Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/1997 de la Comisi髇, de 7 de noviembre de 2017, que modifica los Reglamentos de Ejecuci髇 (UE) 2016/184 y (UE) 2016/185 por los que se ampl韆 el derecho compensatorio y antidumping definitivo establecido a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China, a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) procedentes de Malasia y de Taiw醤, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiw醤 como si no

Ficha:
  • 觬gano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 289 de
  • Vigencia desde 09 de Noviembre de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 55.

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(3)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) n. 1238/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se cobra definitivamente el derecho provisional impuesto a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China (DO L 325 de 5.12.2013, p. 1).

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(4)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) n. 1239/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China (DO L 325 de 5.12.2013, p. 66).

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(5)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/184 de la Comisi髇, de 11 de febrero de 2016, por el que se ampl韆 el derecho compensatorio definitivo establecido por el Reglamento de Ejecuci髇 (UE) n. 1239/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) procedentes de Malasia y de Taiw醤, Tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiw醤 como si no (DO L 37 de 12.2.2016, p. 56) y Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2016/185 de la Comisi髇, de 11 de febrero de 2016, por el que se ampl韆 el derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento de Ejecuci髇 (UE) n. 1238/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) procedentes de Malasia y de Taiw醤, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiw醤 como si no (DO L 37 de 12.2.2016, p. 76).

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(6)

Anuncio de inicio 2015/C 405/08 (DO C 405 de 5.12.2015, p. 8).

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(7)

Anuncio de inicio 2015/C 405/09 (DO C 405 de 5.12.2015, p. 20).

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(8)

Anuncio de inicio 2015/C 405/10 (DO C 405 de 5.12.2015, p. 33).

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(9)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/366 de la Comisi髇, de 1 de marzo de 2017, por el que se establecen derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China, tras una reconsideraci髇 por expiraci髇 con arreglo al art韈ulo 18, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se da por concluida la investigaci髇 de reconsideraci髇 provisional parcial con arreglo al art韈ulo 19, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1037 (DO L 56 de 3.3.2017, p. 1) y Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/367 de la Comisi髇, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China tras una reconsideraci髇 por expiraci髇 con arreglo al art韈ulo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se da por concluida la investigaci髇 de reconsideraci髇 provisional parcial con arreglo al art韈ulo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 (DO L 56 de 3.3.2017, p. 131).

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(10)

DO C 67 de 3.3.2017, p. 16.

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(11)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/1570 de la Comisi髇, de 15 de septiembre de 2017, que modifica el Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/366 y el Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/367, por los que se establecen derechos compensatorios y antidumping definitivos sobre las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China, y por el que se deroga la Decisi髇 de Ejecuci髇 2013/707/UE, que confirma la aceptaci髇 de un compromiso propuesto en relaci髇 con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China durante el per韔do de aplicaci髇 de las medidas definitivas (DO L 238 de 16.9.2017, p. 22).

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(12)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/242 de la Comisi髇, de 10 de febrero de 2017, por el que se inicia una reconsideraci髇 de los Reglamentos de Ejecuci髇 (UE) 2016/184 y (UE) 2016/185, por los que se ampl韆 el derecho compensatorio definitivo y el derecho antidumping definitivo de las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) originarios o procedentes de la Rep鷅lica Popular China a las importaciones de m骴ulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, c閘ulas) procedentes de Malasia y de Taiw醤, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiw醤 como si no, a fin de decidir sobre la posibilidad de conceder una exenci髇 de dichas medidas a un productor exportador de Malasia, de derogar el derecho antidumping respecto a las importaciones procedentes de dicho productor exportador y de someter a registro las importaciones procedentes de dicho productor exportador (DO L 36 de 11.2.2017, p. 47).

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