Acuerdo de 21 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan con efectos de 1 de junio de 2010 las cuant韆s de las retribuciones para el personal al servicio de la Administraci髇 del Principado de Asturias.

Ficha:
  • 觬gano CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO
  • Publicado en BOPA n鷐. 175 de
  • Vigencia desde 18 de Agosto de 2010
Versiones/revisiones:
(1)

En el caso de no alcanzar el objetivo complementario del n鷐ero de informes la cuant韆 trimestral se reducir proporcionalmente.

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(2)

Este importe es adicional a la cuant韆 del puesto de trabajo.

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(3)

En el caso de Supervisora de Unidad a extinguir sin funciones, el Complemento Espec韋ico ser el mismo de la categor韆 Enfermera/DUE en Unidades Hospitalizaci髇, Quir骹ano, Urgencias, UCI, UVI, de Personal Estatutario, con la consiguiente repercusi髇 en las pagas extras de junio y diciembre.

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(4)

Cuando la comisi髇 de servicios tenga lugar fuera del 醡bito de la Comunidad Aut髇oma, la indemnizaci髇 por alojamiento se incrementar en un 55 por ciento si se genera en ciudades con una poblaci髇 superior a 300.000 habitantes y en un 30 por ciento en aquellas ciudades con poblaci髇 superior a 100.000 habitantes e inferior a 300.000 y en capitales de Comunidad Aut髇oma.

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