Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

Ficha:
  • ÓrganoJEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE núm. 260 de 30 de Octubre de 2015
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2016. Revisión vigente desde 05 de Julio de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

Este límite se entenderá como incremento neto máximo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 de las deudas a largo plazo (aquellas que a la fecha de disposición tengan un plazo de vencimiento superior a doce meses) a valor nominal con entidades financieras y por emisiones de valores de renta fija.

No se incluirá en este límite, ninguna deuda que a la fecha de disposición o de registro inicial tenga un plazo de vencimiento igual o inferior a doce meses.

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(2)

Importe máximo a contraer con entidades de crédito durante el ejercicio 2016. Este límite no afectará a las operaciones que se concierten y amorticen dentro del año ni a las de refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo. En todo caso, el importe de la deuda viva con entidades de crédito a 31 de diciembre no podrá exceder de 2.049.548 miles de euros.

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(3)

Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a corto y largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

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(4)

Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.

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(5)

Las Comunidades Autónomas podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

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(6)

A los maestros que imparten 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria las Administraciones Educativas abonarán en 2016 la misma cuantía del complemento que para esta finalidad se les abona a los maestros de la enseñanza pública.

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(7)

A los licenciados que impartan 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará el módulo indicado.

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(8)

Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 no recogen los presupuestos de explotación y de capital de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE de forma individual. Sus presupuestos aparecen integrados en los presupuestos del Grupo ENAIRE.

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