre el acero), cuadro 1, pp. 1-2, y cuadro 13, p. 35, http://www.worldsteel.org/statistics/statistics-archive/yearbook-archive.html.).

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(31)

Extracto del m醩 reciente estudio de la CE sobre precios y costes de la energ韆, realizado desde la base por un consorcio de consultores, entre ellos Ecofys y el CEPS, julio de 2016.

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(32)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68).

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(33)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1778 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 33).

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(34)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68).

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(35)

Contribuci髇 de Eurofer, 2 de mayo de 2017, p. 12. Esta declaraci髇 se refiere al hecho de que la Comisi髇 decidiera, en una fase provisional, proseguir la investigaci髇 sin imposici髇 de medidas.

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(36)

Sentencia de 25 de octubre de 2011, Transnational Company 獽azchrome AO y ENRC Marketing AG/Consejo de la Uni髇 Europea, asunto T-192/08. EU:T:2011:619, apartado 221.

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(37)

Aunque se pidi a todos los miembros del Consorcio que rellenaran los cuestionarios post-PI, el abogado representante del Consorcio mencion que algunos no dispon韆n de la estructura organizativa para comunicar la informaci髇 post-PI solicitada, mientras que otros estaban ocupados con el cierre del ejercicio, adem醩 de los d韆s festivos y la brevedad del plazo concedido para cumplimentar el cuestionario.

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(38)

la propia ESTA respondi el 10 de mayo de 2017 a los servicios de la Comisi髇 que 玶epresenta a m醩 de 100 productores de tubos de acero en 17 pa韘es de la UE y cubre m醩 del 90 % de la producci髇 de la UE. La diversidad de estos productores […] puede incluir a grandes grupos internacionales o a pymes con un solo centro de producci髇 en un pa韘, que tambi閚 pueden ser filiales de grandes productores de acero o empresas de propiedad familiar […]

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(39)

Fuente de los datos sobre capacidad: OCDE (OCDE, DSTI/SU/SC(2016)6/Final, 5 de septiembre de 2016, Direcci髇 de Ciencia, Tecnolog韆 e Innovaci髇, Updated steelmaking capacity figures and a proposed framework for enhancing capacity monitoring activity [Cifras actualizadas de las capacidades sider鷕gicas y propuesta marco para reforzar la actividad de seguimiento de la capacidad], anexo, p. 7 y siguientes.).

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(40)

Fuente de los datos sobre producci髇: Asociaci髇 Mundial del Acero, Steel Statistical Yearbook 2016 (Asociaci髇 Mundial del Acero, 玈teel Statistical Yearbook 2016 (Anuario estad韘tico de 2016 sobre el acero), cuadro 1, pp. 1-2, y cuadro 13, p. 35, http://www.worldsteel.org/statistics/statistics-archive/yearbook-archive.html.).

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(41)

Estimaci髇.

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(42)

Datos no disponibles.

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(43)

玈teel Exports Report India, en Global Steel Trade Monitor, Ministerio de Comercio Internacional de los Estados Unidos, febrero de 2017, http://www.trade.gov/steel/countries/pdfs/2017/q1/exports-india.pdf.

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(44)

玈teel Market Developments-Q2 2017, Comit del Acero de la OCDE; OECD, DSTI/SC(2017)1/Final, 24 de marzo de 2017, an醠isis en las p醙inas 6 y 9, http://www.oecd.org/industry/ind/steel-market-developments-2017Q2.pdf.

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(45)

玈teel Market Developments-Q2 2017, Comit del Acero de la OCDE; OECD, DSTI/SC(2017)1/Final, 24 de marzo de 2017, an醠isis en la p醙ina 7, http://www.oecd.org/industry/ind/steel-market-developments-2017Q2.pdf.

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(46)

玈teel Market Developments-Q2 2017, Comit del Acero de la OCDE; OECD, DSTI/SC(2017)1/Final, 24 de marzo de 2017, an醠isis en la p醙ina 10, http://www.oecd.org/industry/ind/steel-market-developments-2017Q2.pdf V閍se tambi閚 獶irectorate for Science, Technology and Innovation for the decision to remove natural gas subsidy, OECD, DSTI/SU/SC(2016)6/Final, 5 de septiembre de 2016, p醙ina 19.

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(47)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1778 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 33).

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(48)

Contribuci髇 de Eurofer, 獷conomic analysis of the impact of anti-dumping measures in AD 635 on selected imports of hot-rolled flat steel (HRF) on EU downstream products, sin fecha, enviada a los servicios de la Comisi髇 el 31 de mayo de 2017, p. 1.

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(49)

La Comisi髇 presenta algunas cifras en el presente Reglamento. V閍se el considerando 460.

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(50)

La Asociaci髇 Europea de Fabricantes de Tubos de Acero (ESTA) coment que estos tipos son, sin duda, tubos soldados (los denominados 玹ubos de gas), pero no representan m醩 del 10 % de la producci髇 total de la Uni髇 de tubos soldados (correo electr髇ico de la ESTA a los servicios de la Comisi髇 de 1 de junio de 2017).

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(51)

Contribuci髇 del Consorcio, observaciones en respuesta a la contribuci髇 de Eurofer de 7 de febrero de 2017, presentadas en nombre de CIHFR, sin fecha, documento recibido por correo electr髇ico el 2 de marzo de 2017, p. 4.

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(52)

ESTA, AD 635. Observaciones de la ESTA, 10 de mayo de 2017.

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(53)

Contribuci髇 de Eurofer, an醠isis del impacto de los derechos provisionales en los usuarios, 7 de febrero de 2017, p. 2.

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(54)

Contribuci髇 de Eurofer, observaciones de Eurofer sobre del documento informativo de la Comisi髇 de 4 de abril de 2017, p. 9. El denunciante tambi閚 indic que estas simulaciones nunca fueron comunicadas en el expediente no confidencial.

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(55)

Contribuci髇 de Eurofer, 獷conomic analysis of the impact of anti-dumping measures in AD 635 on selected imports of hot-rolled flat steel (HRF) on EU downstream products, sin fecha, enviada a los servicios de la Comisi髇 el 31 de mayo de 2017, p. 1.

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(56)

Estos datos no estaban disponibles en el momento en que se realizaron estas simulaciones.

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(57)

Correo electr髇ico de la ESTA a los servicios de la Comisi髇 de 1 de junio de 2017.

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(58)

Contribuci髇 del Consorcio, observaciones sobre el documento informativo de la Comisi髇, presentadas en nombre de CIHFR, 8 de mayo de 2017, p. 9 y p. 10.

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(59)

Esos porcentajes son la media ponderada de las cifras de beneficios antes de impuestos de todos los fabricantes de tubos de acero, seg鷑 figuran en sus respectivas cuentas de resultados para los per韔dos mencionados en el cuadro, expresada en porcentaje en relaci髇 con sus ventas en el mercado libre de la Uni髇.

Fuente: respuesta al cuestionario post-PI de diferentes fabricantes de tubos de acero

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(60)

Como se menciona en el considerando 439, se recibieron once respuestas de los miembros del Consorcio; cinco de ellas proced韆n de fabricantes de tubos de acero y las seis restantes, de centros de servicio (empresas que limitan sus actividades a operaciones espec韋icas de transformaci髇 como cortado, fresado o decapado del producto)

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(61)

Como se se馻la en el considerando 439, se recibieron nueve respuestas; ocho de fabricantes de tubos de acero y la 鷏tima, de un centro de servicios.

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(62)

Como se menciona en el considerando 439, se recibieron dos respuestas; solo una era de un fabricante de tubos de acero. La otra, de un centro de servicio.

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(63)

Sin embargo, la ESTA no respondi a la pregunta de si los fabricantes de tubos de acero tienen, en la pr醕tica, la posibilidad de repercutir a sus clientes los incrementos de los costes.

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(64)

Contribuci髇 de la Asociaci髇 Europea de Fabricantes de Tubos de Acero, 10 de mayo de 2017.

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(65)

Contribuci髇 de Eurofer, an醠isis del impacto de los derechos provisionales en los usuarios, 7 de febrero de 2017, p. 2.

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(66)

Carta de 22 de mayo de 2017 del Director General de CECED a los servicios de la Comisi髇.

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(67)

Orgalime es la Asociaci髇 Europea de Industrias de la Ingenier韆, que representa los intereses de las industrias mec醤ica, el閏trica y electr髇ica, metal鷕gica y de art韈ulos met醠icos.

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(68)

Carta recibida por correo electr髇ico el 22 de mayo de 2017, sin fecha, del Presidente y el Vicepresidente para Compras de Electrolux Home Products Corporation N.V.

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(69)

Contribuci髇 de 25 de octubre de 2016 de Novolipetsk Steel.

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(70)

Cartas de 27 de junio de 2017 del Director General de Eurofer a la comisaria de Comercio y al Presidente de la Comisi髇 Europea.

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(71)

Decisi髇 n. 284/2000/CECA de la Comisi髇, de 4 de febrero de 2000, por la que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de determinados productos laminados planos, de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, sin chapar ni revestir, enrollados, simplemente laminados en caliente, originarias de la India y Taiw醤, por el que se aceptan los compromisos ofrecidos por determinados productores exportadores y por el que se concluye el procedimiento relativo a las importaciones originarias de Sud醘rica (DO L 31 de 5.2.2000, p. 44, considerando 338).

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(72)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/649 de la Comisi髇, de 5 de abril de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los dem醩 aceros aleados, originarios de la Rep鷅lica Popular China (DO L 92 de 6.4.2017, p. 68, considerando 133).

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(73)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/336 de la Comisi髇, de 27 de febrero de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinadas chapas gruesas de acero sin alear, o de otros aceros aleados, originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 50 de 28.2.2017, considerando 202, p. 37).

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(74)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1777 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping sobre las importaciones de determinadas chapas gruesas de acero sin alear o aleado originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 5).

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(75)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/1777 de la Comisi髇, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping sobre las importaciones de determinadas chapas gruesas de acero sin alear o aleado originarias de la Rep鷅lica Popular China (DO L 272 de 7.10.2016, p. 28).

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(76)

El margen de beneficio razonable utilizado es el mismo que se utiliz en una investigaci髇 relativa a un producto muy parecido, a saber, los productos planos de acero laminados en fr韔.

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(77)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/1953 de la Comisi髇, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo relativo a las importaciones de determinados productos laminados planos de acero magn閠ico al silicio, de grano orientado, originarios de la Rep鷅lica Popular China, Jap髇, la Rep鷅lica de Corea, la Federaci髇 de Rusia y los Estados Unidos de Am閞ica (DO L 284 de 30.10.2015, p. 130 y siguientes).

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(78)

Contribuci髇 de Eurofer de 30 de mayo de 2017, AD635: Productos planos de acero laminados en caliente (PLC) originarios de Brasil, Ir醤, Rusia, Serbia y Ucrania (玪os cinco pa韘es). Contribuci髇 de Eurofer sobre el tipo de medidas apropiado, p. 5.

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(79)

Contribuci髇 de Eurofer, AD635: Productos planos de acero laminados en caliente originarios de Brasil, Ir醤, Rusia, Serbia y Ucrania (玪os cinco pa韘es). Contribuci髇 de Eurofer sobre el tipo de medidas apropiado.

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(80)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/1953 de la Comisi髇, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo relativo a las importaciones de determinados productos laminados planos de acero magn閠ico al silicio, de grano orientado, originarios de la Rep鷅lica Popular China, Jap髇, la Rep鷅lica de Corea, la Federaci髇 de Rusia y los Estados Unidos de Am閞ica (DO L 284 de 30.10.2015, p. 109).

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(81)

Comunicado de prensa MLex: 玃rice floor on hot-rolled steel seen as a middle ground for EU dumping-probe conundrum, 24 de mayo de 2017.

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(82)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/1953 de la Comisi髇, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo relativo a las importaciones de determinados productos laminados planos de acero magn閠ico al silicio, de grano orientado, originarios de la Rep鷅lica Popular China, Jap髇, la Rep鷅lica de Corea, la Federaci髇 de Rusia y los Estados Unidos de Am閞ica (DO L 284 de 30.10.2015, p. 109).

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(83)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/1953 de la Comisi髇, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo relativo a las importaciones de determinados productos laminados planos de acero magn閠ico al silicio, de grano orientado, originarios de la Rep鷅lica Popular China, Jap髇, la Rep鷅lica de Corea, la Federaci髇 de Rusia y los Estados Unidos de Am閞ica (DO L 284 de 30.10.2015). Cabe se馻lar, sin embargo, que en este caso particular se calcularon tres PMI en lugar de uno solo.

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(84)

Comisi髇 Europea, Direcci髇 General de Comercio, Direcci髇 H, 1049 Bruselas, B蒐GICA.

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(85)

DO L 55 de 28.2.2011, p. 13.

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(86)

V閍se la sentencia de 7 de mayo de 1991 en el asunto C-69/89, Nakajima All Precision/Consejo, ECLI:EU:C:1991:186, apartado 120. V閍se tambi閚, m醩 recientemente, las conclusiones del Abogado General M. Campos S醤chez-Bordona de 20 de julio de 2017 en el asunto Deichmann (C-256/16, ECLI:EU:C:2017:580), apartado 49.

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(87)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/2447 de la Comisi髇, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n. 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el c骴igo aduanero de la Uni髇 (DO L 343 de 29.12.2015, p. 558).

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