Resoluci髇 de 4 de octubre de 2004, de la Secretar韆 General T閏nica, sobre aplicaci髇 del art韈ulo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenaci髇 de la actividad de la Administraci髇 del Estado en materia de Tratados Internacionales.

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION
  • Publicado en BOE n鷐. 249 de
  • Vigencia desde 04 de Noviembre de 2004
Versiones/revisiones:
(1)

Modificado previamente el 1 de septiembre de 1990, el 24 de enero de 1992, el 1 de agosto de 1993, el 1 de julio de 1996, el 1 de julio de 1997, el 15 de marzo de 1998, el 15 de marzo de 1999, el 31 de marzo de 2000, el 1 de septiembre de 2001 y el 1 de enero de 2003.

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(2)

Se proh韇e la catina cuando su concentraci髇 urinaria sea superior a 5 microgramos por mililitro.

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(3)

Se proh韇en la efedrina y la metilefedrina cuando su concentraci髇 urinaria sea superior a 10 microgramos por mililitro.

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(4)

Las sustancias incluidas en el Programa de Seguimiento correspondiente a 2004 no se consideran sustancias prohibidas.

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(5)

No ser v醠ida una aprobaci髇 m閐ica de conformidad con el art韈ulo 7 de las normas internacionales sobre exenciones para usos terap閡ticos si la orina de un atleta contiene una diur閠ico en asociaci髇 con niveles m韓imos o por debajo del m韓imo de una o varias sustancias prohibidas.

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(6)

趎icamente el clembuterol, y al salbutamol cuando su concentraci髇 en la orina sea superior a 1000 ng/mL).

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(7)

Declaraciones.

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