Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposici髇 de directivas de la Uni髇 Europea en las materias de bonos garantizados, distribuci髇 transfronteriza de organismos de inversi髇 colectiva, datos abiertos y reutilizaci髇 de la informaci髇 del sector p鷅lico, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en l韓ea y a las retransmisiones de programas de radio y televisi髇, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoci髇 de veh韈ulos de transporte por carretera limpios y energ閠icamente eficientes

Ficha:
  • 觬ganoJEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE n鷐. 263 de 03 de Noviembre de 2021
  • Vigencia desde 04 de Noviembre de 2021. Revisi髇 vigente desde 30 de Junio de 2023
Versiones/revisiones:
(1)

Valores m醲imos declarados de emisiones en condiciones reales de conducci髇 (RDE) de n鷐ero de part韈ulas (PN) en #/km, y 髕idos de nitr骻eno (NOx) en mg/km, tal como se indica en el punto 48.2 del certificado de conformidad, seg鷑 lo descrito en el anexo IX de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, en relaci髇 con desplazamientos completos y urbanos con emisiones en condiciones reales de conducci髇.

Ver Texto
(2)

Los l韒ites de emisi髇 aplicables establecidos en el anexo I del Reglamento (CE) n. 715/2007, o los que los sucedan.

Ver Texto
(3)

Debe alcanzarse la mitad del objetivo m韓imo para la cuota de autobuses limpios mediante la contrataci髇 p鷅lica de autobuses de emisi髇 cero, tal como se definen en el art韈ulo 88, punto 5. Este requisito se reducir a la cuarta parte del objetivo m韓imo para el primer per韔do de referencia, si m醩 del 80 % de los autobuses objeto de la suma de todos los contratos contemplados en el art韈ulo 87, formalizados durante ese per韔do, son autobuses de dos pisos.

Ver Texto