Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006

Ficha:
  • Órgano JEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE núm. 312 de
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2006. Revisión vigente desde 02 de Enero de 2016
Versiones/revisiones:
(1)

Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo del endeudamiento a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2006.

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(1)

Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo del endeudamiento a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2006.

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(2)

Las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de competencias educativas podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

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(2)

Las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de competencias educativas podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

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(3)

Incluye la dotación solicitada para el personal funcionario y contratado de 353,00 miles de euros en concepto de devengo de sexenios y quinquenios en 2006.

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(3)

Incluye la dotación solicitada para el personal funcionario y contratado de 353,00 miles de euros en concepto de devengo de sexenios y quinquenios en 2006.

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