Decreto 140/2009, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento T閏nico-Sanitario de las Piscinas de Uso Colectivo.

Ficha:
  • 觬gano CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS
  • Publicado en BOPA n鷐. 277 de
  • Vigencia desde 01 de Diciembre de 2009
Versiones/revisiones:
(1)

Los informes de an醠isis deber醤 especificar el correspondiente m閠odo anal韙ico basado en alguna norma tipo UNE-EN, ISO o Standard Methods, e indicar su l韒ite de detecci髇 o cuantificaci髇.

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(2)

Se determina este par醡etro al objeto de ajustar la dosis de cloro a utilizar (UNE 100030-2001) o de cualquier otro biocida.

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(3)

Cuando el tratamiento con desinfectante sea complementario con otros tratamientos (f韘icos, qu韒icos y/o mec醤icos, como el ozono y la desinfecci髇 UV) se podr醤 reducir los valores param閠ricos correspondientes al nivel de desinfectante residual a un valor m韓imo, en el caso de efectuar la cloraci髇, de 0,4 ppm.

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(4)

La concentraci髇 de ozono ser superior a 0,4 mg/l antes de entrar el agua al sistema de desozonizaci髇. El tiempo de contacto m韓imo ser de 4 minutos.

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