LEY 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat

Ficha:
  • ÓrganoPRESIDENCIA DE LA GENERALIDAD VALENCIANA
  • Publicado en DOCV núm. 7181 de 27 de Diciembre de 2013 y BOE núm. 27 de 31 de Enero de 2014
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2014. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2024
Versiones/revisiones:
(1)

Cuando en un mismo contacto en el centro se realice más de uno de estos procedimientos, se facturarán por separado. En ningún caso se podrán facturar más de tres procedimientos por contacto.

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(2)

Cuando en un mismo contacto en el domicilio del paciente se realice más de un procedimiento de enfermería, se facturarán por separado. En ningún caso se podrán facturar más de dos procedimientos por contacto.»

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(3)

Hasta el inicio de la escolarización obligatoria.»

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